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Qué celulares dejarán de funcionar a partir de octubre si no fueron registrados

La obligación forma parte de un programa que vincula cada número con la identidad de su titular y que avanza por etapas hasta diciembre de 2026

Una persona vestida con ropa de verano observa con atención su teléfono móvil mientras espera junto a una parada de autobús en una calle urbana. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Continua el registro obligatorio para evitar que líneas de prepago que deben completar el registro obligatorio para evitar su suspensión.

Al iniciar el mes de octubre, sin falta el primer día del mes, se llevará a cabo la suspensión de la nueva tanda de números que fue anticipado hace varios meses por el gobierno.

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En este sentido, quienes incumplan el calendario de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) pueden perder llamadas, mensajes y datos móviles en un plazo de 72 horas, aunque podrán reactivar el servicio al concluir el trámite.

La obligación forma parte de un programa que vincula cada número con la identidad de su titular y que avanza por etapas hasta diciembre de 2026. Las terminaciones 0 y 1 vencieron en agosto, mes en el que ya se suspendieron millones de líneas.

El plazo original para registrar todas las líneas vencía el 30 de junio de 2026, pero la CRT concedió 184 días adicionales. La prórroga respondió a que solo se había vinculado el 43% de los usuarios: 63 millones de un total de 144 millones 585 mil líneas celulares.

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Una mujer latina de 50 años revisa atentamente su celular en un ambiente interior, concentrada en el contenido de la pantalla. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Estas son las líneas que serán suspendidas en octubre

El calendario se define únicamente por el último dígito del número celular. Las líneas terminadas en 2 tuvieron como fecha límite el 15 de septiembre, mientras que las terminadas en 3 debieron realizar la vinculación antes del 30 de septiembre.

Es así que este mes de octubre inicia un nuevo periodo de registro, y son los celulares con terminaciones 4 las que sufrirán el vencimiento de su línea el próximo el 15 de octubre en caso de no registrarse.

Además, para las líneas cuyo número finaliza en 5 el día límite será el 31 de octubre.

Los usuarios con números cuyo vencimiento corresponde a meses posteriores pueden efectuar el registro desde ahora, sin necesidad de esperar a su fecha límite. La responsabilidad de avisar a los clientes y aplicar las suspensiones recae en los proveedores, entre ellos Telcel, AT&T y Movistar.

La primera ronda ya tuvo efectos en el mercado de prepago. AT&T informó más de 1.2 millones de bajas durante el semestre, mientras que Telcel registró un estancamiento en el crecimiento de ese segmento, de acuerdo con reportes del sector.

Calendario de suspensión de líneas telefónicas del resto del año

Terminación 4: 15 de octubre de 2026

Terminación 5: 31 de octubre de 2026

Terminación 6: 15 de noviembre de 2026

Terminación 7: 30 de noviembre de 2026

Terminación 8: 15 o 31 de diciembre de 2026, según la fuente consultada

Terminación 9: 31 de diciembre de 2026

El texto con el aviso de desconexión y un vínculo a la Plataforma de Gestión de Proveedor de Servicio de Telefonía Móvil aplica cuando vence el plazo para registrar el número con CURP e identificación vigente

La suspensión deja disponibles el 911 y la atención de la compañía

Como se ha mencionado antes, las líneas que no concluyan la vinculación dentro del periodo asignado pueden ser suspendidas en las 72 horas posteriores al vencimiento. Durante ese lapso, el usuario no podrá hacer llamadas ordinarias, enviar mensajes ni usar datos móviles.

El servicio conservará la comunicación con números de emergencia, como el 911, y con la empresa telefónica para solicitar la reactivación. La suspensión es la única consecuencia establecida para quien no complete el registro.

Para restablecer el número: el titular debe concluir el mismo procedimiento de identificación con su CURP e identificación oficial vigente. Una vez que la compañía valide la información, el servicio vuelve a funcionar con normalidad.

La obligación no incluye a las líneas de pospago o planes de renta, pues las compañías ya cuentan con los datos del cliente mediante el contrato vigente. El requisito se concentra en los números de prepago, incluso si pertenecen a menores de edad; en esos casos, el padre, madre o tutor legal debe efectuar el trámite.

Las personas morales también tienen que vincular sus líneas, pero deben proporcionar el RFC y la razón social de la empresa en lugar de la CURP. No existe un límite de números que puedan registrar bajo esa modalidad.

Una persona interactúa con la pantalla de un teléfono inteligente, desplazándose por su contenido digital en un entorno con poca luz. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El trámite solicita CURP, identificación y una fotografía de validación

El registro puede realizarse en un Centro de Atención a Clientes de la empresa telefónica. Para esa vía, el usuario debe presentar su CURP y una identificación oficial vigente, como INE o pasaporte.

La alternativa digital está disponible en el portal de cada compañía y en registratulinea.crt.gob.mx. El solicitante debe elegir a su operador, ingresar el número que desea vincular y capturar el código de verificación recibido por SMS.

Después debe seleccionar el documento de identidad que utilizará, cargarlo escaneado en formato PDF y escanear el código QR que aparezca durante el proceso. El sistema también solicita una fotografía como prueba de vida antes de validar la información y confirmar la asociación del número con la CURP.

El programa vigente no solicita huellas dactilares, reconocimiento de iris ni otros datos biométricos. Requiere nombre completo, CURP, identificación oficial vigente y una validación fotográfica, mientras que los datos quedan bajo resguardo de las empresas telefónicas y no en una base gubernamental única.

Ese diseño difiere del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), que la SCJN invalidó en abril de 2022 al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 82/2021. El esquema anterior buscaba reunir huellas, escaneos de iris y otros datos biométricos.

Los ministros determinaron que esa recopilación era desproporcionada, no existía prueba de que redujera delitos y una base centralizada con información biológica implicaba riesgos de filtración.

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