Dos personas fueron sorprendidas presuntamente realizando actividades de minería ilegal dentro del Parque Nacional Sierra Llorona, en la provincia de Colón, durante operativos de vigilancia desarrollados por las autoridades ambientales.
En el lugar encontraron evidencias de intervención en un cauce, herramientas artesanales de extracción y campamentos instalados irregularmente.
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El hallazgo ocurrió durante los patrullajes realizados por las Fiestas Patrias, cuando guardaparques del Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE), acompañados por unidades de la Policía Ambiental, Rural y Turística, detectaron a los sospechosos. Ambos fueron puestos a disposición de las autoridades competentes para determinar sus posibles responsabilidades.
Entre los implementos encontrados había coladores y bateas utilizados para separar minerales de los sedimentos, además de señales de dragado en el lecho y las orillas del río. Los funcionarios también identificaron indicios del posible uso de sustancias químicas, cuya presencia podría comprometer la calidad del agua.
La intervención adquiere relevancia por la ubicación del Parque Nacional Sierra Llorona, establecido en marzo de 2026 entre los distritos de Colón y Portobelo, específicamente en los corregimientos de Salamanca y Puerto Pilón. El área protegida abarca aproximadamente 16,436 hectáreas de ecosistemas naturales, principalmente bosques tropicales.
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Esta reserva constituye un refugio para especies como el jaguar, el tapir, el puma y el ocelote, además de proteger numerosos cursos de agua. La extracción irregular de minerales puede incrementar la sedimentación y alterar los hábitats acuáticos, con consecuencias para la fauna y las comunidades cercanas.
La remoción del material del río modifica las condiciones naturales de los cauces y sus márgenes, mientras que determinadas sustancias utilizadas en procesos extractivos pueden provocar contaminación. Durante el operativo también fueron desmantelados pequeños campamentos clandestinos, como parte de las medidas para impedir nuevas intervenciones.
La legislación panameña establece penas de tres a seis años de prisión por destruir, extraer, contaminar o degradar ilícitamente recursos naturales, según el artículo 399 del Código Penal. La sanción puede aumentar cuando los hechos afectan áreas protegidas o cuencas hidrográficas, dependiendo de las circunstancias acreditadas judicialmente.
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La vigilancia ambiental durante las Fiestas Patrias también permitió detectar irregularidades en Chiriquí, donde las autoridades realizaron dos intervenciones en los distritos de Boquete y Dolega.
Los procedimientos, relacionados con movimientos de tierra y aprovechamiento forestal sin las autorizaciones correspondientes, terminaron con la paralización de trabajos y la retención de madera de roble y una motosierra.
En Alto Boquete, ubicado en las tierras altas chiricanas, al norte de la ciudad de David, los inspectores identificaron labores de corte, relleno y nivelación sobre aproximadamente 5,000 metros cuadrados. Aunque existía un permiso de limpieza del terreno, este no autorizaba las modificaciones ejecutadas.
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Los responsables continuaron las labores pese a las advertencias de los funcionarios ambientales, por lo que se ordenó la paralización con apoyo municipal y policial. Estas actividades están sujetas a regulaciones de evaluación de impacto ambiental, destinadas a prevenir afectaciones al suelo, la vegetación y el drenaje.
La segunda actuación ocurrió en Dos Ríos, comunidad del distrito de Dolega, situado en la región centrooccidental de Chiriquí, entre los ríos Cochea y Majagua. Allí fueron retenidas 15 tablas, dos bloques y una troza de roble, junto con una motosierra STIHL modelo MS 661.
Aunque el operador tenía carné de motosierrista, carecía de permisos de tala y aprovechamiento forestal, por lo que MiAMBIENTE abrió un expediente administrativo. La protección de la cobertura arbórea en esta zona resulta importante para conservar los suelos y regular la escorrentía, especialmente en terrenos intervenidos.
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El artículo 406 del Código Penal contempla penas de tres a siete años de prisión por tala o degradación no autorizada de vegetación protegida, cuando concurren las condiciones establecidas en la norma. Sin embargo, la retención administrativa no equivale a una condena penal, y corresponde determinar si los hechos configuran ese delito.
Como contexto, el Ministerio Público registró 502 hechos criminales por delitos ambientales y contra el ordenamiento territorial entre enero y septiembre de 2026, frente a 430 durante igual período de 2025, lo que representa un incremento del 17%. Las denuncias por destrucción de recursos naturales aumentaron de 154 a 187, equivalente a un crecimiento del 21%.
Las estadísticas también muestran 52 denuncias relacionadas con la tala o destrucción de vegetación en áreas especiales, frente a 75 un año antes, una reducción del 31%. Por provincias, Chiriquí acumuló 91 registros y Colón otros 37, con incrementos respectivos del 82% y 118% en el conjunto de delitos ambientales.
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