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Actualización de la Ley de Armas: qué habilita el decreto

La resolución vigente simplifica los trámites para ser legítimo usuario, habilita nuevos accesorios y tipos de munición, en una reforma que busca modernizar el sistema

El nuevo decreto sobre armas en Argentina simplifica los trámites y amplía los derechos para los legítimos usuarios de armas de fuego

La reciente aprobación de un decreto modificó el acceso a la tenencia de armas en Argentina, estableciendo nuevos requisitos y flexibilizaciones en los trámites. Quienes aspiran a convertirse en legítimos usuarios pueden iniciar el trámite de una forma más ágil y con menos restricciones. El objetivo declarado es adaptar la normativa al contexto local y mejorar el control sobre la circulación de armas de fuego.

El decreto introduce cambios vinculados con la autorización para la adquisición y uso de armas, incorpora el empleo de munición expansiva y habilita tecnología que antes estaba restringida, como silenciadores y visores nocturnos. Además, extiende la vigencia del permiso de portación de armas para determinados casos, eliminando trámites anuales. Según los funcionarios, la nueva normativa busca modernizar procesos y responder a demandas de los legítimos usuarios.

Voceros oficiales destacaron que la flexibilización también incluye simplificaciones para la transferencia y la herencia de armas, temas que históricamente presentaron obstáculos burocráticos. El interés público y la controversia se concentran ahora en los posibles efectos de la reforma.

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Especialistas destacan la importancia del manejo seguro de armas y del control riguroso para evitar accidentes y desvíos al mercado negro (Imagen Ilustrativa Infobae)

Puntos centrales del decreto y cambios en el acceso

“El decreto es bastante amplio, cubre un montón de puntos, entre ellos este que va a facilitar un poco el trámite para que las personas se puedan convertir en legítimo usuario de armas de fuego”, explicó en Infobae en Vivo Al Mediodía Andrei Serbin Pont. Explicó que, además de las facilidades administrativas, la resolución contempla nuevas posibilidades, como “el uso de munición expansiva o de expansión controlada”, elemento antes vedado para la población civil.

Serbin Pont observó que esta munición “transfiere la energía sobre el blanco con una menor penetración y reduce los riesgos sobre terceros”. Remarcó que tal inclusión responde a demandas antiguas, particularmente dentro de las fuerzas de seguridad: “Una histórica crítica que se le ha realizado a cómo se ha llevado adelante la provisión de munición es que en Argentina siempre se usó la llamada munición encamisada, la famosa CFMJ, por una interpretación algo rara sobre la Convención de Ginebra”.

El especialista señaló que el acceso a ciertos accesorios, antes prohibidos para usuarios civiles, ahora está permitido: “El decreto abarca cuestiones que antes no estaban habilitadas para los legítimos usuarios, como el uso de supresores de sonido y de ópticas nocturnas e infrarrojas con retículo, algo que antes no se podía utilizar”.

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Opiniones desde el ámbito de la balística

En tanto, Marcelo Parodi, técnico en balística y armas, e instructor de tiro, remarcó en Infobae en Vivo Al Mediodía, la variedad de usos y la importancia de la caza y el control de especies invasoras: “La caza también tiene que ver con el conservacionismo. Uno tiene permisos de caza y animales que son plaga, y esa plaga hace daño a las cosechas, matan a otros animales”.

Parodi estimó el universo de titulares activos: “En la Argentina debe haber hoy unos 800 mil legítimos usuarios”. Precisó que el registro creció “por estas nuevas modalidades” y la actualización de situaciones administrativas pendientes.

La reforma habilita el uso de munición expansiva, silenciadores y visores nocturnos para civiles, accesibles bajo la nueva normativa (Imagen Ilustrativa Infobae)

Desde la perspectiva de los instructores de tiro, Parodi aclaró: “Priorizamos siempre las medidas de seguridad. Si una persona tiene un manejo seguro del arma, es cuando bajamos un cambio. Si no es segura, se le llama la atención”.

Sobre el destino de las armas que se desean dejar de tener, el especialista precisó: “Las armas son transferibles entre legítimos usuarios. Si querés no tener más tu arma, la llevás al RENAR, te la van a recibir, la van a inutilizar de cierta forma para que te quedes tranquilo de que no va a salir al mercado negro”. Añadió que, actualmente, no está vigente el plan de desarme con incentivo, aunque “hay un proyecto en el Senado para reactivarlo”.

El decreto ya está vigente y las autoridades trabajan en la actualización de la normativa interna para la implementación de los nuevos procedimientos.

Vigencia de permisos y criterios para portación

De forma continua, Serbin Pont puntualizó una modificación relevante para quienes requieren portar armas: “Históricamente el permiso de portación había que renovarlo todos los años. Ahora se podría llegar a extender hasta la vigencia de la credencial, es decir, podría llegar hasta ser unos cinco años”.

Con relación a los beneficiarios, detalló: “Una persona que tiene portación podría acceder ahora a que le den una portación que se vence junto con su credencial de legítimo usuario”. Agregó que la portación exige ser legítimo usuario y, a partir de ese momento, “pueden buscar que se les dé la portación de arma de fuego”.

En cuanto al argumento para este beneficio dirigido a funcionarios, Serbin Pont dijo: “El argumento son personas que están expuestas por sus funciones, que pueden estar sujetos a una mayor vulnerabilidad o amenazas. En general el trámite para acceder a portación requiere que la persona logre justificar o demostrar que hay una amenaza creíble contra su persona”, concluyó.

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