Anunciarán beneficios impositivos para las Pyme que inviertan en la expansión productiva

Un 10% del monto que inviertan podrá deducirse de Ganancias en 2017 y 2018. Requisitos y limitaciones

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Las empresas podrán deducir de Ganancias el 10% del monto de las inversiones productivas (Télam)
Las empresas podrán deducir de Ganancias el 10% del monto de las inversiones productivas (Télam)

El Ministerio de Producción y la AFIP ya están delineando los últimos detalles de la reglamentación de un capítulo clave de la Ley Pyme 27.264,  aprobada el año pasado: la posibilidad de computar a cuenta de Ganancias un porcentaje de las inversiones que efectúen las empresas. La intención es que para fin de febrero ya esté listo el texto definitivo, con lo que en marzo ya entraría en vigencia.

Básicamente, la ley permite que el 10% del monto invertido sea considerado a cuenta del pago de Impuesto a las Ganancias. La propia Ley Pyme dispuso que este beneficio será excepcional, ya que sólo estará vigente este año y el 2018. El objetivo es facilitar y en la medida de lo posible acelerar el proceso de inversiones.

Previo a esta facilidad, las compañías que quieran aprovechar esta ventaja tendrán que anotarse en el registro Pyme que habilitó la AFIP el año pasado. Ya hay 220.000 compañías inscriptas sobre 800.000. El objetivo oficial es llegar a un millón en todo el país.

Un beneficio con topes

Pero esta ventaja tendrá también sus límites. No podrá exceder el 2% del volumen de ventas anual de la empresa o 3% en caso de una compañía manufacturera.

Pero además se fijará un cupo máximo de $5.000 millones por año para todo el país.

LEA MÁS:

Existe otra opción que facilitará el Gobierno dentro del marco de la Ley Pyme y que se anunciará en forma paralela: La devolución mediante un bono del crédito fiscal en el IVA originado en inversiones que, a la fecha del vencimiento de la declaración jurada de Ganancias integre el saldo a faor técnico de la declaración jurada de Impuesto al Valor Agregado.

Estos anuncios que se preparan para los próximos días completan otros aspectos que ya están en marcha de la Ley Pyme 27.264. Los más destacados son la posibilidad de tomar el pago del impuesto al cheque a cuenta de Ganancias, como también diferir por 90 días el pago del IVA.

Otros aspectos en los que se avanzará dentro del marco de la misma ley es en el desarrollo de una mayor penetración de las sociedades de garantía recíproca, como también en los fondos de garantía provinciales. Además de mejorar el acceso de las PYME al financiamiento a través del mercado de capitales.

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