
La Cámara Federal de Casación Federal rechazó el recurso que había sido interpuesto por la defensa de las tres personas que fueron condenadas a cumplir penas de prisión por haber talado ilegalmente más de 200 árboles que se encontraban en jurisdicción del Parque Nacional Tierra del Fuego.
La decisión la adoptó a fines de agosto la Sala IV de la Cámara, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, al ratificar la sentencia que había sido dictada en septiembre del año pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal provincial, la primera por un caso de desmonte clandestino en un parque nacional.
El tribunal había resuelto condenar a 1 año y 3 meses de prisión por "daño agravado y usurpación" al ingeniero civil Ricardo Bianciotto y al agrimensor Horacio Burgos, y a 1 año de cárcel por el mismo delito al maestro mayor de obras Orlando Rubén Mansilla Ruiz.
En un comunicado, la Administración de Parques Nacionales destacó que la justicia federal haya ratificado que se trató de un caso de "desmonte ilegal". Asimismo, valoró la sentencia dictada el año pasado al considerarla "ejemplificadora en cuanto al deber de cuidado y conservación del ambiente". "La pena tiene una finalidad de prevención tanto general, al enviar un mensaje a la sociedad para que sepa que conductas como las llevadas a cabo por los autores son ilegales, como especial, orientada a educar a los sujetos que delinquieron para que no vuelvan a hacerlo", sostuvo la Administración de Parques Nacionales.
Los condenados habían sido contratados en 2005 por la empresa Patagonia Spirit para abrir una senda de 2.202 metros de largo entre la ruta nacional 3 y el Canal Beagle, bordeando el parque nacional y destinada a un proyecto turístico.
Según el expediente, los tres hombres "ingresaron sin autorización, en forma clandestina y con violencia al Parque Nacional Tierra del Fuego, removiendo los mojones que demarcaban el límite del área protegida y talando 216 árboles para la apertura de esa senda de acceso".
El informe de peritaje realizado por la Dirección de Bosques en septiembre de 2005 reconoció tres sectores en los que la picada penetró en el parque mediante el corte de ejemplares de lenga y guindo, tanto adultos como jóvenes. Asimismo, estableció que de los aproximadamente 2.200 metros de longitud total de la picada, cerca de 380 metros tuvieron lugar en jurisdicción de parques nacionales.
Después de más de 10 años de proceso judicial, la Cámara Federal de Casación Penal revocó el último pedido de probation de los imputados y ordenó al tribunal oral a llevar a cabo el juicio oral y público, argumentando que la lesión al ambiente, protegido por la Constitución Nacional, "no afecta a un particular sino a toda la comunidad y a las generaciones futuras".
El fallo completo
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