Función institucional de la Cámara Federal de Casación Penal en clave de derecho comparado: lecciones del sistema procesal israelí

Disertación internacional del doctor Mariano Hernán Borinsky en la Conferencia Internacional “Reforma del Código Procesal Penal Federal. La experiencia del Sistema Israelí”, realizada el 18 de febrero de 2026 en Comodoro Py 2002 en la reinauguración de la Sala AMIA

El doctor Mariano Hernán Borinsky disertó en la Conferencia Internacional “Reforma del Código Procesal Penal Federal. La experiencia del Sistema Israelí”

Quisiera comenzar agradeciendo a las autoridades de la Cámara Federal de Casación Penal por la organización de este encuentro y al Dr. Melamed Schmuel por honrarnos con su presencia aquí: Shalom. Brujin Abaim (Hola, bienvenido).

Este encuentro tiene un doble valor. Por un lado, reafirma el carácter institucional de la Casación como espacio de reflexión sobre el funcionamiento del sistema penal. Por el otro, promueve un diálogo comparado con experiencias extranjeras, en este caso la israelí, que resulta especialmente útil en un momento de profundas transformaciones del proceso penal argentino.

Antes de ingresar en el análisis funcional, resulta útil dimensionar institucionalmente el lugar que ocupa la Cámara Federal de Casación Penal dentro del sistema judicial argentino.

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La Casación ejerce competencia sobre causas penales federales provenientes de las veintitrés provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que la coloca en la cúspide de un entramado judicial integrado por, aproximadamente, 50 tribunales orales federales y 17 cámaras federales de apelación distribuidas en todo el país.

Resulta imprescindible detenerse en la respuesta del sistema penal frente a los delitos que constituyen el núcleo duro de la competencia federal: los delitos contra la administración pública, el lavado de activos, el narcotráfico, los secuestros extorsivos, los atentados contra la seguridad pública, terrorismo, y los delitos económicos complejos, el contrabando y la evasión tributaria.

La disertación se dio en la reinauguración de la sala AMIA de Comodoro Py 2002

En ese esquema, la Cámara Federal de Casación Penal se consolida como la máxima instancia penal de la Nación, encargada de unificar la interpretación del derecho penal y procesal penal federal, asegurar la vigencia de las garantías constitucionales y dotar de coherencia al sistema en su conjunto.

La Cámara Federal de Casación Penal cumple un rol institucional clave de acompañamiento en la implementación de los nuevos códigos: a través de su función de capacitación, contribuye a instruir y homogeneizar criterios de trabajo respecto de los institutos novedosos que incorporan los modelos procesales modernos, para asegurar una transición ordenada y eficaz.

A su vez, bajo su órbita se organiza el soporte y desarrollo tecnológico necesario para la gestión judicial contemporánea, y se dictan acordadas con reglas prácticas orientadas a dinamizar los procesos, estandarizar circuitos de actuación y reducir fricciones operativas. En esa misma lógica de modernización institucional, impulsa la puesta en funcionamiento de los “colegios de jueces”, figura innovadora del diseño procesal que busca racionalizar la intervención jurisdiccional y dar mayor previsibilidad y celeridad al trámite.

Además, su función institucional se expresa no solo en la resolución de casos concretos, sino también a través de decisiones de alcance general, como los fallos plenarios, que fijan doctrina obligatoria para los tribunales inferiores.

Su misión fue concebida para la unificación de la jurisprudencia mediante el dictado de resoluciones plenarias, la interpretación uniforme del derecho penal y procesal penal, y la tutela de las garantías constitucionales en todo el territorio nacional.

Hubo 300 asistentes, entre jueces y fiscales, tanto de forma presencial como virtual

Este rol cobra una relevancia particular en un sistema federal como el argentino, en el que coexisten distintos tribunales orales, cámaras de apelación y jueces de primera instancia. Sin un tribunal con capacidad de fijar criterios, el riesgo de decisiones contradictorias, de inseguridad jurídica y de desigualdad ante la ley aumenta.

Ahora bien, esta función institucional no puede analizarse de manera aislada de los avances recientes en el derecho procesal penal argentino, en particular de la reforma del Código Procesal Penal Federal. El CPPF representa un cambio de paradigma. Supone el abandono definitivo del modelo mixto e inquisitivo y la consolidación de un sistema acusatorio, adversarial, oral y público, con una clara separación de funciones entre investigar, acusar y juzgar.

En este nuevo esquema, la fiscalía asume la conducción de la investigación, mientras que el juez se posiciona como un garante imparcial de los derechos y del equilibrio entre las partes. Este rediseño impacta directamente en la función de la Casación, que debe reinterpretar institutos tradicionales a la luz de un proceso más dinámico, oral y concentrado.

Uno de los avances más relevantes del CPPF es la introducción de plazos estrictos para la investigación y el proceso, con el objetivo de combatir la mora judicial. Esta lógica de gestión del tiempo procesal plantea nuevos desafíos para la Casación.

Asimismo, el nuevo Código amplía de manera significativa el abanico de salidas alternativas y mecanismos de simplificación del proceso, como los criterios de oportunidad, la suspensión del proceso a prueba, los acuerdos de conciliación y las soluciones alternativas de conflicto. Estas herramientas responden a una concepción moderna del derecho penal, que reconoce que no todos los conflictos deben resolverse mediante un juicio completo y una pena tradicional.

En esa misma línea, en un encuentro personal con el papa Francisco, Su Santidad impartió su bendición al Código y encomendó el compromiso de orientar su implementación a la restauración de la paz social.

Otro aspecto clave de la reforma procesal es el fortalecimiento de la oralidad. Las audiencias orales, públicas y concentradas modifican profundamente la dinámica del proceso penal. La Casación, tradicionalmente asociada a un procedimiento escrito, ha debido adaptarse a este nuevo escenario, incorporando audiencias de informes orales y desarrollando criterios de revisión acordes con un proceso en el que la inmediación juega un papel central.

