Córdoba: dictaron la prisión perpetua a un hombre que abusó durante 18 años de su hija, quien se suicidó

Horacio Luis Tapia sometía a la víctima en la casa en la que vivían. Además, fue imputado de promoción a la corrupción contra la joven y otro hijo

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La Justicia cordobesa condenó a la pena de prisión perpetua a un hombre por el abuso de su hija que terminó suicidándose (Télam)
La Justicia cordobesa condenó a la pena de prisión perpetua a un hombre por el abuso de su hija que terminó suicidándose (Télam)

Este lunes, la Justicia de Córdoba condenó a un hombre de 54 años a prisión perpetua por abusar sexualmente durante 18 años de su hija, quien se suicidó en 2020, cuando tenía 21 años.

El condenado fue Horacio Luis Tapia, quien, de acuerdo a la investigación, sometía a su hija en la casa en la que vivían.

La causa llegó a juicio con la carátula de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal en perjuicio de su hija, agravado por el vínculo, por convivir con ella y por el resultado de la muerte” y el juicio se realizó con jurados populares en la Cámara Duodécima del Crimen de Córdoba.

Tras la sentencia, el fiscal de Cámara, Mariano Antuña, dijo a los medios locales que “la víctima no tuvo opción. Fue conducida a un callejón sin salida, ahogada absolutamente sin opciones por su padre que abusó durante casi 18 años de ella”.

Además, y según informó Télam, el funcionario judicial consideró que “ese deterioro psicoemocional y la pérdida de expectativas de vivir sin violencia fue lo que llevó a eso”, a quitarse la vida y precisó que Tapia, también, fue imputado de “promoción a la corrupción contra su hija y contra un hijo”.

El fiscal asimismo señaló que el acusado en el juicio “hizo un acting para presentarse como desestabilizado intelectual, emocionalmente, psíquicamente, con una mirada desafiante hacia su hijo que también es víctima” y “cuando escuchó los audios de su hija muerta no se le movió un músculo”, subrayó el fiscal Antuña.

“Cuando escuchó los audios de su hija muerta no se le movió un músculo”, dijo el fiscal (Twitter: @PoliciaCbaOf)
“Cuando escuchó los audios de su hija muerta no se le movió un músculo”, dijo el fiscal (Twitter: @PoliciaCbaOf)

Y a fines del mes de septiembre pasado, otro hombre fue condenado a una pena de 18 años de prisión por el tribunal de Villa Mercedes, ubicada aproximadamente a 100 kilómetros de la capital de San Luis, acusado de abusar sexualmente de su hijastra y de su hija biológica.

El veredicto fue emitido por el tribunal compuesto por Virna Eguinoa, Sebastián Cadelago Filippi y Mauro Germán D’Agata Henriquez.

El hombre enfrentaba acusaciones por delitos relacionados con la integridad sexual en perjuicio de dos víctimas y cumplirá su condena en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial.

La denuncia contra el acusado se realizó el 27 de diciembre de 2022, y la imputación se llevó a cabo este año. La fiscalía de instrucción solicitó una pena de 30 años de prisión, el fiscal de juicio, Ernesto Lutens, pidió 19 años, mientras que la defensa solicitó 10 años.

Finalmente, el tribunal determinó la calificación legal del caso y declaró al acusado como penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ascendiente en perjuicio de una menor de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, en relación a una de las víctimas.

Y también se le acusó de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente en perjuicio de una menor de edad, con aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente en concurso ideal con corrupción de menores agravada, en el caso de la otra víctima.

Durante el juicio, y según informó la agencia de noticias, el fiscal consideró como atenuantes la falta de antecedentes del acusado y como agravantes la prolongación en el tiempo, la cronicidad, la pluralidad de las víctimas, la mayor vulnerabilidad, la gravedad y perversión de los actos cometidos.

La Defensora de Niñez y Adolescencia también tuvo en cuenta la falta de antecedentes como atenuante y consideró como agravantes la extrema vulnerabilidad, el riesgo para la integridad física, la extensión del daño, la conducta, el medio empleado y el impacto psíquico de las víctimas al solicitar una pena de 19 años de prisión efectiva.

La defensa del acusado, por su parte, solicitó una pena de 10 años, teniendo en cuenta factores como los atenuantes, la edad, el nivel de educación y la posibilidad de reinserción.

Antes de dictar el veredicto, el tribunal recibió los alegatos y consideró como pruebas fundamentales los testimonios de las víctimas obtenidos a través de la Cámara Gesell, así como el informe de la psicóloga que las entrevistó.

Con información de Télam

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