San Salvador, 28 abr (EFE).- Las mujeres que sufren emergencias obstétricas en El Salvador y que, bajo sospecha de aborto, son acusadas por la Fiscalía General por homicidio se enfrentan a la posibilidad de ser condenadas a la cadena perpetua tras una serie de reformas constitucionales y penales aprobadas por la Asamblea Legislativa, algo que expertas señalan como un retroceso que refuerza la criminalización de estas mujeres.
Una reciente reforma a la Constitución habilita la pena perpetua en los casos de homicidio, violación y pertenencia a grupos terroristas, que también permitió reformas a leyes penales -en vigencia desde el 26 de abril- que fueron aprobadas y ratificadas por el Congreso a petición del presidente salvadoreño, Nayib Bukele.
PUBLICIDAD
En El Salvador, las mujeres que sufren complicaciones del embarazo que dan lugar a abortos espontáneos y mortinatos son habitualmente sospechosas de haberse practicado un aborto, pero procesadas por homicidio.
Celia Medrano, experta en derechos humanos, explicó en declaraciones a EFE que "en este marco, la imposición de cadena perpetua en este tipo de casos, representa una involución más a la criminalización contra estas mujeres".
PUBLICIDAD
También, alertó que "en un país donde no existen ya garantías del debido proceso legal que garanticen un proceso imparcial e independiente a estas mujeres, solo puede esperarse el aumento de hechos de violencia obstétrica, que se traducen en largas y torturantes privaciones de libertad y condenas injustas".
Medrano recordó que El Salvador "es uno de los cinco países en América Latina y El Caribe con prohibición total al aborto, incluyendo el aborto terapéutico, pero en el caso salvadoreño la persecución penal y la dureza de las penas impuestas, es el más destacado".
PUBLICIDAD
"Mujeres que sufren emergencias obstétricas son condenadas a penas de entre 30 y 50 años de prisión por el delito de homicidio agravado, sin distinguir las circunstancias de cada caso" y "son víctimas de criminalización y revictimización bajo la imposición de una normativa punitiva que les niega derecho a salud, confidencialidad, protección y decisión sobre sus propios cuerpos a partir de la hegemonía de fuerzas ideológicas ultraconservadoras", subrayó.
Casos como el de Beatriz, una joven salvadoreña a quien se le negó la interrupción del embarazo a pesar de que su vida corría peligro y el feto era anencefálico, y el de Manuela, una mujer de bajos recursos, analfabeta y de una zona rural que fue condenada a 30 años de prisión por abortar tras sufrir una emergencia obstétrica en 2008, fueron conocidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sentencias que favorecen a las víctimas.
PUBLICIDAD
Una activista conocedora de estos casos consultada por EFE, y que pidió resguardar su identidad por seguridad, indicó que conocían "181 casos" de mujeres "procesadas por aborto y emergencias obstétricas, hasta el 2019".
"Entre 2019 y el 2025 ha habido 35 mujeres procesadas por razones de aborto o emergencias obstétricas. Algunas han sido condenadas y otras están en proceso", compartió, y dijo que "el acumulado de mujeres que hemos logrado la libertad hasta diciembre de 2025 son 81".
PUBLICIDAD
"En algunos casos la libertad se ha conseguido logrando que no lleguen a ser condenadas, y en otros casos estaban condenadas y se han logrado revertir la condena", manifestó.
A juicio de la activista, desde antes de estas reformas penales, "muchas" de las mujeres que habían "defendido prácticamente estaban en situación de cadena perpetua".
PUBLICIDAD
"Condenas de 50 y de 40 años de mujeres adultas representaban cadena perpetua" y añadió que consideran "mucho más grave en la afectación a las infancias", en referencia a la inclusión de los menores de edad en esta reforma.
La abogada Roxana Cardona dijo a EFE que las personas condenadas a pena perpetua no tendrán acceso a beneficios penitenciarios como la libertad condicional, que en delitos con condena temporal la legislación permite al cumplir la mitad o dos terceras partes de la pena.
PUBLICIDAD
"Con la cadena perpetua ese beneficio no existe" y "no existe la pena humanizante y lo que hace es no resocializar y excluye al individuo de la sociedad", alertó.
También, sostuvo que con este tipo de condena los presidiarios tampoco tendrían acceso a beneficios, como la fase de confianza o semilibertad, que se dan con los programas de trabajo social para reos. EFE
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Francia acoge su primer monográfico sobre Segantini, el pintor apátrida de las montañas
Suben a 2.534 los muertos y a 7.863 los heridos en dos meses de ataques de Israel a Líbano
Bruselas planea expedientes más rápidos y mayores multas por incumplir leyes de la UE
De Medio Oriente a América Latina: cómo Beyond ONE opera Virgin Mobile para 7 millones de clientes
Bruselas da luz verde a la alianza de Airbus y Air France en la oferta de servicios de mantenimiento del A350
