La UE dictaminó que los herederos de trabajadores fallecidos tendrán derecho a cobrar por sus vacaciones no gozadas

El tribunal de justicia del bloque falló en favor de la demanda de dos viudas alemanas

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(Getty)

Los herederos de un trabajador fallecido tendrán derecho a recibir una compensación económica por parte de los empleadores a cuenta de las vacaciones no disfrutadas.

Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en respuesta a un tribunal alemán por el caso de dos viudas que reclamaron a los empleadores de sus difuntos maridos la parte de sus vacaciones no disfrutadas.

Según la sentencia, recogida por el diario El País, el Ayuntamiento de Wuppertal, en Alemania, y Volker Willmeroth, propietario de la empresa Technische Wartung und Instandsetzung Volker Willmeroth, deben pagar a Maria Elisabeth Bauer y Martina Broßonn, respectivamente, una compensación económica por las vacaciones anuales no disfrutadas por sus maridos antes de su fallecimiento.

El Tribunal de lo Laboral alemán pidió al de Justicia de la UE una interpretación, en este contexto, de la legislación de la UE según la cual todo trabajador tiene derecho a unas vacaciones anuales retribuidas de cuatro semanas que solo puede sustituirse por dinero en caso de terminación de la relación laboral.

Además, se debía tener en cuenta que la justicia europea ya dictaminó en 2014, en la llamada 'sentencia Bollacke', que el fallecimiento de un trabajador no extingue su derecho a las vacaciones pagadas.

Con esos antecedentes, el tribunal alemán se enfrentaba a un dilema, puesto que la justicia europea sí contempla que el derecho a las vacaciones pagadas no se extingue por la muerte del empleado, pero por otro, la legislación alemana no lo ve de la misma forma y, además, excluye que esa compensación económica forme parte de una herencia.

Por eso, elevó una cuestión prejudicial al TJUE, que estableció que, en el caso de que una legislación estatal, como es el caso de la alemana, excluya la posibilidad de esa compensación mortis causa, los herederos podrán invocar directamente el Derecho de la Unión, tanto frente a un empleador público como frente a un empresario privado.

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