
El Ministerio de Sanidad ha publicado este miércoles para audiencia e información pública el proyecto de real decreto (RD) que actualiza la relación laboral de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, un texto que contempla mejoras en el complemento de grado de formación desde el primer curso y la eliminación de las guardias de 24 horas.
El departamento liderado por Mónica García ha destacado que este RD supone mejorar las condiciones de trabajo, formación y descanso de los residentes casi 20 años después del Real Decreto 1146/2006. Con este objetivo, introduce cambios en la planificación de la jornada, el régimen de guardias, los descansos, las retribuciones, las incompatibilidades y la prevención de riesgos laborales.
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Después del trámite de información y audiencia pública, que finalizará el 22 de julio, el proyecto de real decreto deberá ser aprobado en Consejo de Ministros. El texto prevé la entrada en vigor del RD al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque precisa que la modificación relativa a jornada laboral y descansos será aplicable a partir del 1 de septiembre de 2027, mientras que la actualización del régimen retributivo será aplicable a partir del 1 de enero de 2027.
Entre sus modificaciones, el proyecto reconoce el derecho de los residentes a conocer la distribución de su jornada, al menos, dos meses antes. La jornada ordinaria no podrá superar las 35 horas semanales de promedio anual y se fijará por convenio colectivo o, en su defecto, será la prevista para el personal estatutario del servicio de salud correspondiente.
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Asimismo, establece una duración mínima de los descansos, que deberán ser de al menos 12 horas continuas entre jornadas y, cada semana, 24 horas ininterrumpidas adicionales. En caso de que este descanso semanal no pudiera disfrutarse, deberá compensarse en un plazo máximo de 14 días.
El texto destaca el carácter formativo de las guardias, que deberán estar vinculadas a la adquisición de competencias previstas en el programa de cada especialidad y se realizarán como jornada adicional a la ordinaria. En este sentido, no podrán superar las 17 horas y, si la guardia sigue a una jornada laboral ordinaria, la suma de ambas tampoco podrá exceder las 17 horas.
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Después de una guardia, no podrá exigirse a la persona residente que realice la jornada ordinaria prevista a continuación, ni que recupere posteriormente esas horas. Con carácter general, los residentes podrán realizar un máximo de 68 horas mensuales de guardia, lo equivalente a cuatro guardias de duración máxima, que deberán distribuirse de forma equilibrada a lo largo del mes.
A este respecto, el proyecto plantea que se pueda añadir una guardia más, o las horas equivalentes, de forma excepcional y siempre que se repete la jornada máxima y los descansos mínimos, pero para ello tendrá que existir justificación docente, previo informe del servicio de prevención de riesgos laborales y de la comisión de docencia, así como consentimiento expreso de la persona residente, que podrá retirarlo en cualquier momento.
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La suma de la jornada ordinaria y las guardias no podrá superar las 45 horas semanales de promedio en cómputo trimestral, salvo que se acuerde otro sistema por pacto, acuerdo o convenio colectivo.
RÉGIMEN RETRIBUTIVO
En cuanto al régimen retributivo, el proyecto contempla que el complemento de grado de formación, que retribuye el nivel de conocimientos, competencias, autonomía profesional y responsabilidades inherentes al nivel formativo, se cobre desde el primer año.
Los porcentajes mínimos de este complemento serán del 10 por ciento en primer año, 20 por ciento en segundo, 30 por ciento en tercero, 40 por ciento en cuarto y 50 por ciento en quinto, sin perjuicio de que los servicios de salud puedan acordar cuantías superiores.
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El texto mantiene el complemento de atención continuada para retribuir las guardias y otras actividades asistenciales fuera de la jornada ordinaria vinculadas al itinerario formativo, así como el plus de residencia en los territorios donde esté establecido.
Además, garantiza que el personal residente perciba el 100 por 100 de sus retribuciones ordinarias, fijas y periódicas desde el primer día en situaciones de incapacidad temporal (IT), nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
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Para ello, la prestación del régimen de protección social se complementará hasta alcanzar el total de las retribuciones correspondientes, tomando como referencia, al menos, las percibidas en los seis meses previos. Durante las vacaciones, percibirá al menos su remuneración normal o media, según se determine en cada servicio de salud.
REGISTRO HORARIO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
El proyecto de real decreto obliga a los centros sanitarios a disponer de sistemas de registro horario que permitan el control efectivo del tiempo de trabajo. Si se detectan incumplimientos reiterados, podrán adoptarse medidas de revisión y mejora en la unidad docente correspondiente.
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Asimismo, subraya que la actividad asistencial de las personas residentes deberá organizarse teniendo siempre en cuenta el cumplimiento completo de los programas formativos, de forma que la organización del tiempo de trabajo no podrá perjudicar la formación, dentro de las posibilidades de cada centro.
En los casos de reducción de jornada por conciliación, cuidados u otras causas previstas legalmente, los centros deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que la persona residente pueda completar todas las competencias previstas en su programa.
La reforma incorpora una disposición específica sobre riesgos psicosociales por la que obliga a las entidades titulares de las unidades docentes acreditadas a realizar cada dos años una evaluación, adoptar las medidas preventivas y correctoras necesarias y garantizar su seguimiento y revisión periódica.
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Además, las unidades docentes deberán impulsar espacios grupales de apoyo profesional y reflexión compartida para prevenir los riesgos psicosociales asociados a la formación y a la práctica asistencial. La participación en estas actividades contará como tiempo de formación y se integrará en la planificación ordinaria.
El proyecto también prevé protocolos específicos ante incidentes que hayan podido comprometer la integridad física, la salud o la vida de las personas residentes.
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