La ley húngara sobre la financiación de ONG no es conforme al derecho europeo

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Las restricciones impuestas por Hungría a la financiación de las oenegés con fondos extranjeros no son conformes al derecho europeo, sentenció el jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Estas medidas son "discriminatorias e injustificadas", indicó el alto tribunal, precisando que la ley no respeta la libertad de circulación de capitales, el derecho a la vida privada y la libertad de asociación.

El gobierno húngaro del nacionalista Viktor Orban dijo haber tomado nota de la decisión, según su jefe de gabinete, Gergely Gulyas.

Budapest aprobó la controvertida ley en 2017, contra la que la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción. Al no responder Budapest a sus inquietudes, elevó el caso al TJUE.

Según sus detractores, esta ley apunta al financiero estadounidense de origen húngaro George Soros, quien en 1984 creó la fundación Open Society Foundations (OSF) y bestia negra del primer ministro húngaro.

OSF se marchó de Hungría para establecerse en Alemania en 2018 tras la adopción por el parlamento húngaro de una enmienda que planteaba penas de prisión a las oenegés que ayuden a los refugiados.

La legislación cuestionada por el TJUE impone a las oenegés que se beneficien de más de 7,2 millones de florines (unos 21.000 euros, 24.000 dólares al cambio actual) anuales del exterior registrarse como organizaciones con "apoyo del extranjero".

Además, estas oenegés deben presentarse así en todas sus publicaciones y en sus sitios web, así como publicar el nombre de los donantes. Si no respetan estas obligaciones, se exponen a ser sancionadas.

El tribunal con sede el Luxemburgo argumenta que la legislación, al incluir una diferencia de trato "entre el movimiento nacional y transfronterizo de capitales", restringe la libertad de circulación de capitales.

La ley crea "un clima de desconfianza hacia las asociaciones y fundaciones" a las que se dirige, explica el TJUE en un comunicado, y puede disuadir a los donantes de ayudar a estas organizaciones.

Los magistrados europeos consideran también que la ley húngara limita el derecho a la libertad de asociación, al dificultar el funcionamiento de las asociaciones.

La información y publicidad limitan el derecho al respeto de la vida privada y familiar y el derecho a la protección de los datos personales, agrega el tribunal.

Budapest debe ahora modificar los aspectos  apuntados por la justicia europea. En caso de no hacerlo, Bruselas podría volver a llevarlo ante el TJUE por incumplimiento, lo que podría saldarse en una cuantiosa multa.

mla-tjc/mb