
En medio de la ansiedad política por la conformación de las listas a diputados y senadores para competir en las elecciones nacionales, ayer se conoció el decreto 429/2019 que reglamentó la ley 27.337 que agregó al Código Electoral Nacional el artículo 64 por la cual se dispuso "la obligatoriedad de los debates preelectorales públicos entre candidatos a presidente de la Nación, con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas".
El trámite parece inocuo. La ley fue aprobada en noviembre de 2016 por 152 votos a favor, 38 en contra y 1 abstención, junto a una ley para regular la transición presidencial que garantizó el acceso del gobierno electo a la información de todos los órganos de la Administración Pública, lo que no fue posible cuando Mauricio Macri le ganó a Daniel Scioli el ballotage. Es decir, la norma obtuvo el respaldo del Frente Renovador y del por entonces denominado peronismo federal.
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Demoró tres años la reglamentación, y es cierto que no era algo prioritario, porque es una legislación estrictamente vinculada a las elecciones presidenciales. Pero en el medio sucedió lo impensado, es decir, que Alberto Fernández será el candidato a presidente y ya expuso su deseo de no debatir.
"No tiene sentido debatir con un mentiroso", dijo al salir del Sanatorio Otamendi donde fue internado por una afección pulmonar. Agregó, además, que "¿para qué sirvió el debate del 2015? Para que un manipulador engañe a la gente y llegue a la Presidencia mintiendo. El mecanismo funcionaría si hubiese un sistema de castigo para el que miente". De todos modos, adelantó que "si hay debate, voy a debatir".
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Al reglamentar la ley en tiempo y forma, el Gobierno tomó la decisión no solo de cumplir con la ley, sino de acorralar al principal contrincante con una actividad que preferiría evitar, ya que le exigirá una preparación para la que no está acostumbrado porque, de hecho, tiene mucha experiencia política pero ninguna como candidato, salvo en la lista de legisladores que acompañó a Domingo Cavallo como candidato a Jefe de Gobierno porteño, en 1999.

En el Gobierno creen que ese comentario que deslizó Fernández al salir de su convalecencia no fue casual y que, en el fondo, está buscando excusas para evitar cumplir con ese compromiso. Razón de más para entusiasmar al oficialismo, que tiene un candidato con amplia experiencia en materia de campañas y debates, como lo vino demostrando Macri desde 2003, cuando compitió por primera vez por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
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¿Qué sucederá si Alberto se niega a participar del debate presidencial obligatorio? Están previstas sanciones que le harán perder al Frente de Todos los espacios publicitarios gratuitos, que serán distribuidos entre las demás fuerzas políticas en forma proporcional a la asignación ya prevista. Pero, sobre todo, desnudará a Fernández como un candidato que no respeta la legislación vigente.
La norma prevé que la Cámara Nacional Electoral, "con asesoramiento de organizaciones del ámbito académico y de la sociedad civil comprometidas con la promoción de los valores democráticos" convocará a los candidatos para acordar un reglamento de los debates, los moderadores y los temas a abordar.
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También especifica que deberán realizarse dos debates, uno en una capital de provincia que determinó la CNE, otro en Capital. Y que tendrán lugar dentro de los veinte días y siete días anteriores a la fecha de la elección. En caso de que la elección presidencial se decida a través de balotaje, se realizará un debate adicional 10 días antes del día de votación.

En 2015, la organización estuvo a cargo de un colectivos de organizaciones de la sociedad civil que constituyeron Argentina Debate, que se encargó de negociar con los candidatos. Se hizo un debate antes de la primera vuelta y otro antes de la segunda vuelta, ambos en la Facultad de Derecho de la UBA.
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