Bogotá, 27 jun (EFE).- La Justicia colombiana condenó a 18 años y ocho meses de prisión a Miguel Sierra, un ciudadano peruano que contactó por redes sociales a una menor de 14 años y viajó a Medellín para explotar sexualmente de ella, informó este sábado la Fiscalía General.
Un juez penal declaró responsable a Sierra del “delito de demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años”, según un comunicado del ente investigador.
De acuerdo con la investigación, el hombre estableció contacto con la adolescente a través de redes sociales, donde le ofreció dinero para que accediera a mantener un encuentro sexual con él.
Las pesquisas determinaron que, tras las conversaciones, Sierra viajó en febrero de 2023 a Medellín y concretó el encuentro con la menor en un edificio del barrio Belén, en el occidente de la capital del departamento de Antioquia (noroeste).
El extranjero fue capturado un año después en el aeropuerto internacional José María Córdova, ubicado en Rionegro, municipio vecino de Medellín.
Según la Fiscalía, durante el procedimiento las autoridades encontraron en su equipaje tres fotografías de la víctima y otros elementos que demostraron la interacción que había sostenido con la menor.
La sentencia, que aún es de primera instancia, además de imponer la pena de cárcel, ordenó la expulsión del condenado del territorio colombiano una vez cumpla la totalidad de la condena.
La explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes constituye uno de los delitos priorizados por las autoridades colombianas, especialmente en ciudades como Medellín, donde en los últimos años la Fiscalía y la Policía han reforzado las investigaciones contra redes y personas que utilizan internet y las redes sociales para captar menores de edad.
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Hace un mes, la relatora de la ONU sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, Reem Alsalem, celebró una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Colombia que considera la prostitución una forma de violencia sexual y no un trabajo, en una sentencia relacionada con explotación de menores.
La relatora afirmó que la demanda de servicios sexuales "constituye un factor determinante y el primer eslabón en la cadena de explotación" y sostuvo que quienes generan esa demanda "no son participantes pasivos en un mercado ilícito, sino explotadores directos". EFE
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