Los policías actuaron por venganza y trataron de borrar las pruebas: Fiscalía reveló detalles del falso positivo de Sucre

Todos los implicados fueron acusado por privación de la libertad, algunos como cómplices de homicidio y otros por tortura u ocultamiento de pruebas

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Jóvenes asesinados en Sucre
Jóvenes asesinados en Sucre

La audiencia de imputación de cargos permitió profundizar en los roles de cada uno de los diez policías de Sucre que intervinieron en el homicidio de tres jóvenes en el municipio de Chochó, hace un mes. La Fiscalía sostuvo que el coronel Benjamín Núñez fue quien disparó en contra de las víctimas, pero los otros guardaron silencio ante los hechos, no dieron aviso a las autoridades y algunos habrían tratado de ocultar las pruebas del crimen.

Uber Guillermo Mieles Arroyo, Diana Marcela Puerta Rodríguez, Bernardo Portón Mercado y Leila Carolina Ávila Pestana, policías adscritos a la policía de infancia y adolescencia, fueron quienes detuvieron a Jesús David Díaz y José Carlos Arévalo en la T que conduce a Sincelejo, a donde se dirigían porque el primero estaba herido en una pierna, sobre las 5:11 de la tarde.

Allí llegó el joven Carlos Alberto Ibáñez, quien también fue detenido, y todos señalados por los policiales como miembros del Clan del Golfo que habían participado del homicidio de un patrullero a 12 kilómetros de allí, casi una hora antes, por lo que procedieron a retenerlos.

La Fiscalía señaló que los jóvenes no opusieron resistencia, pero los policías los golpearon y los sometieron en el piso. “Contrario a garantizar su integridad y salvaguarda, contribuyen a golpearlos nuevamente para causarles dolor y sufrimientos graves con el ánimo de castigarlos al relacionarlos sin fundamento alguno con la muerte del patrullero Diego Felipe Ruiz Rincón. Ustedes aumentaron deliberadamente e inhumanamente sufrimientos a las víctimas, causando padecimientos innecesarios con elementos contundentes y armas blancas”, sostuvo la Fiscalía.

Los uniformados de infancia y adolescencia, en medio de la golpiza, pidieron por radioteléfono apoyo a otras unidades y al sitio llegó la subteniente María Camila Buriticá Valencia, comandante del CAI la Ford de Sincelejo, quién llegó junto a Jesús María Bolaño Castro, conductor de la camioneta, Rafael Paz Barbosa y Santiago Garavito, ambos escoltas.

Luego llegó en una Nissan Frontier 550837 con logos oficiales el teniente coronel Benjamín Darío Núñez, como comandante operativo de la Policía de Sincelejo. Su vehículo asignado lo conducía Yamit Alfonso Henao Araque y Álvaro Antonio Álvarez Ricardo, el escolta.

Los jóvenes fueron subidos a la camioneta de la subteniente, de número 550840, la conducía Bolaño y Buriticá, se subió de copiloto; en el platón, Garavito y Paz; luego se subió Benjamín Núñez y otro funcionario que no fue identificado por la Fiscalía.

Para el ente acusador, al no haber pruebas contra los jóvenes, su detención fue una privación de la libertad que excedió sus funciones y fue una acción ilegal. Los jóvenes iban “sumamente golpeados, pero con vida”, insistió el fiscal delegado, uno de ellos amarrado y otro con una lesión antigua. La camioneta tomó la vía hacia Corozal, aunque había otra más rápida hacia Sincelejo, porque era más sola.

Se encontraban absolutamente doblegados y esa situación fue aprovechada por el teniente Benjamín Núñez quien haciendo uso de su arma de dotación disparó en varias oportunidades. Descritos estos disparos en tres oportunidades a corta distancia en contra de Carlos Ibáñez, en regiones del cuerpo como brazo, abdomen y tórax; en una oportunidad a corta distancia en contra de Jesús David y disparó en tres oportunidades en tórax en contra de la vida de José Carlos”, relató el fiscal.

“Un comportamiento contrario al deber constitucional y legal que es encomendado a todos ustedes como funcionarios de la Policía Nacional. Ello, entonces, fue como venganza por el señalamiento que sobre estos tres jóvenes recaía como los autores del homicidio del patrullero Diego Ruiz”, aseguró el fiscal.

La camioneta llegó a la Clínica María Reina a las 6:17 de la tarde(una hora después de la retención), pero con los jóvenes ya sin vida. En todo el trayecto, la camioneta en la que se cometió el crimen fue escoltada por el vehículo oficial 550837, de Núñez, pero ni Henao que conducía ni Álvarez que iba de copiloto intercedieron para evitar que su jefe matara a los jóvenes.

La Fiscalía reprochó que tampoco denunciaron después ese accionar. Además, las pruebas indican que ese mismo día Jesús María Bolaño contrató un tercero, latonero, para tapar los agujeros de la camioneta que produjeron los disparos que acabaron con la vida de las víctimas. Por esa razón, la Fiscalía no pudo encontrar esa evidencia cuando realizaron las inspecciones que realizaron los agentes del CTI al vehículo.

Mieles Arroyo, por su parte, al día siguiente suscribió un oficio en el que reportó los hechos a la Seccional de Servicios Especiales de Sucre, en el que relató que cuando los uniformados interceptaron a los jóvenes estos ya estaban heridos y se movilizaban en las motocicletas. Información que para el ente acusador es abiertamente falsa, pues él sabía el estado en que los habían encontrado inicialmente.

“En su calidad de policías de infancia y adolescencia, conocían que estaban privando de libertad a tres personas sin que mediara orden de captura ni situación de flagrancia, que las lesiones y padecimientos graves que les infligían en distintas partes del cuerpo encabeza, manos y piernas, tenían el firme propósito de castigarlos por una conducta que ellos sospechaban que los jóvenes habían cometido y quisieron hacerlo en esa secuencia, privándolos de la libertad y luego torturándolos”, señaló el fiscal delegado.

Buriticá Valencia, Bolaño Castro, Paz Barbosa y Garavito Díaz fueron imputados con los delitos de homicidio agravado en calidad de coautor y privación de la libertad. Álvarez Ricardo y Henao Araque fueron imputados por los delitos de favorecimiento y privación de la libertad; mientras que Mieles Arroyo, Puerta Rodríguez, Portón Mercado, Ávila Pestana fueron acusados de tortura y privación de la libertad.

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