La Secretaría de Marina (Semar) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para modificar su Catálogo de Faltas de la Armada de México, en el cual se prevén sanciones más severas para los efectivos que se nieguen a someterse a los exámenes médicos y psicológicos.
El acuerdo modifica la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica de la Armada de México, la Ley de Disciplina para el Personal de la armada de México y el Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.
La intención del acuerdo es “mejorar las condiciones de bienestar del personal naval, fortalecer el Sistema de Sanidad Naval, para brindar mejor atención médica y hospitalaria” y continuar con los programas de prevención de salud, que permitan mejorar la calidad de vida del personal naval y sus familias”, se lee en el documento publicado en el DOF.
Conviene recordar que desde noviembre de 2020 se publicó el Catálogo de Faltas de la Armada de México, en el cual se establecen la faltas leves y graves que buscan “impulsar el espíritu rector” de la disciplina del personal.
Entre las faltas graves se encuentra la negativa de los efectivos de la Marina a realizarse los exámenes médicos, psicológicos y /o de laboratorio para diagnosticar su estado de salud para el cumplimiento del deber y de las funciones que le impone el servicio activo de la Armada de México.
En el documento del DOF se solicita a la Semar que actualice su Catálogo de Faltas de la Armada de México, a fin de establecer un supuesto normativo que permita determinar que el recurso humano de la institución armada cumple con el óptimo desempeño de sus funciones comprobado a través de los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio para el cumplimiento de su misión, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
Con esta medida la lista de faltas graves pasó de 42 a 43 y serán sancionadas de conformidad con lo establecido en los organismos disciplinarios internos. A continuación algunas de las faltas de dicha lista:
- Emplear en beneficio propio o de terceras personas, los recursos humanos y/o materiales de la institución.
- Publicar, transmitir o reenviar información, imágenes o material audiovisual en internet (ciberespacio) que en forma individual o conjunta.
- Cambiar, sustituir y empeñar los uniformes, divisas, distintivos y condecoraciones de la Armada de México.
- El uso de drogas y psicotrópicos sin prescripción médica.
- Transmitir por medios no autorizados, información clasificada de acuerdo con lo establecido en el manual que regula la información en la Armada de México.
Sanciones en la Secretaría de Marina
Respecto a las faltas leves, el Catálogo de la Armada de México es más específico y prevé sanciones de amonestación o arresto con graduación de 24 a 96 horas, según sea la jerarquía del infractor de una de sus 32 faltas estipuladas:
- Llegar tarde a sus labores sin causa justificada.
- No portar sus uniformes conforme lo establece el Reglamento de Uniformes, Divisas y Distintivos para la Armada de México y demás normatividades y disposiciones aplicables.
- No hacer las demostraciones de respeto y cortesía que se deben a todo superior aun vistiendo de civil o realizarlos con apatía y tibieza.
- Hablar en voz alta, profiriendo palabras obscenas o cometiendo actos de insolencia, dentro o fuera de las instalaciones navales.
- Tratar a la población civil de manera irrespetuosa y descortés.
También existe otro tipo de sanciones que ameritan arrestos de 24 horas a 8 días, a continuación algunos ejemplos:
- Entrar a cantinas o sitios de prostitución portando uniforme.
- Permitir o conducir un vehículo oficial, sin la autorización, sin licencia o con la vigencia vencida.
- Realizar, propiciar o solapar, dentro de las unidades o establecimientos navales, actos de escarceo amoroso o de connotación sexual.
- No acatar las instrucciones del centinela o vigilante.
- Externar expresiones de manera directa o por cualquier medio de comunicación, que denigren, afecten, o menoscaben la dignidad de un militar, así como del servicio, sin presentar la queja por escrito.