Diputados aprobaron en lo general Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia

Con una votación cerrada que terminó con 273 a favor, 220 en contra y cero abstenciones; ahora los legisladores se encuentran discutiendo las particularidades de esta ley

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Esta legislación busca establecer los puntos para el juicio a funcionarios públicos que aún se encuentren en sus labores (Foto: EFE/Mario Guzmán)
Esta legislación busca establecer los puntos para el juicio a funcionarios públicos que aún se encuentren en sus labores (Foto: EFE/Mario Guzmán)

Tras varias horas de discusión, durante la madrugada de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia, misma que quedó pendiente de la Comisión de Gobernación de la anterior legislatura.

Con una votación cerrada que terminó con 273 a favor, 220 en contra y cero abstenciones, los nuevos diputados derogaron la anterior Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Ahora, los representantes de la LXV Legislatura se encuentran en la discusión de las particularidades de esta modificación a la ley que promueve las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del Estado.

Dichos cambios también estipulan las reglas para el proceso de destitución de funcionarios del gobierno, incluido el propio presidente de la República, en caso de que cometa algún delito de corrupción, traición a la patria, de carácter electoral o cualquiera que amerite prisión preventiva oficiosa.

Este “madruguete” fue criticado por diputados de la oposición, quienes aseguraron que los integrantes de la bancada del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y sus aliados, aceptarán una legislación que no conocen, pues este 1 de septiembre fue cuando entró a discusión.

Margarita Zavala criticó la decisión (Foto: Twitter @Mexlibre_)
Margarita Zavala criticó la decisión (Foto: Twitter @Mexlibre_)

Margarita Zavala fue quien lideró los mensajes desde su cuenta de Twitter, donde mencionó que esta decisión tenía de trasfondo una “aglutinación del poder”.

“Qué pena, qué obsesión. El partido-gobierno aprueba sin reflexión alguna una ley que no conocen; terminará en una ley mediocre que favorece la discrecionalidad absoluta, la aglutinación del poder, confunde responsabilidad civil con la penal y se coloca fuera del debido proceso”, escribió la nueva diputada.

La representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Paloma Sánchez, escribió desde sus redes sociales que este mandato atenta contra los derechos humanos, además de que estaría violando a la propia Constitución Política.

“Voté en contra de la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia porque atenta contra los derechos humanos, es anticonstitucional y una simulación. Estamos aquí para crear leyes que sirvan a la gente, jamás nos prestaremos a legislar con el sello de la sumisión”, compartió.

¿Qué es el Juicio Político?

Esta ley, que se consideró de urgente y obvia resolución, busca “regular los sujetos de responsabilidad política en el servicio público, las causas y sanciones en el juicio político, los órganos competentes y el procedimiento en el juicio político”. Se encuentra reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución Política.

La ley fue aprobada en lo general con 273 votos a favor (Foto: Cuartoscuro)
La ley fue aprobada en lo general con 273 votos a favor (Foto: Cuartoscuro)

Tal procedimiento sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.

Asimismo, indica que si la resolución dictada en el juicio político es condenatoria, se sancionará con destitución al funcionario público que haya cometido esta irregularidad. También podrá imponerse inhabilitación para el ejercicio de cargos de cualquier naturaleza en el servicio público desde 10 hasta 30 años.

Entre los puntos de esta ley, se indica que cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad, podrá formular por escrito denuncia contra una de las personas servidora pública ante la Cámara de Diputados.

No obstante, la Declaración de Procedencia sólo podrá ser instaurada con previa solicitud presentada por el Ministerio Público (MP) ante los legisladores, cuando se encuentren debidamente cumplidos los requisitos procedimentales para el ejercicio de la acción penal.

“Corresponde a la Cámara de Diputados sustanciar el procedimiento relativo al juicio político, actuando como órgano instructor y de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia”, menciona el comunicado oficial de la aprobación.

La Cámara de Senadores decidirá si el presidente es responsable de los delitos que se le imputan (Foto: EFE/ Sáshenka Gutiérrez)
La Cámara de Senadores decidirá si el presidente es responsable de los delitos que se le imputan (Foto: EFE/ Sáshenka Gutiérrez)

Finalmente, si la Cámara de Diputados declara mayoría absoluta para proceder contra la persona imputada, ésta quedará inmediatamente separada de su cargo. En caso de que se declare que no habrá lugar a proceder penalmente, no habrá lugar a procedimiento ulterior, pero no será obstáculo para que el procedimiento penal inicie o continúe su curso cuando el servidor público haya concluido su desempeño.

Por su parte, la Responsabilidad Penal del Presidente de la República indica que durante el tiempo de su cargo podrá ser imputado y juzgado por “traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano”.

La solicitud presentada por el MP deberá contar con la carpeta de investigación. Una vez recibida y aprobada por la Cámara de Diputados, se constituirá en órgano de acusación, el cual tendrá que ser aprobado para seguir el procedimiento ante el Senado de la República.

Ya en la Cámara Alta se erigirá un Jurado de Sentencia para establecer si se encuentra o no acreditada la probable responsabilidad de los delitos cometidos por el mandatario. “Si el Jurado de Sentencia encuentra probablemente responsable a la persona titular de la Presidencia de la República, en la sentencia resolverá con base en la legislación penal aplicable”, finaliza el procedimiento.

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