“Sin virtud no hay democracia”, pregonaba mi madre en medio del entusiasmo generalizado por la recuperación democrática allá por 1983. Pasados los años fui comprendiendo la dimensión de esa frase.
La democracia no es solo votar. La democracia no es perfecta, ni es sólo una definición simple que puede plasmarse en un papel, sea una Constitución o un conjunto de leyes. La democracia es una forma de vida, decía Alfonsín. Y esa forma de vida requiere de virtud individual y colectiva. Un camino de ida de permanente aprendizaje que no la hace perfecta, pero si perfectible.
La Argentina adoptó la forma de Gobierno representativa, republicana y federal para conquistar los tres pilares que inspiraron a nuestros patriotas: Libertad, Igualdad y Fraternidad. Así, se dejaba de lado el régimen monárquico para establecer una democracia republicana, basada en la participación del pueblo (ciudadanos) para elegir y poder ser elegido, el equilibrio de los poderes y, fundamentalmente, las limitaciones (sic) a quienes ejercen el poder en representación del pueblo.
Las leyes para garantizar la participación del pueblo establecidas en la Constitución demoraron décadas: la ley de sufragio universal, secreto y obligatorio más de sesenta años, el voto femenino casi cien años. Y otras leyes todavía están demoradas, como perfeccionar el sistema electoral para hacerlo más transparente, eficiente y económico. Otras están en ciernes, vinculadas a una activa participación ciudadana como el acceso a la información pública, la intervención en la sanción de las leyes u opinar sobre temas específicos mediante audiencias públicas o plebiscitos.
Pero desde los tiempos de la independencia se dejó claro que se debían poner límites a quienes ejercían el poder a través de la división de poderes y la limitación a las reelecciones en el poder ejecutivo. Se rechazó la idea de que el poder absoluto de un monarca fuera reemplazado por el poder absoluto de un gobernante electo. La base de la República.
En aquellas épocas quien ostentaba la máxima autoridad era el Poder Ejecutivo: el Presidente en la Nación y los Gobernadores en las Provincias. Por ello, las constituciones nacional y provinciales impedían la reelección consecutiva en esos cargos. Así fue hasta 1983 y luego la dinámica política fue modificando la rigidez en Nación y Provincia, pero mayoritariamente se habilitó una sola reelección consecutiva en Nación y Provincias.
El temor de los Constituyentes de 1853 queda corroborado. En las Provincias donde se habilitaron reelecciones indefinidas es donde la oposición tiene menor presencia y hay mayor intervención, hasta la cooptación por parte del Poder Ejecutivo de los otros poderes y organismos de Control.
¿Por qué no se limitaron las reelecciones de Intendentes y legisladores al mismo tiempo que sí se hizo con las del Presidente y los Gobernadores? Algunas voces contrarias a las limitaciones para los intendentes y legisladores, a falta de argumentos sólidos, recurren al argumento de que las Constituciones no mencionan estas limitaciones. Es claro que al momento de elegir el sistema representativo, republicano y federal los constituyentes sabían que en esa época solo el Poder Ejecutivo, Presidente y Gobernadores eran los que podían concentrar el poder y por eso los otros poderes eran los encargados de limitarlos en su función, al tiempo que no podían reelegirse.
Es fácil distinguir la diferencia entre un legislador y el cuerpo legislativo de entonces, con funciones menores, y sin manejo de los recursos de los que se dispone actualmente. La facultad de imponer tributos y de disponer recursos de un Estado omnipresente en la vida diaria de los ciudadanos es de un poder colosal comparado con el de aquella época. Y con los Intendentes la diferencia es mas abrumadora.
En aquel entonces prácticamente no existían o eran meros administradores de temas cotidianos y menores, y durante décadas su función se limitaba a la organización territorial y a ordenar la urbanización de sus ciudades. Hoy, por el contrario, disponen de una masa importante de recursos, inciden en la vida diaria de sus vecinos, colocan y manejan legisladores (a tal punto que muchos responden más a los Intendentes que a su partido) y condicionan a los gobernadores y presidentes. Tan es así que muchos pretenden perpetuarse en esos cargos.
Eliminar o modicar la ley 14.836, que fue un hito importante durante el gobierno de María Eugenia Vidal, implicaría un preocupante retroceso institucional y, para quienes la votamos, una claudicación ética. Un golpe muy duro para la ya deteriorada credibilidad pública.
Hay otro dato que no debe pasar inadvertido. Las reglas de la vida política e institucional se la fijan (nos las fijamos) los mismos políticos. Un juez no puede fijar sentencia donde él o sus familiares son parte, ni siquiera donde existe una relación con los litigantes. Es por ello que se debe ser muy cuidadosos a la hora de fijar o modificar reglas que son en beneficio propio. A la legalidad es imprescindible darle legitimidad. Las reglas electorales deben ser atemporales y deben seguir el espíritu republicano de nuestro país. Todavía hay mucha tarea por hacer, pero no hay lugar para retrocesos.
En este momento vuelven a cobrar fuerza las frases de Alfonsín y mi madre: “La democracia es una forma de vida, y sin virtud no hay democracia”.
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