
El Gobierno ha señalado que el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) conocido este martes es "meramente aclaratorio", por lo que no afecta a la normativa nacional ni impone sanciones de ningún tipo, y el derecho europeo no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público.
Según han indicado fuentes del Ministerio de Función Pública, la sentencia del TJUE es la respuesta a la prejudicial planteada por el Tribunal Supremo que preguntó si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la fijeza automática, era contrario al derecho europeo.
En una sentencia publicada este martes, el alto tribunal europeo considera que las medidas previstas en España para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión, al entender que no permiten sancionar "debidamente" estas prácticas ni "eliminar las consecuencias" del incumplimiento.
Así responde al caso de una trabajadora que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid, cuya relación fue calificada por la justicia española como indefinida no fija tras apreciar una utilización irregular.
Sobre esta solución, el TJUE señala que "no constituye una medida adecuada", ya que "supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal" y, con ello, la "situación de precariedad" del trabajador, pese a que, según señala el tribunal, la estabilidad en el empleo es un elemento "primordial" de protección.
Tras conocerse el fallo, desde Función Pública han reiterado el compromiso del Gobierno con la reducción de la temporalidad entre los empleados de la Administración Pública y han recordado que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo.
"El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra", han apuntado dichas fuentes.
Así, han defendido los principios de "igualdad, mérito y capacidad" como pilares constitucionales que garantizan el acceso al empleo público en España basándose en la competencia profesional.
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN SEIS PUNTOS
Desde Función Pública, han señalado que el Ejecutivo de Pedro Sánchez viene trabajando en las últimas legislaturas para resolver un problema que se arrastra desde hace décadas, para lo que en 2021 aprobó una ley para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, validada por la Comisión Europea, y que ha logrado que la tasa de temporalidad se haya reducido seis puntos, de un 39% en 2023 al 32,7% en la actualidad.
"Nunca antes se había hecho una reforma tan profunda contra la temporalidad en el sector público: límites claros a la temporalidad, controles, responsabilidades y procesos masivos de estabilización", han reivindicado.
Además, ha afirmado que España ha superado el objetivo comprometido con la Comisión Europea de cubrir al menos con trabajadores fijos 300.000 plazas en los tres niveles de la Administración que antes estaban ocupadas por temporales, con 419.756 plazas estabilizadas, y que, además, ha convocado de media 32.522 plazas de empleo público al año entre 2018 y 2025, lo que contrasta con los recortes de la etapa anterior del Partido Popular.
De esta manera, el sector público español ha creado un total de empleo público neto cifrado en 381.257 personas entre 2021 y 2026, un incremento del 14,11%, y es el Estado miembro de la Unión Europea que más empleo crea, según Eurostat, concentrando el 41% del total del empleo creado.
UN PROBLEMA QUE AFECTA A CC.AA. Y ENTIDADES LOCALES
Desde el Gobierno, han apuntado que el problema de exceso de trabajadores temporales afecta en concreto a comunidades autónomas y entidades locales, con tasas del 40% y 36% de empleados eventuales, teniendo en cuenta que los sectores educativo y sanitario son los que concentran las mayores tasas de temporalidad, mientras que en la Administración General del Estado se cumplen los requisitos de temporalidad al tener solo el 4,7% de trabajadores con contrato eventual.
"La Administración no puede cerrar servicios esenciales, no puede dejar de prestar servicios; por lo que ante carencias de personal va a requerir acudir a figuras temporales", han apuntado.
El Ejecutivo ha reconocido que todavía queda trabajo por hacer en la materia para lo que ha propuesto incluir medidas adicionales en el proyecto de ley orgánica de reforma de las carreras judicial y fiscal y en la Ley de Función Pública de la Administración del Estado, ambas en tramitación parlamentaria.