En términos geográficos, ello supone que más del setenta por ciento del país se encuentra actualmente bajo el régimen del nuevo CPPF, vigente en Salta, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Chaco, Formosa, Corrientes, La Pampa y, parcialmente, en Buenos Aires. A este proceso se sumarán, en los próximos meses, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el fuero Penal Económico el 20 de abril de 2026, Córdoba el 15 de junio de 2026, Posadas–Misiones el 24 de agosto de 2026 y el distrito de La Plata–Buenos Aires el 30 de noviembre de 2026.

Desde el punto de vista del funcionamiento del sistema, los primeros registros empíricos muestran una mejora significativa en la duración de los procesos y en los tiempos de respuesta judicial. En los distritos donde el modelo acusatorio se encuentra consolidado, una proporción ampliamente mayoritaria de las causas concluye dentro del primer año de tramitación, ya sea mediante soluciones alternativas, decisiones de mérito o sentencias, reduciendo de manera sustancial los plazos característicos del sistema anterior.

Este rediseño institucional y procesal adquiere su verdadera dimensión cuando se lo observa frente a los desafíos concretos que plantea la criminalidad compleja en el ámbito federal.

Se trata de fenómenos delictivos que presentan rasgos comunes: estructuras organizadas, alto grado de planificación, transnacionalidad, sofisticación financiera y utilización intensiva de tecnología. Estos delitos tensionan los modelos tradicionales de investigación penal y exigen respuestas institucionales coordinadas, especializadas y técnicamente complejas.

En este punto, el nuevo Código Procesal Penal Federal introduce un cambio decisivo al reconocer y fortalecer el rol del Ministerio Público Fiscal como director de la investigación penal, especialmente en este tipo de criminalidad. La lógica acusatoria no es meramente formal: responde a la necesidad de contar con investigaciones más ágiles, estratégicas y orientadas a resultados, sin perder de vista el control judicial de legalidad.

Para ello, el Ministerio Púbico Fiscal necesita de presupuesto, personal y la tecnología necesaria.

Uno de los avances más relevantes es la incorporación y sistematización de técnicas especiales de investigación, indispensables para abordar organizaciones criminales complejas. Intervenciones telefónicas, agentes encubiertos, informantes, entregas vigiladas, análisis patrimonial y financiero, cooperación internacional y uso de inteligencia criminal son hoy herramientas centrales del proceso penal moderno.

Estas técnicas suponen, necesariamente, un refuerzo de las facultades del fiscal, pero también una mayor responsabilidad institucional. La Casación Federal cumple aquí un rol esencial: fijar criterios claros sobre los límites, condiciones y controles de estas herramientas, garantizando que su utilización sea compatible con los derechos fundamentales, la legalidad y el principio de proporcionalidad.

Asimismo, el nuevo modelo procesal enfatiza la articulación entre el Ministerio Público Fiscal y los organismos de seguridad, bajo una lógica clara: las fuerzas de seguridad ejecutan tareas investigativas, pero lo hacen bajo la dirección funcional del fiscal. Este esquema evita superposiciones, dispersión de responsabilidades y riesgos de autonomización indebida de la investigación penal.

La experiencia comparada demuestra que los sistemas más eficaces frente al crimen organizado son aquellos que combinan fiscales con capacidad real de conducción estratégica, organismos de seguridad profesionalizados y mecanismos robustos de control judicial. Sin necesidad de extrapolar modelos, es ilustrativo observar cómo, en otros contextos, la coordinación entre fiscalías y agencias especializadas de seguridad e inteligencia resulta clave para desarticular estructuras criminales complejas.

Todo lo dicho permite afirmar que la Cámara Federal de Casación Penal ocupa lugar como garante del equilibrio entre eficacia en la persecución penal y respeto irrestricto por las garantías constitucionales.

En paralelo a la reforma procesal, corresponde destacar los avances recientes del proyecto de reforma del Código Penal argentino, próximo a ser presentado ante el Honorable Congreso de la Nación, en cuya comisión de reforma me desempeñé como vicepresidente. Dicha iniciativa acompaña y complementa el cambio de paradigma que impulsa la transformación del sistema de justicia penal.

En ese marco, los debates en torno a la actualización del Código Penal evidencian una preocupación central por adecuar el derecho penal a las nuevas manifestaciones de la criminalidad contemporánea, en particular el crimen organizado, los delitos económicos complejos y los fenómenos delictivos asociados al desarrollo tecnológico.

Estas reformas plantean desafíos significativos para la CFCP. La incorporación de nuevos tipos penales, la revisión de escalas penales y la redefinición de institutos clásicos exigen una tarea constante de armonización jurisprudencial. No se trata solo de aplicar la ley sino de dotar de sentido jurídico a sus disposiciones en un contexto normativo en transformación.

Para concluir, puede afirmarse que la Cámara Federal de Casación Penal ocupa hoy un lugar de suma responsabilidad frente al sistema judicial argentino y a la sociedad. Su función institucional se ha visto reforzada por las reformas procesales y penales, que le exigen un rol activo en la interpretación, unificación y control del nuevo modelo acusatorio. Así, la Casación se reafirma como un pilar esencial para garantizar que la transformación del proceso penal se traduzca en mayor justicia, mayor racionalidad y mayor respeto por los derechos fundamentales.

Ese es, en definitiva, el desafío que enfrentamos: acompañar el cambio sin perder las garantías, modernizar el sistema sin renunciar a los principios, y fortalecer la legitimidad del derecho penal en una sociedad que exige respuestas proporcionales, rápidas y justas.

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