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¿Dina Boluarte tendrá pensión vitalicia de 35 mil soles por su aumento de sueldo? Esto dice la ley y el Congreso

Consejo de Ministros aprobó el incremento de la remuneración de la mandataria pese a su casi nula aprobación e investigaciones

Aumento de sueldo de Dina Boluarte genera rechazo en la población. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón) / Presidencia / Andina

La presidenta Dina Boluarte logró su cometido y dejará de ganar 16 mil soles. A partir de este mes de julio, la mandataria comenzará a recibir una remuneración de más de 35 mil soles. a pesar de ser la jefa de Estado más impopular y estar envuelta en múltiples investigaciones de corrupción.

“Tomando el promedio ponderado de los sueldos de 12 presidentes de la región y la proyección de los cargos en el Poder Ejecutivo es que se ha hecho una comparación. Del resultado de ello surge el valor que ha sido aprobado en un Decreto Supremo, de 35.568 soles mensuales”, anunció el ministro de Economía, Raúl Perez-Reyes, en conferencia de prensa el último miércoles.

Fuente: Canal N

El rechazo a este incremento no se hizo esperar, así como las preguntas en relación a si este aumento implicará que varíe la pensión vitalicia que reciben los exmandatarios.

La Ley 26519

Para empezar, el monto de la pensión vitalicia que percibe un expresidente de la República no es un tema administrativo. Está regulado en la Ley 26519, que establece que los exmandatarios “gozarán de una pensión equivalente al total de un congresista en actividad”. Actualmente, un parlamentario cuenta con un sueldo base de 15.600 soles.

Ley 26519.

Es decir, Boluarte, en caso recibiera una pensión vitalicia, esta no sería equivalente a la de su nuevo sueldo de más de 35 mil soles. Sin embargo, se debe considerar una decisión que adoptó en 2022 el actual Parlamento sobre este beneficio para exjefes de Estado.

La opinión consultiva

Ante solicitudes del expresidente Francisco Sagasti y el golpista Manuel Merino para que el Congreso proceda a otorgarles la pensión vitalicia, la Comisión de Constitución elaboró una opinión consultiva ante el caso excepcional de ambos.

Dicho informe concluyó que la pensión vitalicia únicamente le corresponde a los presidentes de la República elegidos por mandato popular y que hayan completado su periodo de 5 años.

“Aplicando la interpretación histórica de la Ley 26519 por la que se otorga una pensión vitalicia a los expresidentes de la República, se puede afirmar que, desde sus inicios, la intención del legislador fue reconocer un beneficio económico a favor del que fuera elegido presidente de la República por mandato popular, como una forma de reconocimiento de la labor prestada en beneficio del país y como un medio para evitar la reelección presidencial”, se lee en el informe.

Opinión consultiva de la Comisión de Constitución.

Por ello, la Comisión de Constitución interpretó que la pensión de por vida no alcanza a los vicepresidentes de la República ni a los congresistas que, como presidentes del Congreso, hayan asumido el cargo de jefe de Estado por sucesión presidencial.

Con dicho informe, el Congreso rechazó otorgar el beneficio a Francisco Sagasti y Manuel Merino, y se adelantó ante una eventual solicitud de Martín Vizcarra. En el caso de Boluarte, tampoco recibiría una pensión vitalicia.

¿Entonces?

Así las cosas, Dina Boluarte no recibiría ninguna pensión luego de que deje el cargo o de que sea vacada, lo primero que pase. Lo único que buscaría el incremento del sueldo presidencial sería permitir que Boluarte acumule la mayor cantidad de dinero antes de abandonar Palacio de Gobierno.

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