La entrada en vigencia esta semana de la Ley 540 de 2 de julio de 2026, que formaliza la buhonería en Panamá, deja en la indefensión a cientos de extranjeros, centroamericanos y venezolanos en su mayoría, que ejercen este tipo de comercio en las aceras y calles del país.
La norma reserva de manera explícita ese tipo de comercio a los ciudadanos panameños, por nacimiento o por naturalización.
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El texto define la buhonería como toda actividad de comercio al por menor que se ejerce de forma informal en calles, avenidas, aceras, servidumbres o cualquier espacio público.
Quienes no tengan esa condición y continúen con la actividad se exponen a decomisos de mercancía y a multas.
Así se desprende de la nueva legislación, de la normativa previa y de las orientaciones oficiales sobre el trabajo de personas refugiadas y migrantes.
La restricción no es nueva en el ordenamiento panameño. El artículo 293 de la Constitución ya establecía que el comercio al por menor está reservado a los panameños por nacimiento y a los naturalizados que estén casados con panameño o panameña, o que tengan hijos panameños.
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La Ley 540 crea el Registro Nacional de Buhoneros y una figura específica: el permiso de acreditación de buhonero autorizado. Con ese mecanismo, el Estado busca identificar y regular a quienes ejercen el comercio informal en la vía pública.
La norma también fija lineamientos para proteger a los vendedores frente a desalojos y para ordenar el uso del espacio público.
Contempla además la incorporación progresiva de estos trabajadores a la economía formal, con capacitación y acceso a microcréditos.
Durante años, la buhonería funciona como un medio de subsistencia para miles de personas en zonas urbanas con acceso limitado al empleo formal.
La actividad abarca desde la venta de alimentos y artículos de uso cotidiano hasta pequeños servicios vinculados al comercio.
La Ley 540 otorga a los alcaldes la facultad de realizar operativos y decidir sobre los puestos instalados en servidumbres públicas. Esa potestad incluye la posibilidad de ordenar desalojos en los espacios ocupados de forma irregular.
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Cuando se disponga un desalojo, el municipio correspondiente deberá presentar una propuesta de formalización y reubicación para los afectados. La norma fija un plazo mínimo de seis meses para concretar ese proceso. El esquema busca equilibrar la recuperación del espacio público con una salida ordenada para quienes hoy ocupan calles y aceras.
Rafael Rodríguez, representante de la Asociación de Residentes y Naturalizados de la República de Panamá (Arena), respaldó el espíritu de la nueva legislación en una entrevista con TVN.
El representante de Arena consideró positivo que la ley busque organizar la actividad, recuperar las servidumbres públicas y reordenar los espacios urbanos.
Al mismo tiempo, pidió a las autoridades considerar la realidad de los vendedores extranjeros que hoy dependen de ese comercio.
“Numerosos extranjeros se dedican actualmente a la venta de alimentos, artículos y otros productos en las calles como una fuente de ingresos”, señaló Rodríguez a la televisora.
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El dirigente solicitó a los alcaldes del país un periodo de transición. Pidió permitir que estas personas sigan trabajando hasta enero, mientras logran encontrar otras opciones de empleo.
Rodríguez insistió ante el canal en que las autoridades deben tomar en cuenta la posibilidad de una nueva llegada de migrantes a Panamá en los próximos meses. El representante de la asociación consideró necesario incorporar esa variable al momento de aplicar las nuevas disposiciones sobre la buhonería.
Advirtió que la región podría vivir una nueva oleada migratoria en los próximos meses. El vocero mencionó la situación política y económica de Venezuela, Colombia, Cuba, Nicaragua y República Dominicana como factores que podrían impulsar nuevas llegadas al país.
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