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Real Plaza vs. Indecopi: esta fue la respuesta de la cadena de centros comerciales tras sanción de 100 UIT

La multa fue de S/ 535 mil por no acreditar, de manera integral y dentro del tiempo fijado, que acató las disposiciones cautelares dictadas para proteger a los consumidores perjudicados en el incidente de febrero en Trujillo

El Real Plaza Trujillo continúa cerrado, aunque la cadena ha mostrado interés en reaperturar este mall. Foto: Semana Económica

Seis meses después del derrumbe en la zona de comidas del Real Plaza Trujillo, que dejó víctimas mortales, el Indecopi anunció la aplicación de una sanción coercitiva equivalente a 100 UIT (S/ 535 mil) contra la empresa, al señalar que esta “no acreditó de manera oportuna y total el cumplimiento de las medidas cautelares dictadas para proteger a los consumidores afectados”. Tras conocerse la medida, la compañía del grupo Intercorp difundió un pronunciamiento oficial.

En dicho comunicado, Real Plaza informó que había conformado un fondo que supera los S/ 20 millones, destinado a cubrir atenciones médicas, sepelios, traslados dentro y fuera del país, además de otras necesidades de los familiares y personas perjudicadas por el accidente en Trujillo.

El comunicado de Real Plaza

La empresa sostuvo que hasta el momento se lograron concretar 183 convenios de indemnización, cifra que —según sus declaraciones— representa prácticamente a la totalidad de los afectados. Asimismo, subrayó que ha entregado toda la información que las entidades fiscalizadoras han solicitado y que mantiene su disposición de seguir cooperando en la investigación que busca esclarecer las razones del colapso.

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No obstante, la firma cuestionó la decisión de Indecopi, la cual considera errada, pues determinó un incumplimiento de la medida cautelar. Según Real Plaza, la autoridad no tomó en cuenta la documentación que había sido presentada como prueba.

Comunicado de Real Plaza sobre la multa de Indecopi. Foto: Real Plaza

Víctimas del colapso en Real Plaza Trujillo denunciaron ausencia de la empresa

En febrero de 2025, específicamente durante el velorio de las víctimas del colapso del techo ocurrido el 21 de febrero en el centro comercial Real Plaza Trujillo, los familiares hicieron público su desconsuelo y su frustración por lo que consideraron una ausencia total de ayuda por parte de la empresa.

La madre de Daniela de la Cruz Ramos —una de las fallecidas, junto a su esposo y su bebé de apenas dos años— declaró que nadie la estaba ayudando y que solo la Policía Nacional del Perú estaba con ellos. Además, los parientes de Harumi Carbajal Velásquez, otra víctima mortal, afirmaron que estaban cubriendo los gastos del velorio por su cuenta, sin que el Real Plaza se hubiera comunicado o brindado respaldo.

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Esas declaraciones fueron hechas apenas unos días después del siniestro. En efecto, el desastre se dio el 21 de febrero de 2025, y las denuncias surgieron durante los funerales en los días siguientes, el 23 y 24 de febrero. En paralelo, representantes del centro comercial, como el gerente general Misael Shimizu, intentaron aclarar a los medios que sí habían mantenido contacto con las víctimas y sus familiares, asegurando que estaban haciéndose cargo de gastos funerarios y médicos y que incluso se habilitó una línea telefónica disponible las 24 horas para facilitar la comunicación.

No obstante, los familiares reiteraron que no habían sido contactados ni asistidos, lo cual dejó en evidencia una desconexión entre estos mensajes oficiales y la percepción real de quienes vivían el dolor en carne propia.

La familia que perdió su vida durante la caída del techo del Real Plaza Trujillo. Foto: Facebook

La sanción impuesta por Indecopi

El Indecopi comunicó que sancionó a la empresa Real Plaza con una multa coercitiva equivalente a 100 UIT (S/ 535 mil) por no demostrar, de forma completa y dentro del plazo establecido, que cumplió las medidas cautelares emitidas para resguardar a los consumidores afectados en el accidente ocurrido en febrero.

Tras ese hecho, la Comisión de la Oficina Regional de Indecopi en La Libertad dispuso el cierre temporal del centro comercial, la obligación de asumir los gastos médicos de los heridos, cubrir los sepelios de las personas fallecidas y elaborar un registro de los posibles perjudicados indirectos.

La entidad precisó que, aunque la suspensión de actividades del local continúa vigente, la empresa no presentó pruebas suficientes del cumplimiento de los otros mandatos, lo que derivó en la imposición de la multa de 100 UIT. Asimismo, se aclaró que esta sanción no admite apelación, conforme lo establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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