Calcular la pensión del IMSS no es un trámite sencillo, y conocer de antemano cómo funciona puede evitar sorpresas al momento del retiro. El cálculo depende de dos factores clave: las semanas cotizadas acumuladas a lo largo de la vida laboral y el régimen bajo el cual se cotiza, Ley 73 o Ley 97, cada uno con su propia fórmula.
A esto se suma un cambio reciente que modifica las reglas del juego para quienes buscaban mejorar su pensión por su cuenta: el IMSS acaba de limitar la Modalidad 40, el esquema que permitía elevar el salario de cotización y, con ello, el monto final del beneficio.
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El cálculo de la pensión del IMSS depende del régimen bajo el que cotiza cada trabajador: Ley 73 (quienes empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997) o Ley 97 (quienes se dieron de alta después de esa fecha). Ambos requieren conocer primero las semanas cotizadas.
Paso 1: Verificar las semanas cotizadas
Las semanas cotizadas se consultan directamente en el reporte oficial del IMSS, disponible a través de IMSS Digital. Este documento muestra el historial completo de aportaciones del trabajador.
Para 2026, el requisito mínimo de semanas cotizadas para acceder a una pensión bajo la Ley 97 es de 875 semanas, cifra que aumentará 25 semanas cada año hasta llegar a un tope de 1,000 semanas en 2031, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
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Bajo la Ley 73, el mínimo requerido es de 500 semanas cotizadas. Mientras más semanas se acumulen por encima de ese mínimo, mayor será el monto final, ya que se suman incrementos anuales al cálculo.
Paso 2: Reunir los datos necesarios
Antes de estimar el monto de la pensión, según El Economista, es necesario contar con:
1. Fecha de nacimiento y sexo.
2. Número de semanas cotizadas.
3. Año en que se empezó a cotizar al IMSS.
4. Edad a la que se planea retirarse (entre 60 y 65 años).
5. Salario base de cotización.
Para la Ley 73, el salario requerido es el promedio de los últimos cinco años (o de las últimas 250 semanas). Para la Ley 97, se necesita el salario actual y el saldo acumulado en la cuenta Afore.
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Paso 3: Calcular el monto bajo Ley 73
El cálculo de la pensión bajo la Ley 73 sigue el procedimiento del artículo 167 de la Ley del Seguro Social de 1973, que combina tres elementos: salario promedio, semanas cotizadas y edad de retiro, según detalla Calcu.mx.
El procedimiento consta de los siguientes pasos:
1. Obtener el salario diario promedio de las últimas 250 semanas de cotización (unos 4,8 años) y expresarlo en veces el salario mínimo.
2. Ubicar el grupo salarial en la tabla del artículo 167, que asigna una cuantía básica (porcentaje fijo) más un incremento anual.
3. Sumar los incrementos por las semanas que excedan las primeras 500: un incremento completo por cada bloque de 52 semanas adicionales. Del remanente, se suma medio incremento si va de 13 a 26 semanas, y uno completo si supera las 26 semanas.
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4. Ajustar el porcentaje final según la edad de retiro, conforme al artículo 171, que establece que se toma como año completo la fracción de más de seis meses. Por ejemplo, 60 años y 6 meses otorgan el mismo porcentaje que 61 años.
El porcentaje resultante (cuantía básica más incrementos) se aplica finalmente sobre el salario promedio para obtener el monto mensual de la pensión.
Paso 4: Calcular el monto bajo Ley 97
Bajo este régimen, el cálculo se basa en el saldo acumulado en la cuenta individual (Afore) al momento del retiro. Según la metodología de Consar, el proceso es el siguiente:
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1. Se proyecta el saldo de la cuenta individual a la edad de retiro, considerando el saldo actual, el rendimiento esperado y las aportaciones obligatorias y voluntarias que se sigan realizando.
2. Ese saldo se divide entre una anualidad contingente (un valor fijo según el género del trabajador y la edad de retiro elegida) y se ajusta por un margen de seguridad del 2%.
3. El resultado se compara con el monto de la Pensión Garantizada, que depende del salario, las semanas cotizadas y la edad de retiro según la Ley del Seguro Social. Si el cálculo supera ese piso, se paga el monto calculado; si es menor, se otorga la Pensión Garantizada.
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4. Adicionalmente, existe un complemento solidario: si la pensión mensual calculada es inferior a 17.885,85 pesos, el Gobierno aporta la diferencia hasta alcanzar ese monto.
Paso 5: Usar las herramientas oficiales
Dado que la fórmula exacta depende de tablas específicas del IMSS y de variables que cambian año con año, lo más práctico es validar el cálculo con los simuladores oficiales, según recomienda El Economista:
Simulador del IMSS (tspi.imss.gob.mx): útil para quienes cotizan bajo Ley 73. Requiere el año de inicio de cotización, edad actual, semanas cotizadas y el promedio salarial de los últimos cinco años.
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Calculadora de Consar: diseñada para Ley 97, permite comparar escenarios de retiro programado frente a renta vitalicia, y simular distintas edades de retiro.
Cambios en la Modalidad 40 desde octubre de 2026
El Consejo Técnico del IMSS aprobó, el 10 de octubre de 2026, un acuerdo que modifica las reglas de la Modalidad 40. La disposición se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de octubre y entró en vigor al día siguiente, el 22 de octubre de 2026.
Antes de este cambio, cualquier persona podía inscribirse declarando un salario de hasta 25 UMA (87.983 pesos mensuales), sin importar cuánto ganaba en su último empleo formal. Ahora el salario base de cotización queda limitado al último salario registrado antes de la baja, más una UMA adicional de 117,31 pesos diarios. Esa base tampoco puede ser inferior al salario mínimo general vigente.
El acuerdo también elimina los pagos retroactivos. Antes era posible regularizar meses atrasados desde la fecha de baja laboral. Con la nueva regla, la inscripción solo surte efecto desde el día en que se presenta la solicitud, sin importar cuánto tiempo llevaba la persona sin cotizar.
A esto se suman otras tres modificaciones: el trámite deberá realizarse exclusivamente por medios digitales, sin opción presencial; quienes cotizan como trabajadores independientes bajo la Modalidad 10 ya no podrán combinarla con la Modalidad 40, y deberán elegir un solo esquema; y el IMSS llevará a cabo un estudio actuarial en los próximos seis meses para evaluar la sostenibilidad financiera del programa.
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