
El Gobierno argentino deberá pagar unos USD 384 millones (€350 millones) a las empresas Aguas de Barcelona (Agbar), Suez Environnement y Vivendi por la rescisión del contrato por el que estas tres compañías prestaban, a través de la sociedad Aguas Argentinas, el servicio de agua y alcantarillado de Buenos Aires.
El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), tribunal arbitral independiente del Banco Mundial, confirmó el laudo que dictó en el año 2015 sancionando a Argentina por un contencioso que se remonta a hace más de una década.
PUBLICIDAD
En 2005, estas tres empresas reclamaron al Gobierno argentino un incremento de las tarifas del servicio, que llevaban varios años congeladas como consecuencia de la crisis económica que sacudió al país en 2001-2002 y la depreciación del peso argentino con respecto al dólar.
A cambio del aumento de tarifas, Argentina exigió a las concesionarias, encargadas de prestar la provisión de agua potable y desagües cloacales en Buenos Aires y otras localidades cercanas, un compromiso de inversiones en la mejora de la red y el servicio.
PUBLICIDAD
Las dos partes no llegaron a un acuerdo y finalmente el Gobierno argentino decidió del consorcio de empresas europeas, que llevaron el caso al CIADI, que en abril de 2015 emitió un laudo dándoles la razón y obligando a Argentina a pagar una elevada indemnización.
LEA MÁS:
Fallo contra la Argentina: deberá pagar USD 405 millones a Suez
Argentina apelará el fallo del CIADI que la obligaba a pagar USD 405 millones a Suez
En concreto, el tribunal arbitral del Banco Mundial determinó que el Gobierno argentino tenía que pagar USD 223 millones (€203,7 millones) a Suez; otros USD 123,2 millones (€112,5 millones) a Agbar y USD 37,2 millones a Vivendi (€33,9 millones) por pérdidas sobre deuda garantizada y capital.
PUBLICIDAD
En agosto de ese mismo año, Argentina recurrió el laudo y pidió su anulación alegando que el tribunal "no fue constituido correctamente", "se extralimitó en sus facultades de forma manifiesta", "hubo incumplimientos graves de normas de procedimiento esenciales" y que el laudo "omitió expresar los motivos en los que se basó".
El CIADI, sin embargo, en una decisión que notificó a las partes el pasado 5 de mayo, rechaza la solicitud de anulación del laudo de abril de 2015, tal y como reclamaba Argentina, y establece que la parte demandada deberá asumir todas las costas del procedimiento, conformadas por los honorarios y los gastos de los miembros del comité y los cargos por el uso de las instalaciones de este organismo.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Marcha del 2 de julio a nivel nacional: trabajadores de construcción civil exigen reglamento y mejoras en EsSalud
El sindicato de la construcción civil organizará una marcha multitudinaria en Lima y regiones, reclamando atención médica digna, solución a demoras y aplicación efectiva de la ley 32503

Doce o catorce pagas: qué opción te ayuda más a ahorrar o invertir tu dinero
Un experto en nóminas explica que el salario anual no varía según el número de pagas, pero el momento en que se cobra cada fracción puede marcar la diferencia a la hora de gestionar los ingresos

Juicio por Loan Peña, en vivo: todas las declaraciones y las últimas noticias, hoy 1 de julio
Para la sexta audiencia de este miércoles en el Escuadrón 48 de Gendarmería Nacional están convocados Cristian, Alfredo, José, César y Fernando Peña. Los hermanos reconstruirán el almuerzo previo a la desaparición del menor y la búsqueda inicial

Se filtró el millonario monto por el que José Carabalí dejó Universitario para fichar por LDU: “La ‘U’ analiza su reemplazo en Ecuador y Colombia”
El lateral izquierdo volvió a su país para defender la camiseta del club ‘albo’, que desembolsó una atractiva cifra para adquirir sus servicios

El Buró de Crédito no avisa, el banco no llama: cómo una deuda olvidada puede derivar en un embargo sin previo aviso
El Buró de Crédito no ejecuta embargos, pero el registro de atraso se mantiene hasta seis años. Solo mediante demanda judicial, un juez puede ordenar un embargo en bienes registrados a nombre del deudor



