El Consejo de Enfermería recuerda la importancia de la confidencialidad del paciente

El máximo órgano de la enfermería nacional alerta sobre graves consecuencias legales y éticas al revelar información privada de pacientes, subrayando la obligación de respetar la privacidad en todos los procesos clínicos, incluso en entornos digitales y redes sociales

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Las consecuencias jurídicas derivadas de la vulneración del derecho a la intimidad de los pacientes pueden incluir multas, despidos e incluso penas de prisión, según recoge una advertencia difundida por la Comisión Deontológica del Consejo General de Enfermería. Este recordatorio busca reforzar el compromiso ético de la profesión frente a casos cada vez más frecuentes relacionados con el manejo y la protección de datos personales en el entorno sanitario.

De acuerdo con el medio, el Consejo General de Enfermería, a través de una infografía de uso libre en todos los idiomas oficiales del Estado, ha puesto el foco en la relevancia de mantener la confidencialidad de los datos de los pacientes durante todo el proceso asistencial. Según destacó el presidente del Consejo, Florentino Pérez Raya, el objetivo del documento es ayudar a los profesionales a comprender la normativa vigente y los riesgos legales de incumplirla, así como a preservar la confianza depositada por quienes reciben atención sanitaria.

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El organismo subrayó que la privacidad constituye un mandato legal y ético fundamental, cuyo desconocimiento o transgresión afecta tanto a los pacientes como al prestigio de la profesión. “Tenemos un compromiso profundo con la salvaguarda de la dignidad, libertad e intimidad de los pacientes”, declaró Pérez Raya, quien indicó que la publicación de esta guía facilita el conocimiento detallado de las obligaciones legales de la enfermería.

Según detalló la presidenta de la Comisión Deontológica Nacional de Enfermería, Tayra Velasco, uno de los comportamientos más habituales que pueden suponer una infracción grave es acceder a la información médica de personas sin mantener una relación asistencial directa con ellas, aunque medie consentimiento o vínculos personales. Velasco remarcó que el hecho de ser enfermera no otorga la potestad de revisar datos sanitarios de pacientes ajenos al propio proceso de atención, incluidas las historias clínicas de familiares, amistades o conocidos.

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El medio consignó que el acceso inmotivado a historias clínicas figura entre los casos más habituales detectados en los últimos años, una conducta de riesgo que persiste a pesar de las elevadas sanciones penales, administrativas o profesionales asociadas. En este aspecto, la infografía divulgada por el Consejo explica que el registro de la historia clínica debe caracterizarse por la objetividad y precisión en todos los procedimientos y cuidados realizados, y enfatiza que solo se permite la consulta de estos datos en situaciones amparadas por la legislación, como puede ser una relación clínica verificada o investigaciones debidamente autorizadas.

La divulgación de datos privados a terceros fuera del ámbito asistencial constituye, según informó el Consejo General de Enfermería, otro motivo recurrente de denuncias y sanciones. La comisión alertó sobre el uso inadecuado de información en plataformas digitales, redes sociales y medios de comunicación, e hizo hincapié en la importancia de emplear estos canales de manera responsable, garantizando siempre la protección de la identidad y la información de los pacientes.

Entre las consecuencias adicionales vinculadas a las infracciones de la confidencialidad, la presidenta de la Comisión Deontológica Nacional de Enfermería, Tayra Velasco, citó la obligación de afrontar indemnizaciones por daños y perjuicios, la pérdida de reputación profesional y el deterioro de la calidad asistencial prestada. Velasco subrayó que la privacidad y la discreción constituyen pilares de la relación entre profesionales sanitarios y pacientes, y su vulneración puede comprometer tanto la relación de confianza como el bienestar de los usuarios del sistema.

El medio resaltó que la infografía elaborada por la corporación enfermera pretende concienciar sobre la transcendencia de cumplir con estas obligaciones en todos los ámbitos de actuación, incluidas las nuevas formas de interacción digital, y recalcó que el respeto a la intimidad debe prevalecer como una prioridad incuestionable en el ejercicio profesional de la enfermería, conforme especifican las normativas y códigos deontológicos que rigen la práctica sanitaria.