Golpeó a su pareja por no contestar sus llamadas: Corte Suprema ratificó condena por violencia de género

Tras un ataque a su pareja en 2016, José Domingo Díaz Hernández enfrenta una condena de 72 meses, evidenciando la firmeza judicial contra la violencia de género

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El fallo contra José Domingo Díaz Hernández destaca la necesidad de combatir patrones de dominación y promover el respeto a la autonomía femenina - crédito iStock
El fallo contra José Domingo Díaz Hernández destaca la necesidad de combatir patrones de dominación y promover el respeto a la autonomía femenina - crédito iStock

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena impuesta a José Domingo Díaz Hernández por violencia intrafamiliar agravada contra Martha Lucila Pérez Hernández, su pareja, en hechos registrados el 18 de marzo de 2016, en la capital del país.

Díaz Hernández fue sentenciado en primera instancia a 72 meses de prisión por el Juzgado Tercero Penal Municipal, decisión que posteriormente fue ratificada por el Tribunal Superior de Bogotá. El incidente ocurrió cuando Pérez Hernández llegó a su hogar sobre las 10:00 p. m. y fue atacada física y verbalmente por Díaz Hernández, lo que resultó en heridas graves y una incapacidad médica de 20 días para la víctima, además de secuelas dentales permanentes.

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La coge del cabello, la arrastra, le pega patadas y puños sobre el rostro, ella traía un tratamiento odontológico, tenía unos retenedores y al recibir estos golpes y puños hace que estos retenedores le causen más daño a su boca”, se lee en el documento. La agresión fue motivada por “celos descontrolados”, ya que Díaz Hernández reaccionó violentamente al no recibir respuesta a sus llamadas telefónicas.

La sentencia de la Corte Suprema subraya el rechazo a la violencia basada en género, reafirmando la protección a los derechos e integridad de las mujeres en Colombia - crédito Colprensa
La sentencia de la Corte Suprema subraya el rechazo a la violencia basada en género, reafirmando la protección a los derechos e integridad de las mujeres en Colombia - crédito Colprensa

La Corte Suprema desestimó los argumentos de la defensa que alegaban una violación al principio de congruencia y una falta de configuración de la agravante de violencia contra la mujer, manteniendo firme la condena. En su veredicto, la Corte Suprema destacó que los actos cometidos por el agresor se inscribieron en un patrón de dominación machista, subrayando la necesidad de visibilizar y sancionar severamente este tipo de conductas para combatir la violencia de género en Colombia.

De acuerdo con la Corte, las acciones del señalado atacante buscaban ejercer control sobre la víctima, tratándola como un objeto de propiedad personal y mostrando un total desprecio por su autonomía y dignidad. “El caso presente muestra que el procesado ejecutó actos orientados a controlar a su compañera sentimental como si fuera un objeto de posesión personal”, advirtió la Sala Penal, calificando esta conducta como un “menoscabo a la dignidad de la mujer” que merece un “alto reproche punitivo para lograr su visibilización y deconstrucción”.

Según la alta corte, quedó en evidencia que Díaz Hernández consideraba que podía “golpear a la víctima por no contestar sus llamadas”, lo que configura la circunstancia de agravación por violencia de género prevista en el artículo 229 del Código Penal.

Este fallo de la Corte Suprema de Justicia pone en relieve la postura de tolerancia cero frente a la violencia machista y reafirma el compromiso del sistema judicial colombiano con la protección de los derechos, la integridad y la libertad de las mujeres en el país. Con esta resolución, se espera fomentar una mayor conciencia sobre la gravedad de la violencia de género y fortalecer los esfuerzos para erradicar este flagelo de la sociedad colombiana.

A través de un caso en Bogotá, la Corte Suprema envía un mensaje poderoso sobre la importancia de sancionar severamente la violencia contra las mujeres - crédito Colprensa
A través de un caso en Bogotá, la Corte Suprema envía un mensaje poderoso sobre la importancia de sancionar severamente la violencia contra las mujeres - crédito Colprensa

Cifras alarmantes de violencia contra mujeres en Colombia

Cabe mencionar que en el Congreso Internacional de Derechos Humanos: Género y Enfoque Diferencial, celebrado en Barranquilla, la Defensoría del Pueblo reveló alarmantes estadísticas sobre las violencias que afectan a las mujeres en Colombia. Durante el inicio de 2024, se registraron al menos 1.310 incidentes de violencia contra las mujeres, incluyendo 59 intentos de feminicidio y nueve feminicidios confirmados, hechos que movilizaron a la entidad a ofrecer apoyo a las familias de las víctimas.

Estas cifras arrojan luz sobre la persistencia de la violencia de género y la preocupante tendencia de la violencia institucional, especialmente debido al vencimiento de términos que resulta en la liberación prematura de agresores. Este panorama destaca la falta de infraestructura de apoyo, como casas refugio, con solo 11 funcionando a nivel nacional, y resalta el déficit en la calidad y cantidad de Comisarías de Familia, esenciales para proveer protección y justicia a las afectadas.

La situación se agrava por la poca confianza en el sistema judicial y policial, lo que desmotiva a las víctimas a denunciar, alimentando así la impunidad. El defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis, hizo un llamado a un compromiso institucional más firme para afrontar el riesgo feminicida y promover la autonomía económica de las mujeres, con el objetivo de cortar el ciclo de dependencia y violencia.