Corte Constitucional deja en firme un fallo que podría afectar la libertad de expresión de comunidades de derechos humanos

Se trata de una sentencia que obligaría a la Comunidad de Paz de Apartadó (Antioquia) a abstenerse de denunciar a la fuerza pública sin que exista un fallo condenatorio.

Guardar

Nuevo

infobae

En medio de las decenas de denuncias por presunta represión estatal y ataques a la prensa, la Corte Constitucional colombiana ratificó un fallo que, según organizaciones de derechos humanos internacionales, podría afectar la libertad de expresión del país. Se trata de una sentencia que obligaría a la Comunidad de Paz de Apartadó (Antioquia) a abstenerse de denunciar a la fuerza pública sin que exista un fallo condenatorio.

“Si las organizaciones colombianas no pueden denunciar la sospecha de violaciones a derechos humanos, entonces ¿cómo se van a iniciar las investigaciones? En este contexto actual del paro nacional, donde las organizaciones de la sociedad civil están denunciando casi 40 casos de homicidios por parte de la fuerza pública del Estado y un montón de otras violaciones a los derechos humanos, imagínense que no pudiéramos denunciar eso”, dijo Fernanda Doz Costa, directora de la unidad de investigación para las Américas de Amnistía Internacional.

El fallo fue ratificado después de que se consultara al interior de la corte y la votación quedara cinco magistrados contra cuatro. Esto sucedió a pesar de que desde inicios de mes más de 40 asociaciones internacionales se dirigieran al tribunal para pedir que protejan la labor de la Comunidad de Paz.

Incluso, el magistrado Jorge Enrique Ivañez, que está a favor de anular el fallo, expuso que una sentencia como esta es “desproporcionada”.

“Exigir como requisito para denunciar que haya sentencias condenatorias de proporcionada la libertad de expresión, exceden los estándares jurisprudenciales y es una carga excesiva e injustificada”, dijo el magistrado durante su ponencia.

Así mismo, se ha argumentado a favor del grupo por la labor que ejerce. La Comunidad de Paz de Apartadó se creó hace más de 20 años y desde ese entonces defiende los derechos de los campesinos que quedaron en medio de la violencia protagonizada por paramilitares y las guerrillas desde 1997.

“La comunidad de Paz de San José de Apartadó es un referente de defensa de derechos humanos en Colombia. La denuncia de las violaciones a los derechos humanos, por no colaborar con ningún actor armado, ha supuesto el asesinato de más de 300 personas de la comunidad, además de amenazas, falsos positivos, intento de asesinato torturas. La libertad de expresión es la piedra angular de una sociedad democrática y si entra en conflicto con el derecho el buen nombre de funcionarios públicos, se conocen o la jurisprudencia internacional que la primera prevalece”, aseguró la Red Internacional de Derechos Humanos (RIDH), con sede en Ginebra (Suiza), a través de varios comunicados.

Además de lo expuesto, las organizaciones que apoyan a la Comunidad de Paz aseguran que solicitar al grupo que se abstenga de publicar denuncias contra funcionarios públicos sin que los hechos hayan sido previamente probados en sede judicial, es contrario a los estándares internacionales de derechos humanos.

Hay que recordar que este caso inició hace unos años, cuando en 2018 la Comunidad de Paz de Apartadó señaló a la Décimo Séptima Brigada del Ejército Nacional de “actuar en complicidad con organizaciones al margen de la ley”, puntualmente con los paramilitares. Ante la acusación, el coronel Carlos Alberto Padilla, comandante de la mencionada brigada decidió entutelar a la comunidad.

Al momento del juicio, la justicia le dio la razón al coronel en primera y segunda instancia. Incluso, en la corte en la que se emitió la sentencia en 2020 se concluyó que, ya que la Comunidad de Paz había violentado los derechos al buen nombre y honra de la brigada, esta debía retractarse.

“Se reprocha que la demandada, al amparo de la manifestación de estar haciendo una denuncia pública, presente de manera asertiva y reiterada hechos, que sin individualizar ni precisar circunstancias de tiempo, modo y lugar, transmiten la idea de que se encuentra plenamente establecida la complicidad y aquiescencia de la accionante con estructuras paramilitares”, se lee en la sentencia.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar

Nuevo