El jurado declara al acusado del crimen en un bar de Bilbao culpable de asesinato y acepta la atenuante de confesión

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El jurado popular del juicio por el crimen registrado el 28 de diciembre de 2022 en un bar del barrio de San Francisco de Bilbao ha declarado al acusado culpable de asesinar a su pareja con alevosía y ensañamiento, si bien ha apreciado la atenuante de confesión "pese a la tardanza". También le ha considerado culpable de malos tratos habituales. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia inició el pasado lunes el juicio por este crimen y, tras cuatro sesiones, las seis mujeres y tres hombres que conforman el jurado han comenzado sus deliberaciones sobre las once de la mañana de este viernes. Unas seis horas después, su portavoz ha dado lectura al veredicto. El jurado ha considerado, por unanimidad, que el acusado quitó la vida a su pareja "de manera sorpresiva" y sin posibilidad de "defensa eficaz alguna" ni de reacción, puesto que "la agarró y tiró al suelo, arrastrándola hasta la cocina, lugar en el que se procuró un cuchillo de 20 cm de hoja y un objeto de vidrio", con los que la atacó. Además, cree que el modo de causarle la muerte aumentó "deliberada e innecesariamente su dolor y sufrimiento". Asimismo, ha aceptado las agravantes solicitadas de parentesco y género ya que, también por unanimidad, ve probado que convivían juntos y eran pareja y que el crimen se cometió el hecho de ser mujer y como acto de dominio y superioridad. Por lo que respecta a las atenuantes planteadas, ha apreciado la de confesión "pese a su tardanza", con cinco votos a favor y cuatro en contra, ya que confesó a la Policía Municipal el crimen antes de conocer que existiera un procedimiento contra él y habiendo mantenido la confesión a lo largo del proceso. Por contra, ha rechazado el resto de atenuantes planteadas por la defensa, de consumo de bebidas alcohólicas, arrebato u obcecación, y reparación del daño. Así, por unanimidad, no ha considerado probado que la ingesta de alcohol y cocaína afectase a su capacidad volitiva y cognitiva y también ha rechazado que el hecho de que la víctima le anunciara que iba a romper con él "justifiquen la reacción violenta" del acusado. Además, el jurado tampoco considera "suficientes" para disminuir los efectos del daño causado los ingresos efectuados por el encausado, de 290 euros, y su familia, de 900 euros, en favor de la hija de la víctima (aunque con un voto contrario). Por lo que respecta a la acusación de malos tratos, le ha declarado, por unanimidad, culpable de maltratar de manera habitual a la víctima mediante el ejercicio de violencia física y psíquica y ha rechazado la atenuante de alcoholismo. Finalmente, las seis mujeres y tres hombres del jurado, en su veredicto, se han mostrado "no favorables" a la aplicación de ninguna clase de indulto. Tras el veredicto de culpabilidad, la Fiscalía, la acusación particular que representa a la familia de la víctima y las acusaciones populares de la asociación Clara Campamor y el Ayuntamiento de Bilbao han mantenido sus peticiones de una pena de 25 años de prisión y 10 años de libertad vigilada por delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con agravante de género y circunstancia mixta de parentesco, así como tres años de cárcel por un delito de maltrato habitual. Por su parte, la defensa, que en sus conclusiones finales había planteado una pena de 13 años de prisión por asesinato y de 12 meses por malos tratos, ha elevado su propuesta de pena a 20 años por el del primero y 18 meses de prisión en el segundo. SATISFACCIÓN EN LA ACUSACIÓN Tras quedar el juicio visto para sentencia, el abogado de la familia, Joseba Estrade, ha considerado, en declaraciones posteriores a los medios, "muy bueno" el veredicto del jurado, con "la única pega" de la apreciación de la atenuante de confesión. Dado que "el resto del veredicto ha sido tan agravado, con alevosía, con ensañamiento, etc. y luego también se le ha condenado por el delito de malos tratos", ha esperado que las penas que finalmente se dicten en la sentencia tengan "muy poca variación con respecto a la imposición de la pena máxima de 25 y de tres años". Por su parte, se ha mostrado "totalmente disconforme" con la apreciación de la confesión porque, en su opinión, durante el juicio "se ha visto perfectamente" cómo, mientras la mujer "moría y sufría", él estuvo "haciendo llamadas a sus amigos" y fue "al de horas" cuando un amigo "le dijo que iba a ir a la policía y él llamó". "La dejó morirse delante de él", ha lamentado. Por su parte, la abogada de la Asociación Clara Campoamor, Ana Hernando, ha mostrado también su satisfacción por el hecho de que "el jurado haya tenido en cuenta que efectivamente estábamos ante un asesinato y ha contemplado tanto el ensañamiento, que ya había sido reconocido por la defensa, como la alevosía". Respecto al hecho de que se haya aceptado la atenuante de confesión, ha reiterado que, su opinión, esa confesión "obedecía a que irremediablemente una persona iba a dar cuenta de los hechos a la policía", pero ha admitido que "tampoco se puede negar que efectivamente había una llamada realizada por el propio encausado" a la policía, por lo que "entra dentro de lo comprensible". La abogada ha explicado que, tras admitirse la confesión del acusado, "lógicamente cabe que el magistrado presidente aprecie algún tipo de rebaja" en su sentencia, aunque "no tendría por qué, porque estábamos hablando de un asesinato con dos circunstancias específicas agravantes, lo que lo sitúa ya en la mitad superior" de las penas previstas, "pero además con dos agravantes: la de género y la de parentesco". Por su parte, ha confiado en que se le imponga la pena de 25 años de prisión por asesinato y de tres por maltrato, como piden las acusaciones, porque "son unos hechos muy graves". "Para nosotros no cabe otra posibilidad", ha afirmado.