Juez de Caldas ordenó arrestar a directivos de Colpensiones

Debido a una presunta negligencia a la hora de reconocerle la totalidad de las semanas de trabajo a un adulto mayor, un juzgado de Manizales impuso como castigo tres días de cárcel y una multa a seis directivos de la organización pensional

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Foto de archivo. Personas esperan frente a una oficina del fondo estatal de pensiones Colpensiones en Bogotá, Colombia, 12 de junio, 2020. REUTERS/Luis Jaime Acosta
Foto de archivo. Personas esperan frente a una oficina del fondo estatal de pensiones Colpensiones en Bogotá, Colombia, 12 de junio, 2020. REUTERS/Luis Jaime Acosta

Debido a irregularidades para pensionar a Luis Alberto Orozco, un juez de Manizales ordenó el arresto por tres días de seis funcionarios de Colpensiones y el pago de una multa de tres salarios mínimos legales vigentes. Todo se debe a que al señor Luis Alberto Orozco no le estaban contando 250 semanas de trabajo, restándole la cantidad de tiempo total para poder solicitar la pensión.

Orozco, es un adulto mayor que se desempeñó como trabajador de la alcaldía de Manizales pero que actualmente se encuentra desempleado y sin ingresos mensuales fijos: “La situación de Luis Alberto Orozco Hernández es muy delicada porque es una persona de la tercera edad que trabajó toda su vida en la Gobernación de Caldas y luego en el municipio de Manizales, exactamente desde 1989 hasta el 2020 cuando se retira al estar seguro que tenía el derecho a su pensión. Según sus cuentas había cotizado 1.533 semanas y en consecuencia solicitó su jubilación”, señaló el representante legal de Orozco el abogado Albeiro Marín.

El lío ocurre porque en el cambio de Gobernación a la Alcaldía, no se realizó la afiliación automática del entonces empleado al fondo de pensiones, por lo cual indican que tendría registrado un aproximado de 250 semanas menos a la que Orozco ha trabajado. El abogado Marín mencionó: “Colpensiones le negó su pensión, al argumentar que solo tenía 1.250 semanas cotizadas y que se requerían como mínimo 1.300 que es lo que por ley se exige. La diferencia entre 1.250 y 1.533 semanas, estaría en el cambio de trabajo que él tuvo cuando pasó de la Gobernación de Caldas al municipio de Manizales”.

Según señaló el jurista en una primera etapa la tutela fue fallada a favor de la entidad financiera pero luego el Tribunal Superior de Manizales, indicó que se le debía reconocer el tiempo indicado a Luis Orozco, ya que el inconveniente no había sido problema del entonces trabajador sino de la alcaldía y los funcionarios de Colpensiones.

Los acusados son Juan Miguel Villa Lora, presidente de Colpensiones; a Javier Eduardo Guzmán Silva, vicepresidente de operaciones; Iván Castro López, gerente de Administración de la Información; Andrea Marcela Rincón Caicedo, directora de Prestaciones Económicas; César Alberto Méndez Heredia, Director de Historia Laboral y Luis Fernando de Jesús Ocrós Velásquez, gerente de Determinación de Derechos.

El abogado Albeiro Marín indicó que fue un proceso de dos años que está a punto de llegar a un satisfactorio final para el señor Orozco, quien durante todo el tiempo no ha podido contar con un trabajo ni una fuente estable de ingresos.

Por otra parte Fedesarrollo propone subsidio de $500.000 a mayores que no puedan acceder al beneficio, Lo que planteó la entidad está compensado en una serie de 16 documentos que serán presentados por la entidad al próximo Gobierno y en el que se plantea un sistema de tres pilares con el que las pensiones en el país tengan mayor cobertura.

El primer pilar se trata de un subsidio para la vejez de $500.000 (o 13 unidades de valor tributario UVT) mensuales para aquellos mayores de que no tienen pensión, un alivio que pretende equilibrar el sistema. Según Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, las pensiones en el país requieren una reforma que permita ampliar la cobertura a todos los adultos mayores del país, independientemente de quienes pudieron o no cotizar en los fondos privados o públicos, por eso plantearon los documentos de ‘qué hacer en políticas públicas’.

El segundo pilar hace mención al sistema contributivo obligatorio, planteando que existan no solo fondos de pensiones y Colpensiones, sino otros mecanismos de ahorro y que los contribuyentes tengan acceso a un sistema en el que puedan verificar cuál es el estado de sus ahorros.

Finalmente, en el tercer pilar se pretende que también se permita que las personas puedan ir a Colpensiones y en este fondo se les ofrezca la posibilidad de que hagan un ahorro individual. Esto con el propósito de que aumente la competencia en ese sector, en el que predominan los fondos privados.

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