
Se trata de cuotas del llamado Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), las cuales se publicaron en el Diario Oficial de la Federación desde fines del año pasado y que se toman en cuenta dependiendo del costo de cada unidad.
Y es que cada ciudadano debe saber que no solo es el pago del coche, sino también tendrá que considerar el cumplimiento de sus obligaciones ante el fisco correspondiente al ISAN.
¿Cuánto se paga de impuesto?
Como ya se dio a conocer, ese gravamen dependerá del precio del auto que desea comprar el ciudadano. Los principales impuestos son:
*La tarifa o impuesto de 6 mil 263 pesos deberá considerarse en caso de la compra de un vehículo con precio de entre 313 mil 163 pesos y 375 mil 795 pesos.
*Los ciudadanos tendrán que pagar 9 mil 394 pesos en caso de adquirir una unidad de entre 375 mil 795 pesos y 438 mil 428 pesos.
*El ISAN de 15 mil 658 deberá considerarse con vehículos cuyo precio se ubique entre 438 mil y 563 mil pesos.
*Un impuesto de 34 mil pesos en adelante se establecerá como cuota al acceder a un auto con un valor aproximado de más de 564 mil pesos.
En caso de que el precio del vehículo no supere los 272 mil 471 pesos, entonces quedarán exentos del desembolso de este impuesto.

Hay que recordar que además del ISAN, los conductores o propietarios de vehículos tendrán que realizar el pago por concepto de tenencia, un derecho que deberá contemplarse cada año, debido a que posee un vehículo y el cual variará conforme las características de cada automóvil o medio de transporte.
Por otra parte y hablando de impuestos, el SAT ha recalcado también que se debe considerar ese gravamen al dispersar algunas prestaciones como es el caso del pago del aguinaldo para los trabajadores mexicanos.
El también llamado “regalo” es un beneficio al que tienen derecho los empleados en México y de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, tendrá que dispersarse antes del 20 de diciembre de cada año.

Según especialistas, cualquier trabajador que ingrese a nómina, es decir de base, así como sindicalizados, vendedores, viajeros y hasta aquellos que perciben ingresos por comisión, tienen derecho a su aguinaldo.
Para saber cuánto le toca de aguinaldo, el interesado tendrá que dividir su salario mensual, entre 30. Luego, dicha cantidad deberá multiplicarse por la cantidad de días que nos corresponden (15).
Es decir, la prestación podrá calcularse con relación al promedio de los salarios percibidos por mes durante el último año, o del total de éstos en caso de no cumplir un año completo de servicio.
Para los que cobran bajo concepto de honorarios, el patrón o empresa tendrá que determinar el monto que se merece el empleado.
Si no se recibe antes de la fecha señalada por la Ley Federal del Trabajo, los afectados deberán presentarse en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde serán asesorados por un abogado.
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