
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió revocar las salidas transitorias de dos condenados por el secuestro de extorsivo y posterior asesinato del adolescente de 16 años, Matías Berardi, en la localidad bonaerense de Campana en 2010. La decisión fue firmada este jueves por los jueces Gustavo M. Hornos, Mariano Hernán Borinsky y Daniel Antonio Petrone en las causas FSM 1462/2011/TO1/27/1/CFC31 y FSM 1462/2011/TO1/28/2/CFC33 del registro de ese Tribunal, caratuladas “VIVAS, Elías Emanuel s/incidente de salidas transitorias” y “MOYANO, Celeste Verónica s/ incidente de salidas transitorias”.
Casación hizo lugar al recurso interpuesto por la querella, en representación de Juan Pablo Berardi, revocando la resolución recurrida del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 3 de San Martín, provincia de Buenos Aires, en cuanto había hecho lugar a la incorporación de los nombrados Vivas y Moyano al régimen de salidas transitorias.
Los magistrados consideraron que el tribunal no efectuó un pormenorizado examen de las particulares circunstancias del caso, fundamentalmente que no ponderó correctamente la opinión acercada por la representación de las victimas al oponerse a la concesión del instituto solicitado por las defensas. En la resolución, se hizo énfasis en que a partir del dictado de la ley 27.372 se ha dado un grado mayor de injerencia a la posición de las víctimas en las decisiones jurisdiccionales que involucra la libertad del imputado, protagonismo que debe materializarse en los procesos judiciales.
Se trata de los reclamos de Damián Maximiliano Sack y Celeste Verónica Moyano. Ambos habían sido condenados en abril de 2013 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) 3 de San Martín como coautores penalmente responsables del “delito de secuestro extorsivo agravado por el empleo de arma de fuego, por haberse cometido en perjuicio de un menor de 18 años de edad, por el número de intervinientes y por haberse causado intencionalmente la muerte de la víctima”. En ese momento Sack recibió una condena de prisión perpetua y Moyano otra por 19 años de prisión.
Ese juicio oral, en 2013, comprobó la participación de una banda criminal de 11 personas liderada por un uruguayo de nombre Richard Souto, que actuó en el hecho acompañado de su esposa, sus hijos, sus cuñados y otros allegados. La víctima fue Berardi, un chico de 16 años que en ese entonces cursaba el quinto año del colegio Saint George de Escobar.
Según las actuaciones del caso, el 28 de septiembre de 2010 el joven volvía de una fiesta de egresados en la Capital Federal y se bajó de una combi en Panamericana y Ruta 26 para volver a su casa, en ese partido del norte del conurbano bonaerense. Eran cerca de las 05:45 de la madrugada. Casi media hora después, a las 06:11, los padres del menor recibieron una llamada desde el celular del chico en la que un hombre les dijo que tenía a su hijo secuestrado.
El secuestro se produjo en algún punto del camino entre el sitio donde se bajó de la combi y su domicilio. La banda lo mantuvo en cautiverio en una casa de la avenida Sarmiento al 407, en Benavídez (partido de Tigre), desde donde se concretaron los primeros llamados extorsivos a los padres de la víctima para exigirles un rescate de 30.000 pesos.
Tras 14 horas de cautiverio, el adolescente logró escapar, corrió a la calle y pidió ayuda entre los vecinos de la zona, a quienes les dijo que lo tenían secuestrado. No logró que nadie le diera refugio, y la banda lo volvió a recapturar a dos cuadras, frente a un cementerio. Ya a las 20:38 de la noche se dio una última llamada: los secuestradores le preguntaban a la familia si tenían el dinero que exigían. Del otro lado del teléfono les respondieron que habían recolectado $6 mil, luego de lo cual cortaron.
Más tarde, en algún momento de la madrugada del día siguiente, Matías fue trasladado a un descampado en Campana, donde los secuestradores le dispararon por la espalda con una pistola 11.25. La bala ingresó por el omóplato derecho y le ocasionó la muerte. Por su parte, el cuerpo del joven fue encontrado horas después.
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