PRODUCE vuelve a lanzar un salvavidas para que las bolicheras sigan depredando las primeras millas

Sin autoridad. La Ley N° 31749 seguirá sin contar con un instrumento clave que debía regular el uso de redes de cerco mecanizado. Pero ya incluye descuentos para sus operarios

Ley N° 31749. El Ministerio de la Producción publica un nuevo proyecto normativo para la adecuación de permisos de pesca en Perú, pero con vacíos.

El Ministerio de la Producción (PRODUCE) dispuso la publicación del proyecto normativo para la adecuación de permisos de pesca, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 002-2025-PRODUCE, mediante la Resolución Ministerial N° 407-2025-PRODUCE.

Esta propuesta, al igual que en ocasiones anteriores, mantiene incompleta la regulación al omitir el instrumento técnico esencial necesario para verificar las condiciones de las embarcaciones. La norma, por tanto, carece nuevamente de la pieza operativa central, replicando el escenario observado en febrero de 2025, cuando un primer reglamento se presentó con vacíos sustanciales.

5 millas: PRODUCE omite instrumento clave en regulación pesquera

El reglamento publicado en febrero de 2025, tras cerca de dos años de retraso, dejó sin base operativa el marco de la Ley N° 31749, promulgada en mayo de 2023 para proteger la biodiversidad en las primeras 5 millas y reservarlas para la pesca artesanal.

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Desde esa fecha, se ha señalado que el documento no incluía los criterios ni los formatos requeridos para realizar la verificación y reclasificación efectiva de la flota, en particular de las embarcaciones que por ley debían pasar a la categoría de menor escala y no usar la franja más cercana a la costa para sus actividades.

¿Piratas en la bahía? La falta de un formato validado impide la ejecución de las etapas administrativas clave en la reclasificación de la flota.

Actualmente, el nuevo proyecto normativo mantiene esa tendencia. Si bien dispone la realización de inspecciones para verificar las características de las embarcaciones, omite detallar los criterios técnicos que regirán esa verificación. Se menciona la existencia de un denominado “Formato A”, pero este documento no es público ni tiene un calendario definido para su aprobación.

Según las Disposiciones Complementarias Finales, el formato será aprobado posteriormente mediante resolución directoral, sin que se precise ni su contenido ni el plazo. Esta situación impide que las principales etapas administrativas puedan iniciarse, ya que la verificación depende de contar con ese formato validado.

¿Qué está haciendo el Ministerio de la Producción por la pesca artesanal?

El proceso de adecuación prevé que, en primer lugar, las direcciones regionales elaboren y remitan el listado de embarcaciones artesanales; luego, se dispone un plazo de 180 días hábiles para procesar las verificaciones necesarias, seguido de 30 para publicar los permisos sujetos a adecuación, y 30 adicionales para que los titulares presenten sus solicitudes. Prácticamente ninguna de estas etapas, salvo la inicial, puede realizarse sin el mencionado formato.

Otro aspecto relevante que introduce la propuesta del nuevo ministro César Quispe Luján es la exoneración del pago de derechos de pesca por 5 años para las embarcaciones que pasen a ser consideradas de menor escala.

Si bien el monto exonerado individualmente no es alto, la iniciativa busca dar menos razones de resistencia entre los armadores, considerando que las embarcaciones artesanales ya estaban exentas y que el interés principal de la reclasificación pasa por ordenar el sector, más allá del tema recaudatorio. En otras palabras, el dispositivo solo buscaría ofrecer un descuento a cambio de suavizar las protestas.

En Perú existen 23.138 embarcaciones artesanales registradas, de las cuales el 86,8% opera con motor de combustión interna.

Redes de cerco mecanizadas, fuera del radar del nuevo reglamento

Por otro lado, llama la atención que se haya dispuesto un plazo de 60 días para recibir comentarios a un proyecto normativo simple y breve, cuando normalmente el plazo otorgado para observaciones es de apenas 15 días.

Esta extensión, sumada al tiempo que se tomará para procesar los comentarios, más los 90 días previstos desde la aprobación hasta la entrada en vigencia de la norma, podría interpretarse como una estrategia para postergar la aplicación de la reclasificación y dejar la responsabilidad en manos del próximo gobierno.

Como se recuerda, la Ley N° 31749 estableció que las primeras 5 millas son zona exclusiva para la pesca artesanal y de menor escala. Su principal diferencia es la protección de esta zona, restringiendo la pesca de mayor escala (industrial). Pero también debía prohibir las embarcaciones que utilizan redes de cerco mecanizado en las 3 primeras millas.

Ley N° 31749: Más de 5.000 embarcaciones podrían cambiar de estatus hasta 2030

Según las cifras oficiales del PRODUCE, Perú cuenta con 23.138 embarcaciones artesanales registradas, de las cuales el 86,8% opera con motor de combustión interna, el 8,9% a remo y el 2,8% a vela. Solo 1.804 embarcaciones (7,8%) emplean redes cerqueras mecanizadas y estarían sujetas a reclasificación.

Pero la meta es que únicamente las embarcaciones realmente artesanales tengan acceso irrestricto a las primeras 5 millas, limitando el ingreso para las de menor escala a partir de la milla 3 y hasta la 5. Algo que, por supuesto, tanto bolicheras como armadores no quieren, porque tendrían que invertir más combustible.

El propio proyecto plantea que, en un escenario moderado, hasta 5.009 embarcaciones podrían modificar su estatus en los próximos cinco años, con un beneficio estimado de S/ 200,36 millones por exoneración de derechos.

Además, según la propuesta del ministerio, la implementación del sistema de seguimiento satelital (SISESAT) costaría S/5.300 por unidad, alcanzando S/26,5 millones en total, y se estima un beneficio neto de S/137,7 millones durante el periodo considerado.

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