Uno de los imputados en en el caso Vialidad quedó definitivamente absuelto

Se trata de Carlos Kirchner, ex funcionario del Ministerio de Planificación Federal y primo del ex presidente Néstor Kirchner. La Fiscalía no apeló su absolución y así que firme su desvinculación de la causa

Carlos Kirchner en una de las audiencias virtuales del juicio oral

Carlos Kirchner, exfuncionario del Ministerio de Planificación Federal y primo del fallecido expresidente de la Nación Carlos Kirchner, quedó hoy definitivamente desvinculado de la causa por las irregularidades en la obra pública en Santa Cruz. Su absolución quedó firme porque el fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal Mario Villar no la apeló.

En el dictamen en el que sí solicitó que se revoquen otras absoluciones como la del exministro de Planificación Federal Julio De Vido y que se agrave la condena a la expresidenta Cristina Kirchner a 12 años de prisión, Villar entendió que no hizo mención a la situación de Kirchner y consistió su absolución.

Así, de los 13 acusados del caso Carlos Kirchner, quien fue titular de la Subsecretaría de Coordinación de Obra Pública Federal, es el primero en quedar con su situación confirmada y que no será revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que es la próxima instancia del expediente.

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En el juicio oral, el fiscal federal Diego Luciani había pedido una pena de dos años de prisión para Carlos Kirchner por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Había llegado a juicio acusado de administración fraudulenta y asociación ilícita, pero la Fiscalía no encontró pruebas de esos delitos y le imputó un incumplimiento de funciones. El Tribunal Oral lo absolvió porque entendió que la acusación en su contra estaba prescripta.

Esa decisión fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal. Y ahora el fiscal Villar no la objetó. La Fiscalía sí apeló las absoluciones de De Vido, del exsubsecretario de Obras Públicas Abel Fatala y del exfuncionario de Vialidad de Santa Cruz Héctor Garro. Pero no la de Carlos Kirchner.

Carlos Kirchner estuvo preso casi dos años en este expediente. En diciembre de 2017 fue detenido por orden del juez federal Julián Ercolini por posible entorpecimiento de la causa y riesgo de fuga. El exfuncionario Kirchner había dado domicilios falsos en los que no vivía y había movido su patrimonio. Fue liberado en octubre de 2019 por el Tribunal Oral Federal (TOF) que consideró que ya no estaban presentes los riesgos para la causa.

Carlos Kirchner en el inicio de la investigación en 2016

El caso de Vialidad tuvo hoy su etapa de alegatos. La Fiscalía reclamó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación condene a Cristina Kirchner a 12 años por el delito de asociación ilícita, del que fue absuelta en el juicio oral. El mismo delito pidió que se aplique para De Vido, para el empresario Lázaro Báez, para el ex secretario de Obras Públicas José López y para el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti.

“La principal arbitrariedad que exhibe la sentencia en crisis radica en la confirmación de la absolución de Báez, Fernández de Kirchner, De Vido, López y Periotti por el delito de asociación ilícita”, sostuvo Villar en su apelación sobre el fallo de Casación.”Según se probó suficientemente en el debate, ellos —junto al fallecido expresidente Néstor Kirchner— instauraron una matriz de corrupción”, agregó el fiscal.

Por su parte, la defensa de Cristina Kirchner apeló para que su condena sea revocada. La defensa sostuvo que la ex presidenta “no tuvo intervención, directa ni indirecta, en los procesos de licitación, ejecución, certificación y/o pago de las obras investigadas”; los presuntos resultados disvaliosos (sobre los cuales ni remotamente existe prueba para condenar), según lo afirmado en la sentencia, se produjeron con motivo del accionar doloso desarrollado por las personas que tomaron intervención en tales procesos y; según se probó fehacientemente en el juicio, CFK nunca impartió directivas para que terceros cometieran irregularidades en el marco de los expedientes administrativos investigados.

“Recapitulando, no existe ni por acción ni por omisión deber alguno cuya infracción se pueda reprochar a CFK que surja por el desempeño de su cargo de Presidenta de la Nación”, concluyó.

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