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Tomás Gálvez en contra de que Patricia Benavides vuelva como fiscal de la Nación y defiende a Delia Espinoza

Fiscal supremo considera que la resolución de la JNJ sería “inejecutable” por desconocer que actualmente hay otra fiscal de la Nación “válidamente elegida”

La plaza vacante de fiscal supremo que dejó Patricia Benavides sería ocupada por Tomás Gálvez. Foto: composición Infobae

El recientemente repuesto fiscal supremo Tomás Gálvez se mostró en contra de que Patricia Benavides regrese como fiscal de la Nación tal como ha ordenado ilegalmente la Junta Nacional de Justicia (JNJ) el último viernes tras anular su destitución.

A través de una publicación en X (antes Twitter), Gálvez Villegas dejó en claro que actualmente el cargo de fiscal de la Nación lo ostenta Delia Espinoza, quien fue "válidamente elegida" por la Junta de Fiscales Supremos.

En esa línea, el fiscal supremo asevera que la JNJ “no puede dejar sin efecto la elección” de un fiscal de la Nación y que, por ello, la resolución de la JNJ que ordena la reposición de Patricia Benavides “resultaría inejecutable”. “Y ni siquiera se puede incorporar a Patricia Benavides como fiscal suprema, porque las resoluciones se ejecutan en sus propios términos”, dijo.

Delia Espinoza, fiscal de la Nación.

Esto último es importante toda vez que, oficialmente, solo hay una plaza de fiscal supremo titular vacante. Si bien recientemente el Ministerio Público convirtió la Primera y Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos en fiscalías permanentes, no se ha comunicado oficialmente si se ha previsto el presupuesto para que la JNJ nombre a dos nuevos fiscales supremos titulares.

La plaza vacante de fiscal supremo pertenecía a Patricia Benavides, pero, debido a que la JNJ rehabilitó antes el título de fiscal supremo a Tomás Gálvez, este último tendría que tomar dicha plaza.

Patricia Benavides a una decisión de regresar al Ministerio Público. Foto: composición Infobae

JNJ usurpa funciones

La nueva Junta Nacional de Justicia (JNJ) ha tomado una decisión controvertida al anular las sanciones disciplinarias de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, y ordenar su reposición como máxima autoridad del Ministerio Público. Esta medida, plasmada en una resolución de 22 páginas, ha generado críticas por su falta de claridad, transparencia y aparente extralimitación de funciones, al intentar desplazar a la actual fiscal de la Nación, Delia Espinoza, quien fue elegida legítimamente por la Junta de Fiscales Supremos.

La resolución no justifica por qué Benavides debería recuperar el cargo de fiscal de la Nación, ignorando la elección válida de Espinoza. Expertos como Luciano López, Carlos Caro y César Azabache han señalado que la JNJ carece de competencia constitucional para designar al fiscal de la Nación, una atribución exclusiva de la Junta de Fiscales Supremos. López calificó la decisión como “inconstitucional y usurpación de funciones”, mientras que Caro subrayó que la JNJ no tiene autoridad para “reponer las cosas al estado anterior” como si fuera un juez constitucional.

La falta de transparencia es otro punto crítico. La sesión del 9 de junio, donde se acordó la reposición de Benavides, no fue transmitida. Curiosamente, ese mismo día, otra decisión sobre una segunda destitución, que resultó en una suspensión de 60 días, sí fue transmitida.

Junta Nacional de Justica restituyó a Patricia Benavides como Fiscal de la Nación. (Foto: Infobae Perú/Agencia Andina)

Además, la resolución afirma que la anulación de la destitución de Benavides se decidió por “unanimidad” de los miembros “habilitados” presentes en la audiencia del 6 de junio, según lo exige la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) para anular actos administrativos firmes. Sin embargo, el consejero Francisco Távara Córdova no participó en la sesión ni en la audiencia, lo que pone en duda la interpretación de la “unanimidad” requerida.

Otro aspecto controversial es el incumplimiento del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, que establece que las decisiones sobre recursos de reconsideración son inimpugnables, y cualquier recurso posterior debe ser rechazado de plano. La resolución no aborda este punto, debilitando su legitimidad.

Finalmente, la JNJ justifica su decisión frente a dos procesos de amparo en curso, argumentando que la nulidad de oficio restaura la legalidad administrativa, mientras que el amparo protege derechos fundamentales. Sin embargo, esto no disipa las críticas sobre una posible violación del artículo 410 del Código Penal, que sanciona el avocamiento ilegal de procesos en trámite.

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