MinJusticia reveló que ya es una realidad el Proyecto de ley que busca regular el uso de vientres alquilados en Colombia

De acuerdo con las declaraciones del ministro Osuna, todo proceso de gestación subrogada que salga de lo previsto en el Proyecto de ley será considerado trata de niños y, por ende, un delito grave

Compartir
Compartir articulo
El ministro de justicia entregó varios detalles a la prensa.
El ministro de justicia entregó varios detalles a la prensa.

A puertas de que finalizara el plazo otorgado por la Corte Constitucional para reglamentar el alquiler de vientres en Colombia, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, dio a conocer que ya está listo el Proyecto de ley que busca impedir que en Colombia la trata de menores siga haciéndose pasar por gestación subrogada.

“El propósito —dijo en una entrevista para Noticias Caracol— es acabar con ese mercado negro y establecer una regulación detallada al establecer que está permitido, pero que no es un negocio”. Además, todo proceso de gestación subrogada que se salga de lo previsto en esta Ley será considerado trata de menores y, por ende, un delito grave, penalizado por la constitución.

Con el Proyecto 23 de ley el alquiler de vientres en el país pasará a llamarse formalmente “subrogación uterina para la gestación” y quienes contraten este servicio serán denominados “comitentes”. Mismos que tendrán cumplir con una serie de condiciones, como estar entre los 25 y los 45 años y, en caso de ser una pareja conformada por un hombre y una mujer, haber agotado las vías medicas para concebir.

Es decir, los únicos beneficiados con este proyecto serán los solteros, las parejas conformadas por personas del mismo sexo y las parejas heterosexuales “que tenga imposibilidad para engendrar de manera natural” por lo que, “la simple decisión de evitar el embarazo que se podría tener porque se considera molesto, o por razones estéticas, no va a valer”.

La subrogación uterina para la gestación podrá practicarse solo con un contrato de por medio, formalizado ante el ICBF por los comitentes y quien decida alquiler su vientre, siempre y cuando esta persona se encuentre entre los 25 y 34 años, tengan un hijo bilógico y no haya realizado este proceso más de dos veces.

“Antes del contrato, el Bienestar Familiar tendrá que ofrecerle a la mujer que quiere acceder a la gestación subrogada una información suficiente sobre todo lo que previsiblemente va a ocurrir, sus obligaciones, sus derechos, lo que derivaría del contrato. Después de celebrado el contrato, pero antes de la implantación del embrión, también el Bienestar Familiar revisaría las cláusulas de ese contrato para revisar, por ejemplo, que no hay ánimo de lucro, que sea entre personas hábiles para celebrar el contrato y si considera que hay alguna cláusula ilegal para declarar la nulidad, pero siempre antes de la implantación del embrión”, mencionó en entrevista el ministro Néstor osuna.

Valga aclarar que el proceso de gestación subrogada en Colombia solo será para los ciudadanos colombianos o extranjeros que residan legalmente en el país desde hace más de tres años, ya que, de lo contrario, podría convertirse en un problema de trata de menores.

Esta, no puede convertirse en una práctica con fines de lucro “debe ser una actividad altruista” y, aunque genere “compensaciones económicas de los gastos propios del embarazo, los gastos médicos del vestuario, el calzado y todo aquello que implica un embarazo” —así como lo que deja de facturar quien está en proceso de gestación— el alquiler de vientres no puede seguir funcionando como una actividad económica.

Para evitar el colapso de los sistemas de salud de madres gestantes, los comitentes deberán correr con los gastos de parto y postparto en clínicas y hospitales privados y, en caso de que se detecte alguna malformación o problema de salud en el feto, serán los mismos comitentes quienes decidan si se interrumpe o no el embarazo.

Sin embargo, la madre gestante podrá abortar dentro de las primeras 24 semanas de embarazo si ese es su deseo, ya que es un derecho garantizado por la Constitución. Aunque, una vez dé a luz, no podrá retractarse de entregar al niño, ya que será legalmente registrado como hijo de los comitentes.

Con el proyecto sobre la mesa, el ministro dará un paso al costado y le pasará la batuta a la viceministra, Jhoana Alexandra Delgado, y a la directora de Justicia Transicional, Mariana Ardila Trujillo, para que sean ellas quienes logren impulsarlo, ya que, tal y como dijo en medio de su entrevista para el medio mencionado, le “parece que en esto los varones debemos escuchar, aprender y callar”.

Seguir leyendo: