
La Justicia ordenó a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) reforzar el cierre y la señalización de los tramos no habilitados de la Autopista Presidente Perón, además de revisar y corregir fallas concretas en los sistemas de contención de los sectores que ya están abiertos al tránsito. La medida cautelar tendrá una vigencia de seis meses.
La resolución fue dictada por el juez federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo subrogante de San Martín, Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, a partir de un amparo presentado por la provincia de Buenos Aires, representada por el ministro de Infraestructura y Servicios Públicos Gabriel Katopodis, contra el Estado nacional y la DNV.
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El tribunal aceptó de forma parcial el pedido provincial, que advirtió sobre riesgos de seguridad vial, falta de mantenimiento y accesos informales en sectores de la traza que permanecen inconclusos.
Impedir accesos no autorizados
El juez dispuso que la DNV mantenga y, de ser necesario, refuerce “las medidas de cierre, señalización y prevención existentes en los sectores de la Autopista Presidente Perón que no se encuentren habilitados al tránsito”.
La orden obliga al organismo a tomar las medidas materiales necesarias para evitar que vehículos y peatones ingresen a las áreas que continúan en obra, además de identificar de manera adecuada esos puntos para quienes circulan por la traza.
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La Autopista Presidente Perón funciona como tercer anillo de circunvalación en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) -atravesando distintos partidos del conurbano- y conecta el Acceso Oeste con el corredor de la Autopista Buenos Aires-La Plata. La demanda planteó que varios sectores permanecen sin terminar o sin habilitación formal, aunque existen áreas pavimentadas a las que pueden acceder personas y vehículos.
En su presentación, la Provincia mencionó situaciones de riesgo en zonas de los partidos de Ituzaingó, Merlo, La Matanza, Ezeiza, San Vicente, Presidente Perón y Florencio Varela. También señaló la existencia de sectores con residuos, vehículos abandonados y accesos sin control.
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La cautelar también abarca los tramos habilitados donde los relevamientos técnicos de la Dirección Nacional de Vialidad hayan detectado deficiencias concretas en barandas u otros sistemas de contención que puedan afectar la seguridad de los usuarios.
En esos casos, la DNV deberá verificar el estado de las estructuras y, si confirma la falla, aplicar la reparación, reposición o adecuación técnica. La resolución no fija qué obra debe realizarse en cada punto y deja la definición en manos del organismo vial.
El fallo remarcó que la documentación presentada por ambas partes no permite establecer, de manera uniforme para toda la autopista, “qué elemento se encuentra faltante, cuál se encuentra deteriorado, en qué progresiva se ubica, cuál es el riesgo concreto que presenta y cuál es la solución técnicamente adecuada”.
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Por ese motivo, el magistrado rechazó ordenar la colocación generalizada de dispositivos de contención, tal como había solicitado la administración bonaerense.
El tribunal rechazó ordenar obras generales y desvíos alternativos
La Provincia había pedido que la cautelar obligara a Vialidad a completar la señalización e iluminación, colocar reductores de velocidad y defensas, realizar bacheo y consolidación de calzadas, establecer desvíos seguros e informar el grado de avance, presupuesto y cronogramas de cada tramo.
Sin embargo, el juzgado entendió que la situación de la obra es diferente según el sector involucrado. La DNV informó que el Tramo I registra un avance físico del 88,88%, el Tramo II del 96,73% y el Tramo III del 89,77%. El cuarto tramo, proyectado hacia la Autopista Buenos Aires-La Plata, permanece sin ejecución por cuestiones judiciales, ambientales y técnicas vinculadas al trazado.
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La resolución sostuvo que “no existen elementos suficientes para imponer judicialmente la ejecución generalizada de obras de señalización, iluminación, contención, bacheo, consolidación o desvíos” en toda la infraestructura.
También rechazó el pedido de establecer desvíos alternativos por vía judicial, al considerar que esa decisión requiere evaluaciones sobre trazado, capacidad, transitabilidad, señalización y compatibilidad con los frentes de obra.
La denuncia
La Provincia había denunciado un abandono de la autopista y alertó sobre problemas de seguridad, ambientales y de mantenimiento. Entre sus argumentos, informó sobre la muerte de un niño de diez años en febrero de 2026 en un sector no habilitado del Tramo I, la falta de servicios de seguridad vial desde mayo de 2024 y deficiencias en barandas, iluminación y cartelería.
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Vialidad respondió que no existe una inacción total: informó tareas de conservación, limpieza, señalización, iluminación y obras en ejecución durante 2026. También indicó que hay dificultades pendientes por expropiaciones, relocalizaciones, intrusiones e interferencias de servicios públicos.
El juez concluyó que, en esta etapa del proceso, no hay prueba suficiente para afirmar que existe “una situación uniforme de abandono o inactividad respecto de la totalidad de la Autopista Presidente Perón”. Aun así, consideró acreditado un riesgo puntual en los tramos no habilitados y en aquellos con problemas concretos de contención.
La Dirección Nacional de Vialidad deberá presentar ante el juzgado, dentro de los quince días posteriores a la notificación, un informe sobre las medidas adoptadas. Tendrá que detallar los sectores alcanzados, las condiciones de cierre y señalización y, cuando corresponda, las deficiencias detectadas en los sistemas de contención y las acciones tomadas para corregirlas.
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La cautelar regirá durante seis meses, aunque podrá ser objeto de una prórroga si alguna de las partes la solicita y el tribunal lo resuelve. La causa principal, en la que Buenos Aires reclama la reactivación, finalización o eventual transferencia de la autopista, continuará en trámite.
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