Una madre y su cómplice fueron sentenciados a 90 años de prisión por secuestrar a una mujer en Zinacantepec y recluirla en un centro de rehabilitación, en un caso que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México llevó a juicio con pruebas de campo y de gabinete.
Martha Ramírez Sánchez y Salvador Huerta Castro recibieron cada uno una condena de 90 años de cárcel, dictada por un juez con residencia en Almoloya de Juárez. Ambos también perdieron sus derechos civiles y políticos. Según el comunicado de la fiscalía, Ramírez Sánchez habría orquestado el operativo para internar a su propia hija en un inmueble habilitado como centro de rehabilitación en el municipio de Zinacantepec, en el Estado de México.
Cómo ocurrió el secuestro
En junio de 2025, la víctima salió de su domicilio en Zinacantepec con destino a una tienda cercana. En la vía pública fue interceptada por los ahora sentenciados, quienes la sometieron y la subieron por la fuerza a un vehículo.
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La mujer fue privada de su libertad mediante violencia física, de acuerdo con las indagatorias de la FGJEM.”
El comunicado de la fiscalía señala, con reserva, que Ramírez Sánchez habría actuado con el propósito de internar a su hija en ese lugar, aunque ese vínculo no forma parte de los términos del fallo judicial citado.
La investigación y el rescate
La FGJEM desplegó técnicas de investigación de campo y de gabinete para dar con el paradero de la víctima. Esas diligencias permitieron identificar y localizar el inmueble donde se encontraba retenida.
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Una vez que la mujer recuperó su libertad, presentó una denuncia formal en la que señaló a los investigados como quienes la privaron de ella. Con esa declaración y los datos de prueba ya recabados, el agente del Ministerio Público solicitó al juez las órdenes de aprehensión correspondientes.
El juez concedió las órdenes. Huerta Castro y Ramírez Sánchez fueron detenidos e ingresados al Centro Penitenciario y de Reinserción Social, donde quedaron a disposición de la autoridad judicial mientras avanzaba el proceso.
Las pruebas que determinaron la condena
Durante el proceso legal, la FGJEM aportó el conjunto de pruebas que acreditaron la participación de ambos sentenciados en el delito de secuestro. El juez con residencia en Almoloya de Juárez valoró ese material probatorio y los declaró culpables.
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La pena impuesta a cada uno fue de 90 años de prisión, acompañada de la suspensión de sus derechos civiles y políticos.
El papel del centro de rehabilitación
El inmueble donde fue retenida la víctima estaba habilitado como centro de rehabilitación. El comunicado de la FGJEM no precisa si ese establecimiento operaba con algún tipo de registro o autorización oficial, ni si fue objeto de alguna medida adicional por parte de las autoridades.
Lo que quedó acreditado en juicio es que ese espacio fue utilizado para mantener privada de su libertad a la mujer, hecho que formó parte del cuerpo del delito por el que se condenó a Huerta Castro y a Ramírez Sánchez.
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La FGJEM no detalló en su comunicado si existen otras personas vinculadas al caso ni si el inmueble continúa en operación tras la detención de los sentenciados.
“Entre julio de 2025 y el 22 de marzo de 2026, la fiscalía abrió 152 carpetas de investigación vinculadas a centros de rehabilitación irregulares en el Estado de México”.
Centros de rehabilitación irregulares en el Estado de México
El caso se inscribe en un patrón documentado por la FGJEM: entre julio de 2025 y el 22 de marzo de 2026, la fiscalía abrió 152 carpetas de investigación vinculadas a centros de rehabilitación irregulares en el Estado de México por delitos como homicidio, secuestro, desaparición y trata de personas. Zinacantepec figura entre los municipios donde se han realizado operativos y rescates. Según la institución, varios de estos inmuebles operaban sin permisos ni personal certificado, cobraban cuotas excesivas a los familiares y mantenían a los internos bajo condiciones de violencia física y psicológica.
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