Agregar Infobae enGoogle

La Justicia suspendió las elecciones de los académicos para el Consejo de la Magistratura

El fallo detiene el cronograma diseñado por el CIN al cuestionar la validez del sistema de colegio electoral implementado. Es por la banca que se define por votación de los profesores universitarios

Ricardo Gelpi, rector de la UBA

La Justicia Federal dictó una medida cautelar que suspende el cronograma electoral diseñado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) para la elección de representantes docentes ante el Consejo de la Magistratura de la Nación (CMN).

La resolución, firmada por Ariel Lijo como juez subrogante del Juzgado Federal N° 1 de Comodoro Py, frena el proceso de votación que debía concretarse este jueves.

PUBLICIDAD

El CIN ya había definido con anterioridad que Diego Molea, rector de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, será miembro del Consejo de la Magistratura en representación del ámbito académico para el período 2026-2030. La segunda banca que tiene este estamento se define por votación de los profesores.

El conflicto surge a raíz de la Resolución CE N° 1998/26, la cual establece las reglas y fechas para la conformación del claustro docente universitario. Esta normativa fue impugnada por las máximas autoridades de la Universidad de Buenos Aires (UBA), específicamente por su rector, Ricardo Gelpi, y el decano de la Facultad de Derecho, Leandro Vergara.

Los demandantes argumentan que el esquema planteado, que reinstaura un colegio electoral indirecto, carece de validez jurídica. Según su postura, este sistema fue concebido originalmente como una solución transitoria frente a la urgencia impuesta por un fallo previo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

PUBLICIDAD

En su reclamo, las autoridades de la UBA sostuvieron que intentar convertir este mecanismo de excepción en una regla definitiva vulnera los principios de participación democrática.

El camino judicial hacia la suspensión

Este episodio es un nuevo capítulo en el litigio que inició bajo el expediente CAF 52727/2022 en el Fuero Contencioso Administrativo Federal. Allí, diversos profesores titulares ya habían cuestionado la inconstitucionalidad de normativas anteriores referentes a los mismos representantes ante el Consejo.

Ariel Lijo, juez federal. Fotografía: Adrián Escandar

Tras años de apelaciones cruzadas, que incluyeron la intervención de la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo y un recurso de queja ante el máximo tribunal, la causa regresó a primera instancia para continuar bajo el trámite ordinario. La Cámara Nacional Electoral (CNE), en una decisión reciente, zanjó la controversia sobre la competencia, asignando finalmente el caso al juzgado con competencia electoral que ahora se ha expedido.

Como magistrado subrogante, Lijo fundamentó el freno de los comicios en el riesgo de que la situación se torne irreversible. “La falta de definición sobre el derecho de fondo justifica de manera determinante el dictado de una medida cautelar, para poder salvaguardar la eficacia del proceso y evitar perjuicios de imposible reparación”, sostiene el escrito judicial al que accedió Infobae.

La normativa vigente, que exige demostrar una posible ilegalidad manifiesta para este tipo de decisiones, fue ponderada ante la proximidad del acto eleccionario. Para el juzgado, permitir la votación bajo las condiciones actuales significaría tornar abstracta cualquier decisión futura sobre la constitucionalidad del sistema, dejando sin efecto la tutela judicial efectiva reclamada por los actores.

El núcleo del debate jurídico radica en la modalidad de elección. La contraposición se da entre la elección mediante un colegio electoral —esquema indirecto— y el tradicional sufragio directo. Esta incertidumbre procedimental ha generado, según el fallo, la necesidad de intervenir para garantizar el “respeto irrestricto a los principios de participación, representatividad, transparencia y pluralismo”.

Con la suspensión del cronograma electoral confirmada, el Consejo Interuniversitario Nacional deberá ahora enfrentar el traslado de la demanda. El plazo otorgado por la justicia para que el organismo presente sus descargos vence el lunes 28 de septiembre a las 13:30.

Mientras tanto, el ámbito universitario permanece a la expectativa del devenir de este proceso. La resolución subraya que el estado de incertidumbre no puede prorrogarse indefinidamente, marcando una urgencia que trasciende el caso particular y se proyecta sobre el funcionamiento de los estamentos de representación docente en las universidades nacionales.

PUBLICIDAD

Más Noticias

Confirmaron la perpetua por el doble crimen del Congreso que terminó con las muertes del diputado Héctor Olivares y su asesor

Juan Jesús Fernández fue condenado como partícipe necesario de los homicidios cometidos frente a la Plaza del Congreso en mayo de 2019

La Justicia negó un permiso para vacacionar en Brasil a Germán Nivello, ex segundo de José López

El exfuncionario kirchnerista de Obras Públicas es investigado por supuesto enriquecimiento ilícito. Quería irse de vacaciones a Brasil junto a su pareja. El fiscal del caso, Gerardo Pollicita, se opuso al pedido

La Procuración firmó convenios con la Asociación de Abogados Judíos de la República Argentina y el Museo del Holocausto

Los acuerdos establecen un marco de trabajo para capacitaciones, investigaciones y actividades académicas

Juicio de los cuadernos: en una breve audiencia, declararon más policías que hicieron allanamientos

El juicio a la ex presidenta Cristina Kirchner y otros 85 acusados atraviesa una etapa de revisión de las actuaciones realizadas durante la investigación, entre 2018 y 2019

Quedaron varadas 56 horas en Jujuy y la aerolínea no les dio hotel ni comida: la Justicia ordenó indemnizar a un grupo de pasajeras

Un grupo de cuatro mujeres pasó más de dos días sin asistencia tras la suspensión de su vuelo de regreso a la Ciudad de Buenos Aires. Un tribunal condenó a la aerolínea a pagarles una indemnización por daño moral y los gastos ocasionados al comprobar que no acreditó razones climáticas para la demora ni les brindó el alojamiento y la comida que correspondían