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El gobierno confirma que Scooters y bicicletas eléctricas ya no podrán circular sin placas ni licencia

La nueva regla distingue qué unidades necesitan matrícula, qué permisos pide cada caso y hasta cuándo puedes ponerte al día antes de que arranquen las sanciones económicas

Un agente de tránsito escribe una infracción a un joven junto a su monopatín eléctrico en la vía pública por carecer de placa de identificación. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno de la Ciudad de México confirmó que los patines y bicicletas eléctricas no podrán circular sin placas ni licencia de conducir, de acuerdo con la nueva normativa de movilidad eléctrica que impulsa la Secretaría de Movilidad (Semovi). La dependencia capitalina exige que todo propietario de un Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE) o un Vehículo Eléctrico Personal (VEP) regularice su unidad para evitar sanciones.

Desde el primero de julio de 2026, la Semovi habilitó el trámite oficial de registro para estas categorías de vehículos a través del Sistema de Trámites Vehiculares de la Ciudad de México. El proceso concluye con la entrega de matrícula, tarjeta de circulación y Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), según el tipo de unidad.

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Clara Brugada Molina, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, encabeza una conferencia sobre 'Más Seguridad Vial' y 'Mejor Movilidad'. sobre nuevas regulaciones para scooters y bicicletas eléctricas. (Gob. CDMX)

Qué diferencia a un VEMEPE de un VEP

El Gobierno de la Ciudad de México solicita a la ciudadanía registrar los vehículos eléctricos personales ante la Secretaría de Movilidad para circular conforme a la normativa. (Gobierno de la Ciudad de México)

La regulación distingue dos categorías con obligaciones distintas. Los VEMEPE son vehículos con motor eléctrico de entre 250 watts y un kilowatt, capaces de superar los 25 kilómetros por hora, con acelerador independiente y dos o más ruedas.

Estos vehículos se dividen en dos tipos: el Tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y el Tipo B, con un peso de entre 35 y 350 kilogramos.

Los VEP, en cambio, cuentan con un motor eléctrico de menos de 250 watts y no superan los 25 kilómetros por hora. ¿Qué pasa si tengo un scooter o bici eléctrica en la CDMX? Debe registrarse ante la Semovi: los VEMEPE requieren placas, tarjeta de circulación y licencia tipo A1 o A2, mientras que los VEP solo necesitan el Distintivo de Movilidad Eléctrica, sin licencia obligatoria.

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Quedan exentas de este trámite las bicicletas de pedaleo asistido con motor menor a 250 watts y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, así como los dispositivos de propulsión humana como patines y monopatines tradicionales. Aun así, estos últimos deben portar un holograma oficial expedido por la Semovi para circular.

E-bikes manufactured in China are displayed at a retail store, in downtown Mexico City, Mexico, September 11, 2025. REUTERS/Quetzalli Nicte-Ha

Cómo se realiza el trámite paso a paso

El registro comienza de forma digital en el portal app.semovi.cdmx.gob.mx/ventanilla-semovi. El procedimiento para personas físicas sigue esta secuencia:

Ingresar al portal de la Semovi y seleccionar la opción “Registro de Vehículos de Movilidad Eléctrica”

Aceptar el Aviso de Privacidad para continuar

Dar clic en “Iniciar trámite digital” e iniciar sesión con la cuenta Llave CDMX

Completar el formulario con los datos personales del propietario

Llenar el formulario con los datos del vehículo, apoyándose en el catálogo previamente cargado por los distribuidores

Subir la documentación requerida en formato PDF

Registrar los datos de domicilio

Seleccionar sede, fecha y horario para la cita final

Una vez validada la información, la Semovi envía por correo electrónico las instrucciones para generar la línea de captura y efectuar el pago correspondiente. Con el pago realizado, el propietario agenda una cita presencial, por única ocasión, en un Módulo de Control Vehicular, donde se cotejan los documentos originales y se entregan las placas, la tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica, según corresponda al tipo de vehículo.

