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Arrancan multas a scooters y bicicletas eléctricas en noviembre: cómo regularizar tu vehículo paso a paso en CDMX

Quienes conduzcan aparatos eléctricos con capacidad para rebasar los 25 kilómetros por hora y motores de hasta un kilowatt deben incorporarse al padrón oficial capitalino antes de enfrentar castigos de 20 UMA

Las disposiciones también alcanzan a las empresas dedicadas a la micromovilidad eléctrica, lo que extiende la regulación a las flotillas de renta que operan en la capital. (GRACIELA LÓPEZ/CUARTOSCURO.COM)

A partir del 20 de noviembre de 2026, el Gobierno de la Ciudad de México comenzará a aplicar multas económicas a los conductores de scooters, monopatines y bicicletas eléctricas que no hayan completado su registro y emplacamiento, según confirmó la Secretaría de Movilidad (Semovi).

La medida alcanza a los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE): unidades con dos o más ruedas, acelerador independiente y capacidad para superar los 25 kilómetros por hora. Quienes incumplan podrán recibir sanciones de entre 10 y 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de entre mil 173 y 2 mil 346 pesos aproximadamente.

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Las disposiciones también alcanzan a las empresas dedicadas a la micromovilidad eléctrica, lo que extiende la regulación a las flotillas de renta que operan en la capital.

Clara Brugada Molina, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, encabeza una conferencia sobre 'Más Seguridad Vial' y 'Mejor Movilidad'. sobre nuevas regulaciones para scooters y bicicletas eléctricas. (Gob. CDMX)

Antecedentes: cómo surgió la nueva normativa

Una infografía detalla las nuevas regulaciones de la Secretaría de Movilidad para scooters y bicicletas eléctricas en Ciudad de México, que incluyen requisitos de placas, licencias y sanciones. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Las disposiciones entraron en vigor desde mayo de 2026, cuando el Gobierno de la Ciudad de México las presentó en rueda de prensa con la participación de Clara Brugada Molina, jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

En esa presentación se adelantó que las multas por incumplir las reglas de circulación podrían aplicarse desde el 1 de septiembre, aunque en la práctica esa fecha marcó el inicio de un período de amonestaciones y no de sanciones económicas.

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El secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, explicó que la primera infracción por circular sin placas o sin licencia será de 10 UMA, equivalentes a alrededor de mil 130 pesos.

Calendario de la nueva regulación-

El esquema de aplicación se dividió en tres etapas. Desde el 1 de julio, los comercios quedaron obligados a vender ya emplacadas las unidades nuevas que entran en la clasificación VEMEPE.

El 1 de septiembre comenzó la fase de amonestaciones por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, dirigida a sensibilizar a los conductores sin sancionarlos económicamente todavía.

Las sanciones económicas arrancan el 20 de noviembre de 2026. Esa fecha marca el fin del plazo de gracia para quienes adquirieron su unidad antes del 1 de julio y aún no completaron el registro, el emplacamiento y la licencia correspondiente.

A partir de ese día, los agentes de tránsito podrán aplicar de lleno las sanciones previstas en el Reglamento de Tránsito de la capital a quienes circulen sin cumplir con la normativa.

Qué vehículos deben emplacarse: la clasificación VEMEPE

Esta infografía del Gobierno de la Ciudad de México explica las nuevas regulaciones para vehículos motorizados eléctricos personales. (Gobierno de la Ciudad de México)

No todos los vehículos eléctricos personales quedan sujetos a la misma obligación. La Semovi clasifica como VEMEPE a las unidades con motor de potencia continua nominal de entre 250 watts y un kilowatt (hasta 1.34 caballos de fuerza) y capacidad para superar los 25 kilómetros por hora.

Dentro de esta categoría existen dos subtipos:

Tipo A: vehículos con un peso menor a 35 kilogramos.

Tipo B: unidades de entre 35 y 350 kilogramos.

Ambos subtipos deben contar con placas de circulación, tarjeta de verificación y Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME). Sus conductores necesitan además licencia tipo A1 o A2, según corresponda a la categoría del vehículo.

Vehículos exentos y hologramas

Quedan exentos de placas y licencia los Vehículos Eléctricos Personales (VEP): unidades con motor de menos de 250 watts y velocidad máxima inferior a 25 kilómetros por hora. Estos sí deben portar el holograma del Distintivo de Movilidad Eléctrica, aunque no requieren registro vehicular completo.

Las bicicletas de pedaleo asistido con motor menor a 250 watts y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora también están exentas del registro formal.

Los patines y monopatines tradicionales tampoco deben emplacarse, pero igualmente tienen que portar el holograma oficial expedido por la Semovi.

