
La decisión de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza adoptada en octubre de 2025 impuso una prohibición de entrada a España y al resto de países del espacio Schengen durante una década a un hombre de nacionalidad ecuatoriana, tras haber cumplido una larga condena por delitos sexuales. El sujeto, de 55 años de edad, afrontó esta medida después de haber estado recluido en el Centro Penitenciario de Zuera, provincia de Zaragoza, por su responsabilidad en agresiones y abusos sexuales continuados contra sus hijas, quienes eran menores en el momento de los hechos. La noticia principal radica en la ejecución de esta expulsión, que se produjo finalmente el 4 de marzo, como informó el medio elDiario.es.
La Policía Nacional realizó el traslado fuera del territorio español, a través de agentes de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Zaragoza, en cumplimiento estricto de la resolución administrativa. Según reportó elDiario.es, el hombre había sido condenado por sentencia judicial en febrero de 2010 a quince años de prisión por un delito de agresión sexual continuada, sumados a diez años adicionales por abuso sexual continuado. La condena se fundamentó en hechos probados que sostienen que durante varios años, y de manera persistente, sometió a dos de sus hijas menores de edad a agresiones sexuales.
Los sucesos salieron a la luz tras la denuncia interpuesta por la madre de las menores, quien al conocer la situación, comunicó los hechos a las autoridades. El proceso penal se inició en abril de 2008 con la detención del individuo y su inmediata puesta a disposición judicial, acto seguido por el ingreso en el Centro Penitenciario de Zuera. ElDiario.es detalló que la condena supuso el cumplimiento efectivo de los quince años de prisión en dicho centro penitenciario, hasta alcanzar el plazo al que estaba sentenciado y ejecutarse la disposición de expulsión.
La fuente mencionó que, una vez alcanzado el cumplimiento de la condena penal, se procedió conforme a la legislación española relacionada con extranjería, que establece la expulsión del territorio nacional como medida administrativa para extranjeros condenados por hechos de especial gravedad. La resolución dictada por la Subdelegación del Gobierno puntualizó la prohibición expresa de regresar tanto a España como al resto de Estados miembros del espacio Schengen por un periodo de diez años, contando desde la fecha de salida efectiva del país.
ElDiario.es especificó que este tipo de medidas surgen en respuesta a la normativa vigente que autoriza la expulsión de ciudadanos extranjeros implicados en delitos graves, siempre que se haya cumplido con una sanción penal y existan razones administrativas justificadas. El medio destacó que la expulsión se efectúa una vez garantizado el cumplimiento del tiempo de reclusión impuesto por la justicia, en este caso relacionado con delitos cometidos contra la integridad y libertad sexual de menores.
La coordinación entre los servicios penitenciarios y las autoridades de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional resultó clave para llevar a cabo el proceso de expulsión. El traslado y la salida del individuo del territorio español se completaron conforme a los protocolos establecidos para estos casos, asegurando la no reentrada según las condiciones dispuestas por la administración española y europea.
De acuerdo con elDiario.es, el caso reviste particular gravedad por las circunstancias personales de las víctimas, menores de edad, y por la prolongación en el tiempo y reiteración de los hechos, aspectos que fueron recogidos y demostrados en la sentencia judicial dictada en su momento. La noticia ilustra la aplicación y consecuencias de la legislación en materia de extranjería para personas extranjeras condenadas por delitos graves, una vez agotada la vía penal.
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