Condenan a 12 de años a un hombre y a su pareja por abuso sexual a la hija menor de ella

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Bilbao, 24 abr (EFE).- La Audiencia de Bizkaia ha condenado a 12 años de prisión a un hombre y a su pareja por abusar sexualmente de la hija menor de edad de ella, él como autor continuado del delito y la mujer como cooperadora necesaria para su comisión.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia les condena en una sentencia a doce años de cárcel a cada uno de ellos, la pena máxima establecida, a él como autor de un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal a menor de 16 años, y a ella como cooperadora necesaria, ya que era "plenamente conocedora de los hechos, los consentía y no hizo nada por impedirlos".

En la resolución, difundida este miércoles, el tribunal justifica su decisión de fijar la máxima pena establecida para el delito cometido (que va de 8 a 12 años) por la gravedad de la actuación de los condenados y sus "nefastas consecuencias" sobre la menor.

El tribunal considera probado que de febrero de 2021 a mayo de 2022, el hombre, "con el propósito de satisfacer sus deseos libidinosos", aprovechó "la situación de privilegio" que le otorgaba el ejercer de "padre de hecho de la menor", que tenía entre diez y once años, y el ser pareja de la madre para mantener en "numerosas ocasiones" relaciones sexuales con la niña en la vivienda familiar.

Según el tribunal, la madre de la menor conocía "perfectamente" lo que hacía su pareja y "lejos de denunciar los hechos" y tratar de ponerles fin, los “consentía”.

Cuando la niña "acudió a su madre para que la protegiera", la respuesta de la condenada fue que "las cosas de casa no se cuentan, se quedan en casa", señala la sentencia.

"De esta manera (la madre) consiguió que los hechos no salieran del ámbito familiar y posibilitó, con su pasividad y omisión de cualquier actuación tendente a impedirlo, que el otro acusado pudiera continuar con su ilícito proceder", indica.

Tras analizar las declaraciones de la menor, acusados, testigos y peritos, el tribunal concluye que el testimonio de la víctima no es fabulado, ni falso ni responde a móviles espurios como mantuvieron los dos procesados durante el juicio.

La Audiencia de Bizkaia valora, además, la "coherencia interna" del relato de la menor sobre los actos de contenido sexual que el procesado la obligó a realizar. Su relato, indica, es "muy claro y preciso" y en él hay ausencia de "fisuras y de contradicciones".

El tribunal, además, se hace eco de "abrumadores elementos" que corroboran el testimonio de la niña, entre ellos un informe pericial que "acredita que el acusado contagió" a la menor "la enfermedad de transmisión sexual que se le detectó".

En la sentencia, contra la que cabe recurso, el tribunal considera que el hecho de que la madre haya conocido y no haya tratado de evitar "el continuado ataque a la libertad sexual de su hija de 11 años de edad, traspasa los límites del ilícito penal de omisión de deber de impedir determinados delitos".

Además de la pena de cárcel, el tribunal condena a ambos a indemnizar de manera solidaria a la menor con 30.000 euros y les prohíbe comunicarse durante 20 años y acercarse a ella a menos de 500 metros.

También les fija una medida de libertad vigilada, cumplida la pena de prisión, y a la madre se le priva de la patria potestad hasta que la niña alcance la mayoría de edad. EFE

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