México.- México ha dado 556 permisos de portar armas a agentes extranjeros desde 2012

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24/04/2019 April 23, 2019 -
24/04/2019 April 23, 2019 - New York, New York, United States: Drug Enforcement Administration (DEA) agents lead former chief executive of the Rochester Drug Cooperative (RDC) Laurence "Larry" F. Doud III into their NYC office after he turned himself in to face felony charges for the unlawful distribution of controlled substances, at 99 10th Avenue, in NYC. This is the first ever felony arrest for charges against a distributor and its executive to stem from the ongoing opioid crisis. Doud was charged with conspiracy to distribute controlled substances and conspiracy to defraud the U.S. Doud now faces up to life in prison if convicted. (Matthew McDermott/Contacto) POLITICA INTERNACIONAL Matthew McDermott


MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Secretaría de la Defensa Nacional de México ha otorgado 556 permisos para portar armas a agentes de organizaciones extranjeras desde 2012 y se verán ahora afectados por la reformada Ley de Seguridad Nacional (LSN), que implican que no gozarán de ninguna inmunidad y responderán ante las autoridades mexicanas por cualquier uso de su armamento que viole las normas.

La información, publicada en respuesta a una solicitud de información pública, no incluye a las entidades de seguridad de los gobiernos extranjeros que solicitaron estos permisos, aunque fuentes del Gobierno federal señalan a la Agencia Antidrogas de Estados Unidos, la DEA, por sus siglas en inglés, como el grupo más numeroso de agentes extranjeros que operan en México.

De hecho, la DEA tiene una oficina en Ciudad de México y cinco regionales en Monterrey, Guadalajara, Mazatlán, Hermosillo y Mérida, según recoge la página web de la Embajada de Estados Unidos en México.

Estas oficinas suman menos de medio centenar de agentes en total, pero hasta ahora era habitual que entraran en el país agentes para investigaciones concretas.

Con las reformas de la Ley de Seguridad Nacional aprobadas recientemente, la presencia de agentes extranjeros en México deberá sujetarse a mecanismos de cooperación bilateral, sólo podrán portar las armas que les autorice la Secretaría de Defensa, tendrán prohibido hacer detenciones o allanamientos y no podrán ejercer facultades reservadas a las autoridades mexicanas.