Chile aprobó la ley que termina con el lucro en la educación

El proyecto prohíbe también el copago y la selección de alumnos para los establecimientos que reciben aportes del Estado. La ex líder estudiantil y actual diputada Camila Vallejo destacó que "este proyecto hace justicia"

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La iniciativa es la primera gran reforma en materia escolar que saca adelante el gobierno de Michelle Bachelet y que se funda en las demandas y grandes movilizaciones estudiantiles del 2011 y 2012.


El proyecto de ley tiene por objeto terminar con las desigualdades estructurales del sistema educativo, a fin de garantizar a todos los chilenos el derecho a una educación de calidad, sustentado en tres ejes: fin al lucro en establecimientos que reciben recursos públicos; el término de la selección escolar y la derogación del sistema de financiación compartido.


Tras la votación, el ministro de educación Nicolás Eyzaguirre expresó su "gratitud y satisfacción" con el respaldo parlamentario, tras diez meses de discusión.


Quien lucre con la educación deberá devolver el monto malversado más una multa del 50% de ese dinero

"Al final del día lo importante es que la democracia ha construido sus propios fundamentos para avanzar en una educación de calidad. Éste es un proyecto que sienta la base filosófica de cómo se construye educación en Chile, un país donde buscamos que los estudios de los niños ya no se decidan por la capacidad económica de sus padres", indicó Eyzaguirre.


En tanto, la ex líder estudiantil y diputada Camila Vallejo destacó que "este proyecto hace justicia al desmantelar tres pilares de las leyes de mercado, nos estamos poniendo a la altura de países desarrollados que trabajan por poner en primer lugar el criterio de equidad".


"Los padres de menores ingresos conocerán ahora lo importante que es no tener que pagar más recursos por garantizar la educación de sus hijos", agregó.


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La normativa termina con la selección por rendimiento previo en los procesos de admisión de los establecimientos subvencionados o que reciben aportes del Estado, incorporando en la legislación la frase "sin fines de lucro", estableciendo de forma gradual la incorporación de la gratuidad en los colegios del país.


Junto con ello, fija sanciones a los sostenedores que lucren con recursos destinados a la educación; eso significa que quien lucre deberá devolver el monto malversado de los recursos y además pagar una multa del 50% de lo que haya utilizado de mala manera.


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Además, los colegios no podrán seleccionar por factores socioeconómicos, etnias, nacionalidad, cultura, religión o discapacidad con el fin de terminar con las "discriminaciones arbitrarias".


Por ende, los colegios no podrán exigir antecedentes económicos de la familia del postulante ni contemplar el rendimiento escolar pasado.


La entrada en vigencia de la nueva ley será a partir del 1 de marzo del 2016, sin perjuicio de las reglas especiales que al efecto se establecen, entre ellas, un plazo de 3 años (hasta el 31 de diciembre de 2017) para que los sostenedores de establecimientos particulares subvencionados que quieran seguir operando en la actividad educacional transfieran su calidad de tal.

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