Los micros, obligados a limitar velocidad

Unos 3.800 ómnibus deberán calibrar su tacómetro en cien kilómetros por hora, como establece la norma de tránsito vigente

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,

(CNRT)

en forma conjunta con las Terminales Automotrices, fabricantes de chasis para ómnibus y los fabricantes de tacógrafos,

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La CNRT

a su alcance

las unidades afectadas al Transporte por Automotor de Pasajeros de Larga Distancia

establecidas en la Ley 24.449.

Las Empresas

, de las unidades susceptibles a ser calibradas para limitar su velocidad máxima de circulación.

Asimismo, éstas

, de modo que las unidades queden limitadas en su velocidad máxima.

La calibración del Tacógrafo y de las "Centrales Electrónicas" deberán ser realizadas por el fabricante del tacógrafo y chasis, respectivamente, o en los concesionarios o talleres que se habiliten a tal fin.

Concluido el trabajo, la empresa transportista presentará ante la CNRT dichos certificados, los que le serán imprescindibles para la adjudicación de los cupos de gasoil a precio diferenciado.

Por otra parte,

, donde se hallen involucradas unidades afectadas al transporte de larga distancia,

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