Lo indemnizarán porque un oso le arrancó el brazo

Se trata de Miguel Hernán Bello Arías, que fue mordido por un animal en el zoológico de Jorge Cuttini a los siete años de edad. Diecinueve después, la Corte Suprema hizo responsable al Estado por otorgar la concesión del predio

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Después de 19 años, la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena a pagar una millonaria indemnización a un joven, que cuando tenía siete años, sufrió la amputación de su brazo izquierdo cuando lo mordió un oso alojado en el zoológico "Mundo Animal" de Jorge Cuttini.

Según un fallo al que tuvo acceso Infobae.com , la Corte desestimó un recurso interpuesto por el Estado y dejó firme la condena que le
impuso la Cámara Federal de La Plata de indemnizar a la víctima que en octubre de 1988 sufrió la amputación de su brazo izquierdo como consecuencia de la mordedura de un oso alojado en el zoológico "Mundo Animal", que funcionaba en la localidad de Ezeiza, provincia de Buenos Aires.

Miguel Hernán Bello Arías, por entonces un nene de 7 años, metió la mano en una jaula para darle un sándwich a uno de los osos del zoológico de Jorge Cuttini, en Ezeiza. El oso le arrancó el brazo izquierdo.

En su momento, un juez de Primera Instancia condenó a Cuttini, a una coordinadora del ex Programa Alimentario Nacional (PAN) y al Estado Nacional a reparar ese hecho con una indemnización de un millón de pesos y ese fallo llegó a la Corte, que ahora, después de 19 años confirmó la sentencia.

La indemnización también beneficia a los padres y a la hermana de la víctima, quien al momento del suceso contaba con diez años de edad y había presenciado el hecho.

La sentencia hizo responsable al Estado Nacional, que otorgó la concesión del predio para el funcionamiento del parque zoológico, por "no haber tomado las medidas necesarias para controlar la explotación y a la persona que conducía al grupo de niños en la visita".

Extendió también la responsabilidad a la Municipalidad de Esteban Echeverría, por "haber omitido controles sobre la actividad del zoológico y las medidas de seguridad que allí se adoptaban".

El fallo fue firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena I. Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni.

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