Un vigilante del aeropuerto de Huesca es despedido por reclamar los gastos por kilometraje y errores en su nómina: la empresa deberá pagarle 7.501 euros

La Justicia declara nulo el despido porque considera que la empresa le apartó del cargo como represalia

Imagen de archivo de un pasajero accediendo a la terminal de un aeropuerto. (REUTERS/Isabel Infantes)
Imagen de archivo de un pasajero accediendo a la terminal de un aeropuerto. (REUTERS/Isabel Infantes)
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha declarado nulo el despido de un vigilante del aeropuerto de Huesca que fue apartado del cargo por reclamar pagos pendientes tras comprobar que había errores en sus nóminas. La resolución ha obligado a la empresa a readmitir al vigilante e indemnizarle con 7.501 euros por vulneración de derechos fundamentales. Además, deberá pagarle 800 euros por los honorarios del abogado del trabajador durante el recurso.

El vigilante trabajaba como responsable en el Servicio de Acuda del aeropuerto, encargado de atender las urgencias cuando saltaba la alarma de la instalación. Inició su relación laboral el pasado febrero de 2021, pero en 2024 I-Sec Aviation Security SL asumió la adjudicación del servicio, aunque conservó su puesto por subrogación con un contrato a tiempo parcial. La plantilla estaba formada por otros dos vigilantes, que trabajaban a tiempo completo.

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Durante los primeros meses de 2024, el trabajador remitió varios correos a la empresa reclamando la adecuación de las nóminas de enero y febrero. Detalló que faltaban atrasos de meses previos, el kilometraje de 25 días y el pago por los desplazamientos diarios de dos meses.

La empresa justificó que el servicio no tenía actividad, pero contrató después a otro trabajador

El 7 de noviembre, la compañía comunicó la extinción de su contrato y puso a su disposición 3.130,43 euros de indemnización ante la falta de preaviso, que sumado al finiquito ascendía a 3.720,71 euros. La empresa defendió que el Servicio ACUDA apenas tenía actividad y que no resultaba necesario conservar a un empleado específico para esa tarea. La versión, sin embargo, chocaba con la incorporación de otro trabajador a tiempo completo tras el despido.

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Los magistrados han vinculado la decisión empresarial con los correos que el vigilante remitió meses antes para exigir la corrección de sus nóminas. Para la Sala, aquellas reclamaciones constituyeron un indicio de represalia que la compañía no logró desvirtuar con una causa objetiva suficiente.

Antes del juicio, las partes acudieron sin éxito al Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje. El Tribunal de Instancia de Huesca declaró nulo el despido en marzo de 2026. La empresa recurrió después ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que mantuvo íntegramente esa decisión el 5 de octubre de 2026. La empresa todavía puede preparar un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo en el plazo de 10 días desde la notificación de la sentencia. Para ello deberá cumplir los requisitos de depósito, consignación o aval que correspondan.

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