SAT: en qué consiste la iniciativa para fiscalizar clubes deportivos

Accionistas y empresarios también deben presentar un aviso de actualización, trámite que puede realizarse a través de internet

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Se trata de un requerimiento basado en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación. (Foto: Cuartoscuro)
Se trata de un requerimiento basado en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación. (Foto: Cuartoscuro)

En junio pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), solicitó la actualización de información de socios o accionistas de las empresas, además de la declaración anual.

Sin embargo, afirmó que clubes deportivos y asociaciones también deben sujetarse a una fiscalización, es decir, se inspeccionará su actividad ante el fisco.

De este modo, las personas morales y asociaciones deberán entregar al SAT los nombres y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada uno de sus socios.

Se trata de un requerimiento basado en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, con el fin de analizar gastos e ingresos que se registran.

El trámite puede realizarse por internet. (Foto: AP)
El trámite puede realizarse por internet. (Foto: AP)

Por ello, cada vez que exista una modificación en su plantilla de socios, las agrupaciones deben presentar un aviso de actualización de accionistas, con el fin de dar a conocer el nombre de la persona y socia de una empresa, así como su clave de RFC.

¿Cómo se presenta el aviso de actualización de socios o accionistas por internet?

*El interesado deberá acceder a la página web del SAT: https://www.sat.gob.mx/personas/otros-tramites-y-servicios.

*Luego deberá ingresar su RFC y contraseña.

*Seleccionar la opción Servicios por internet.

*Posteriormente tendrá que dar click en las opciones: Aclaraciones / Solicitud.

*Llenar el formato electrónico “Servicio de Aclaración”.

*Adjuntar los documentos escaneados correspondientes.

*Enviar la solicitud.

*Obtener su acuse de recepción del trámite.

El trámite también puede realizarse en forma presencial. (Foto: Cuartoscuro)
El trámite también puede realizarse en forma presencial. (Foto: Cuartoscuro)

Cabe destacar que la documentación que se desea adjuntar, tendrá que estar comprimida con la extensión ZIP.

La respuesta o seguimiento al planteamiento se realiza en un plazo de seis días hábiles o conforme al tiempo establecido en la legislación fiscal aplicable al trámite presentado.

De acuerdo con el SAT, para ejecutar el trámite de manera presencial se necesita lo siguiente:

*Presentar original y copia de la documentación que compruebe la inconsistencia, incumplimiento o improcedencia del trámite en la oficina del SAT de su preferencia.

*Presentar original de identificación oficial vigente, en caso de representación legal, asiste con copia certificada del poder notarial.

*Entregar la documentación a la autoridad fiscal, quien atenderá dicha solicitud.

*Recibe y conserva el acuse de recepción del trámite.

Con el fin de que los empresarios actualicen sus obligaciones que les corresponde, deberán contar con su contraseña para el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones e ingresar a la página del SAT.

La autoridad fiscal recordó que con la intención de que los contribuyentes no salgan de su hogar, podrán visitar la página del SAT ID.

Se trata de una herramienta con la que los contribuyentes pueden realizar trámites y para ello tendrán que acceder a: https://satid.sat.gob.mx.

La autoridad fiscal recordó que con la intención de que los contribuyentes no salgan de su hogar, podrán visitar la página del SAT ID. (Foto: AP)
La autoridad fiscal recordó que con la intención de que los contribuyentes no salgan de su hogar, podrán visitar la página del SAT ID. (Foto: AP)

Una vez ahí, el interesado deberá tener a la mano una identificación vigente con fotografía.

Luego de los pasos de registro de solicitud, el usuario podrá dar seguimiento al trámite con el número de folio que se generará al momento, por lo que es recomendable anotarlo.

Durante los siguientes tres días hábiles llegará la respuesta al medio de contacto que se haya confirmado, ya sea SMS o correo electrónico.

Dicho correo desplegará la liga donde se tendrá que escribir el folio, RFC y la nueva contraseña.

Finalmente, se confirmará la generación o renovación de la contraseña, a través la página web SAT-ID.

La aplicación SAT ID fue creada para evitar aglomeraciones en diversas oficinas. Es una herramienta de fácil manejo, con la que en al menos 10 minutos se crea dicha contraseña, que el interesado necesitará para realizar diversos trámites, entre ellos, la declaración de impuestos.

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