Las y los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) cuentan con distintos beneficios con respecto a su dinero acumulado para el retiro, ya que, para aquellas personas que se encuentren sin empleo y necesiten una ayuda económica, esta institución permite hacer uso de su ahorro cotizado durante sus años laborales.
Estas solicitudes son consideradas por el IMSS como retiros parciales y sólo serán emitidos en caso de que el trabajador presente los requisitos necesarios de comprobación de desempleo. El monto será tomado desde la cuenta individual de cada persona afiliada, la cual es determinada por la Administradora de Fondos para el Retiro, mejor conocida como Afore.
De acuerdo a la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro, encargada de los asuntos para el beneficio de los trabajadores, el IMSS podrá hacer efectivo las solicitudes para el retiro parcial de acuerdo a sus dos distintas modalidades equivalentes.
Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.
Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).
Cuáles son los requisitos para solicitar el retiro parcial del IMSS
De acuerdo las autoridades de Gobierno, bajo la ley del Seguro Social, las personas que deseen acceder a su cuenta de ahorro por desempleo deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
- Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE.
- No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
- Contar con con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
- Para ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.
- Para ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con 5 años o más de haber sido aperturada.
Cómo realizar el trámite
Las y los afiliados deberán ingresar en el portal AforeWeb, en donde generarán una cita en su sede correspondiente. El solicitante tendrá que ingresar su usuario y contraseña, o bien, la Clave Única de Registro Poblacional (CURP).
Una vez adentro, es necesario seleccionar la opción “Mis trámites” y da clic en “Generación de citas”, en donde se desglosará la opción Retiro por desempleo IMSS. Concretada la cita, con fecha, hora y dirección correspondiente, las o los trabajadores deberán presentar los siguientes documentos:
- Solicitud de disposición de recursos por Retiro parcial por desempleo debidamente llenada y firmada, misma que será proporcionada por la AFORE.
- Identificación oficial que puede ser:
Para mayores de edad, con foto y firma: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional cartilla militar, documento migratorio, matrícula consular
Para menores de edad: acta de nacimiento del menor o pasaporte, identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor
- Algún documento que contenga el NSS del Trabajador. (Número de Seguridad Social)
- Estado de cuenta bancario a nombre del Trabajador con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (original y copia) (opcional).
Consideraciones del retiro parcial
Una vez efectuado el trámite, las y los trabajadores se les descontará semanas cotizadas que podría afectar la pensión futura, por lo que es recomendable la reintegración posterior de los recursos retirados de la Cuenta Afore.