Documentos, trámites y costos para regularizar el vehículo

En cuanto a los costos, las autoridades crearon dos tipos de matrícula, cada una con un valor de 709 pesos. A esto se suma el trámite de licencia: la tipo A1 tiene un costo de 572 pesos, mientras que la tipo A2 asciende a mil 142 pesos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los propietarios de un VEMEPE deben reunir varios requisitos antes de circular:

Placas de circulación y tarjeta de verificación.

Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME).

Licencia de conducir vigente tipo A1 o A2, según el peso y categoría de la unidad.

Casco de protección y luces encendidas.

Seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros.

En cuanto a los costos, las autoridades crearon dos tipos de matrícula, cada una con un valor de 709 pesos. A esto se suma el trámite de licencia: la tipo A1 tiene un costo de 572 pesos, mientras que la tipo A2 asciende a mil 142 pesos.

El trámite de emplacamiento contó además con un descuento temporal de 355 pesos sobre su costo original durante parte del período de regularización.

El trámite de registro y emplacamiento puede consultarse en la ventanilla digital de la Semovi, donde se detallan requisitos, documentos y puntos de atención disponibles. Las autoridades recomiendan revisar primero el peso y la velocidad máxima de la unidad, datos que definen si corresponde el registro completo o solo el holograma.

Cómo hacer el trámite paso a paso

La Semovi recomendó conservar a la mano el archivo XML de la factura electrónica del vehículo, documento que puede solicitarse durante el proceso de revisión. (GRACIELA LÓPEZ/CUARTOSCURO.COM)

La Semovi detalló en un boletín del 24 de julio de 2026 el procedimiento completo para registrar y emplacar un VEMEPE o un VEP. Los pasos son los siguientes:

  1. Revisar la ficha técnica del vehículo para determinar si corresponde a la categoría VEMEPE tipo A, tipo B o VEP.
  2. Ingresar a la ventanilla de trámites de la Semovi con una cuenta Llave CDMX. Quienes no cuenten con ella pueden crearla directamente en esa plataforma.
  3. Elegir el trámite “Registro de Vehículos de Movilidad Eléctrica Personal de la Ciudad de México” y seleccionar el tipo de vehículo correspondiente.
  4. Subir la documentación requerida en formato PDF.
  5. Esperar a que la Semovi revise los documentos cargados. Una vez aprobados, el propietario debe pagar la línea de captura y agendar una cita en un Módulo de Control Vehicular.
  6. Acudir a la cita con los documentos originales. En ese momento se entregan la placa, la tarjeta de circulación y el distintivo; en el caso de los VEP, solo se entrega el distintivo.
  7. Colocar la placa en la parte trasera del vehículo, de forma visible y con una inclinación de entre 60 y 120 grados, además de pegar el distintivo en un lugar visible, conforme al artículo 45 del Reglamento de Tránsito.

La Semovi recomendó conservar a la mano el archivo XML de la factura electrónica del vehículo, documento que puede solicitarse durante el proceso de revisión.

Montos de las multas según la infracción

Las sanciones se calculan en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario en 2026 es de 117,31 pesos. Según la infracción, los montos equivalen a:

5 UMA: 586,55 pesos.

7 UMA: 821,17 pesos.

10 UMA: mil 173,10 pesos.

15 UMA: mil 759,65 pesos.

20 UMA: 2 mil 346,20 pesos.

Quienes acumulen entre tres y cinco infracciones recibirán una sanción de 15 UMA. Más de cinco reincidencias ameritarán 20 UMA. Además del monto económico, las infracciones generan puntos de penalización en la licencia de conducir.

Restricciones de circulación para los VEMEPE

También existen topes según la categoría del vehículo: las unidades tipo A no pueden circular en vías donde el límite de velocidad supere los 40 kilómetros por hora (VisualesIA Scribnews)

Además del emplacamiento, la normativa fija límites sobre dónde pueden circular estas unidades. Los VEMEPE tienen prohibido transitar por banquetas, ciclovías, carriles exclusivos del transporte público y carriles centrales de vías de acceso controlado.

También existen topes según la categoría del vehículo: las unidades tipo A no pueden circular en vías donde el límite de velocidad supere los 40 kilómetros por hora, mientras que las de tipo B de dos ruedas tienen como límite las vías de hasta 50 kilómetros por hora.

Circular sin casco, sin luces encendidas o por los espacios prohibidos puede sancionarse con hasta 20 UMA, cerca de 2 mil 346 pesos. La reincidencia en estas faltas puede llevar el vehículo al corralón.

Los menores de edad tienen prohibido conducir este tipo de vehículos. Tampoco está permitido transportar pasajeros en unidades tipo A ni conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, conducta que puede derivar en la inmovilización inmediata de la unidad.

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