Documentos y costos requeridos

La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México requiere que los propietarios de vehículos eléctricos registren sus unidades para obtener certificación o matrícula. (Gobierno de la Ciudad de México)

Para personas físicas, la Semovi solicita:

Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional; extranjeros pueden presentar tarjeta de residencia temporal o permanente)

Comprobante de domicilio de la Ciudad de México con antigüedad no mayor a 90 días

Documento que acredite la propiedad del vehículo: factura de primera venta o carta factura vigente

Archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet vinculado a esa factura

Si el propietario solo cuenta con un ticket de compra o nota similar, puede adjuntar un Manifiesto Bajo Protesta de Decir Verdad sobre la propiedad del vehículo, formato que provee la propia dependencia.

Para las empresas, el procedimiento y la documentación difieren:

Enviar un correo a la dirección registro.vemepe.semovi@gmail.com, indicando en el asunto la denominación o razón social

Remitir en formato PDF el Acta Constitutiva que acredite la personalidad jurídica

Adjuntar la Constancia de Situación Fiscal vigente, con antigüedad no mayor a 90 días

Incluir el documento que acredite la representación legal del promovente (poder notarial o instrumento jurídico equivalente)

Presentar identificación oficial vigente de la persona representante legal

Proporcionar correo electrónico y número telefónico de contacto para notificaciones

Tras la revisión, la Semovi notifica por correo la fecha y hora de la cita, a la que el representante legal debe acudir con la documentación original y copia para su cotejo ante la Dirección General de Seguridad Vial y Sistemas de Movilidad Urbana Sustentable.

Sobre los costos, el titular de la Semovi, Héctor Ulises García, informó que el precio de las placas para VEMEPE y VEP se redujo a 355 pesos. Ese monto contrasta con el costo original de 709 pesos reportado meses antes, equivalente al que pagan las motocicletas convencionales.

A ese costo se suma, para quienes conducen VEMEPE, la licencia tipo A1, con valor de 572 pesos, o la tipo A2, de 1,142 pesos, montos también aplicados a motocicletas.

Plazos de regularización y avance del registro

La normativa elimina la exigencia de licencias, Soat y matrículas para bicicletas y patinetas eléctricas - crédito Secretaría de Movilidad

Los propietarios que adquirieron su vehículo antes del primero de julio de 2026 tienen hasta el 20 de noviembre de ese año para completar el registro, según confirmaron la jefa de Gobierno, Clara Brugada, y el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto.

Quienes compraron su unidad a partir del primero de julio deben recibirla ya emplacada directamente en el punto de venta, pues la obligación de registro recae en las empresas distribuidoras y no en el comprador final.

Con corte al 21 de agosto, la Semovi reportó 2 mil 154 registros en el Sistema de Trámites Vehiculares para altas de VEMEPE y VEP. “La cifra de los distintivos de movilidad eléctrica que serán entregados depende de la cantidad de registros, por lo que a la fecha, el número de placas de matrícula a entregar y licencias para conducir, es proporcional a los registros con que se cuenta”, detalló la dependencia.

Multas para quienes no se regularicen

Este tipo de vehículos serán regulados por el gobierno de Nezahualcóyotl. Crédito: Cuartooscuro

A partir del primero de septiembre de 2026 comenzó la etapa de amonestaciones, en la que los agentes de tránsito pueden detener a los conductores para advertirles sin aplicar multas. Las sanciones económicas entran en vigor de forma plena tras el vencimiento del plazo del 20 de noviembre.

El secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, detalló la escala de infracciones aplicable:

Primera falta por circular sin placas o licencia: 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a alrededor de 1,130 pesos

Entre tres y cinco infracciones acumuladas: 15 UMA

Más de cinco reincidencias: 20 UMA, cerca de 2,260 pesos

Circular sin casco, sin luces o en zonas prohibidas (banquetas, ciclovías, carriles exclusivos de autobús o vías rápidas con límite superior a 50 kilómetros por hora): hasta 30 UMA, aproximadamente 3,394 pesos

La reincidencia en esas faltas puede derivar en el depósito del vehículo en el corralón. Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas está prohibido para estos vehículos y puede derivar en la inmovilización inmediata de la unidad.

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