La Justicia le quita a una mujer la pensión que le pasaba su exmarido después de que un detective le pillara viviendo con otro hombre

La sentencia pone fin a una prestación de 305 euros mensuales fijada tras el divorcio

Una mujer entra a su casa mientras es fotografiada por un detective. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Durante semanas, un detective privado vigiló la rutina de Celia en el pequeño municipio de Trigueros, en la provincia de Huelva. Las imágenes recogidas, entradas y salidas reiteradas de un mismo domicilio, se convirtieron en la pieza central de una batalla judicial que llevaba años gestándose. La Audiencia Provincial de Huelva ha confirmado la extinción de la pensión compensatoria que su exmarido, Plácido, debía abonarle desde su divorcio, tras considerar probado que convivía de forma estable con otro hombre. Con esta decisión, la historia que comenzó con una separación en el año 2001 y un divorcio en 2007 encuentra un giro definitivo: la relación sentimental de Celia ha sido suficiente para que la Justicia le retire la ayuda económica mensual que percibía.

La sentencia, dictada el 14 de enero de 2026, pone fin a una prestación de 305 euros mensuales fijada tras el divorcio y mantiene el criterio de la jueza de primera instancia. El tribunal no solo desestima el recurso de Celia, sino que la condena a pagar las costas del proceso de apelación y a perder el depósito que había efectuado para recurrir. La resolución se apoya en el informe elaborado por el detective, que documentó la convivencia de Celia con otro hombre en Trigueros durante el verano de 2022. Para la Audiencia, la prueba es contundente: la demandada “entra, sale y pernocta diariamente” en la vivienda de su pareja, y así lo corroboran tanto el reportaje fotográfico como el hecho de que en ese mismo domicilio fue emplazada judicialmente meses después.

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El conflicto entre Celia y Plácido se remonta a las sentencias de separación y divorcio dictadas en 2001 y 2007, respectivamente, por las que se estableció una pensión compensatoria a favor de la mujer. Aquella cantidad, 305 euros mensuales, había sido fijada por el juzgado tras valorar el desequilibrio económico generado con la ruptura. Con el paso de los años, Plácido decidió iniciar el procedimiento de modificación de medidas, alegando que la situación que justificó la pensión había cambiado: aseguraba que Celia, además de recibir la prestación, trabajaba en la economía sumergida y, sobre todo, mantenía una convivencia estable con otra persona en Trigueros.

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El hombre decía conocer solo “de vista” a Celia

El informe aportado como prueba fue elaborado entre el 20 de junio y el 13 de agosto de 2022. Durante ese periodo, el detective documentó que Celia entraba, salía y pernoctaba diariamente en el domicilio de Jose Pedro, el hombre con quien la Audiencia considera que mantenía una relación more uxorio. La propia Celia recogió el emplazamiento judicial en esa vivienda en marzo de 2023, una circunstancia que, para el tribunal, refuerza la solidez de la convivencia probada. En el juicio, Jose Pedro compareció como testigo, pero su declaración resultó poco convincente para los magistrados: llegó a afirmar que solo conocía a Celia “de vista” y negó que hubiera dormido en su casa, versión que la Audiencia rechaza de plano por contradecir la documentación gráfica.

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Un mazo de madera descansa sobre una mesa en una sala de tribunal, representando la autoridad y la administración de justicia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La vía judicial ha tenido diversas etapas. Tras la demanda de modificación de medidas presentada por Plácido, el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Huelva extingue la pensión compensatoria en julio de 2024. Celia recurre en apelación, alegando principalmente un error en la valoración de la prueba y falta de motivación en la sentencia, además de sostener que la situación económica de su exmarido había mejorado y que no existía convivencia marital con otra persona. La Audiencia Provincial, en su sentencia del 14 de enero de 2026, responde a cada uno de estos argumentos. Los jueces consideran que la motivación de la sentencia es adecuada, que el informe de detective fue admitido legalmente y conocido por la parte demandada, y que no se causó indefensión a Celia. La resolución recuerda que, según el artículo 101.1 del Código Civil, la convivencia more uxorio del beneficiario de la pensión es causa suficiente para su extinción.

Con esta decisión, la Audiencia Provincial de Huelva zanja una disputa judicial de más de dos décadas y deja abierta únicamente la vía del recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que podría ser presentado por Celia en los siguientes veinte días si considera que existe interés casacional o infracción de norma procesal o sustantiva.

El Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), responsable de la publicación de la jurisprudencia española, altera los nombres reales en las sentencias para proteger la privacidad, en aplicación del Reglamento 5/1995 de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, aprobado por resolución del Consejo General del Poder Judicial en 1997.

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