
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso de José López y confirmó la multa de $81.859.906,20 por enriquecimiento ilícito, una pena pecuniaria fijada en el 60% del valor del incremento patrimonial injustificado atribuido al exfuncionario en la causa de los bolsos.
El monto se calculó sobre la base de cotizaciones históricas de las divisas que integraban el patrimonio no justificado del exsecretario de Obras Públicas (2003-2015). Se trata de un incremento indebido de $136.433.177, integrado por casi USD 8.982.047, 153.610 euros, $159.114, 425 yuanes, dos relojes y un inmueble ubicado en Dique Luján, partido bonaerense de Tigre.
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La sanción había sido cuantificada en mayo de 2025 por el Tribunal Oral Federal 1, que a partir de esta resolución quedó en condiciones de avanzar con su ejecución.
La defensa de José López había impugnado la multa al considerar que las sumas exactas del enriquecimiento no habían sido establecidas en la sentencia original y que, por lo tanto, no existía una base cierta para determinar el monto.
También cuestionó que el tribunal hubiera utilizado operaciones aritméticas e información de acceso público sobre la cotización de monedas extranjeras.
En esa línea, había solicitado la intervención de peritos tasadores, martilleros y contadores de la Corte Suprema, al sostener que era necesario producir prueba y discutir las valuaciones con intervención de las partes.
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La resolución
La Casación Penal concluyó que la determinación de la multa constituye una facultad judicial y que, en este caso, los valores utilizados no requerían nuevos conocimientos técnicos. Las operaciones partieron de tasaciones ya realizadas durante la investigación y de cotizaciones históricas disponibles en sitios de bancos oficiales.
Sobre la propiedad de Dique Luján, el tribunal indicó que había sido valuada por el perito martillero Osvaldo Galmozzi en USD 680.000 para 2016. Convertido ese valor a una cotización de $13,80 por dólar, el inmueble fue estimado en $9.384.000.

El resto del patrimonio correspondió a los bienes y el dinero secuestrados cuando López fue detenido en el convento de General Rodríguez, el 14 de junio de 2016. Los dólares fueron valuados en $123.952.249, mientras que los euros alcanzaron los $2.549.926, según las cotizaciones utilizadas para el cálculo.
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La causa
En 2019, José López fue condenado a seis años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua, multa y costas como autor del delito de enriquecimiento ilícito. Más adelante, el TOF 1 unificó esa pena con otra condena y le impuso una sanción única de siete años y seis meses de prisión, además de la inhabilitación para portar armas durante tres años y dos meses.
En esa causa también resultó condenada su esposa, María Amalia Díaz, como partícipe secundaria del enriquecimiento ilícito. Para ella se había fijado una multa de $34.108.294,20, equivalente al 25% del valor atribuido al patrimonio ilícito.
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Luego de que la Casación sobreseyera a Díaz al considerar extinguida la acción penal por prescripción, también declaró inoficioso avanzar con la exigencia del pago de la multa.
María Amalia Díaz había sido acusada de colaborar con el ocultamiento de los bolsos de López a partir de las llamadas que mantuvo con la madre superiora del convento para coordinar que lo recibieran a su llegada.
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